Bono de Reconocimiento Capredena – Dipreca

▷ Bono de Reconocimiento Capredena - Dipreca

Introducción

En las siguientes líneas abordaremos los contornos del bono de reconocimiento previsional de Capredena y Dipreca.

En caso que el presente artículo no resuelva tus preguntas respecto al bono de reconocimiento de las Fuerzas Armadas, te recomendamos que entres en contacto con nuestros Abogados Administrativos, quienes responderán tus consultas inmediatamente. 

Asimismo puedes escribir tus consultas directamente en nuestro foro al final de la página, las cuales responderemos a la brevedad. 

¿Qué es el bono de reconocimiento?

El bono de reconocimiento es un documento que expresa una cantidad de dinero, el cual se le otorga por el Estado a los imponentes del viejo sistema de pensiones por el hecho de haberse cambiado al Sistema de AFP. 

En particular, en bono de reconocimiento de Capredena y Dipreca, es un monto de dinero que se entrega al imponente del sistema institucional, que se ha cambiado al Sistema de AFP sin cumplir con los requisitos para obtener la pensión de retiro.  

¿Dónde está regulado el bono de reconocimiento de Capredena y Dipreca?

El derecho al bono de reconocimiento de los imponentes de Capredena o Dipreca, que se hayan cambiado al Sistema de AFP, sin haber cumplido los requisitos para obtener la pensión de retiro, se encuentra regulado por el artículo 4º de la Ley 18.458. 

La particularidad de esa ley, es que fue promulgada con posterioridad a la promulgación del Decreto Ley 3.500 que regula el Sistema de AFP. Ello ha traído más de un problema con respecto a su interpretación y aplicación. 

 

¿Cuáles son los requisitos para obtener el bono de reconocimiento de Capredena y Dipreca?

Tal como lo establece el artículo 4º de la Ley 18.458 los requisitos que debe cumplir el imponente de Capredena y Dipreca para obtener derecho al bono de reconocimiento son los siguientes:

a) Haber sido personal imponente de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional o de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile;

b) Haber prestado servicio en la respectiva Institución, Servicio, Organismo o Empresa Pública relacionada;

c) Haberse retirado de ella sin derecho a pensión de retiro. 

d) Haberse incorporado luego al Sistema de AFP;

e) Registrar al menos -al momento del retiro- 12 cotizaciones mensuales dentro de los 5 años anteriores al retiro. 

Caso normal para otorgar el bono de reconocimiento: Tránsito desde el sistema institucional al sistema de AFP.

El caso normal de un imponente que tenga derecho al bono de reconocimiento, es que este, sin tener derecho a pensionarse en Capredena o Dipreca, abandone el sistema institucional por cambiarse al sistema de AFP. 

Este es el caso que regula expresamente la ley, el cual, en la práctica no ha generado grandes problemas de interpretación. 

Caso atípico de entrega de bono de reconocimiento: Cotizaciones en AFP -Cotización Institucional- Cotización en AFP.

Como señalamos anteriormente, los corriente es que solicite el bono de reconocimiento habiéndose cotizado siempre en el sistema institucional y luego transitar al sistema de AFP, sin derecho a pensión de retiro.

Pero se ha dado el caso, en que, habiéndose cotizado en el sistema de AFP, luego se cotizó en un periodo intermedio en el sistema institucional de Capredena o Dipreca, y luego se retornó al sistema de AFP.

Hasta hace un tiempo, en ese caso, la Contraloría General de la República había negado el derecho al bono de reconocimiento.

Sin embargo, en el año 2017, la Corte Suprema, conociendo de un recurso de protección en contra de ese criterio sostenido por la Contraloría, revocó esa interpretación, precisando que aquellas personas que hayan cotizado en un periodo intermedio en el sistema institucional, volviendo luego al sistema de AFP, tienen igualmente derecho al bono de reconocimiento. 

¿Dónde se solicita el bono de reconocimiento?

El bono de reconocimiento se debe solicitar en la AFP respectiva, la cual le solicitará llenar un formulario llamado Solicitud de Bono de Reconocimiento (SBR).

Los Administradores de Fondos de Pensiones, deberán disponer de dicho formulario en cualquiera de sus oficinas a disposición de sus afiliados.  

 

¿Quién emite el bono de reconocimiento?

El bono de reconocimiento es un título cédible, que es emitido por la entidad previsional institucional que corresponda. En este caso Capredena o Dipreca. 

Este bono luego es enviado a la AFP respectiva para incorporarla en su Cuenta Individual Previsional. 

¿Cómo se calcula el bono de reconocimiento?

El bono de reconocimiento se calcula de la siguiente manera:

a) Se calcula primero el 80% del total de las últimas doce remuneraciones, monto que debe ser reajustado. Es decir, se suman las 12 remuneraciones reajustadas, y luego se determina el 80% de esa suma.  

b) El resultado anterior se multiplica por otro cuociente. Este último se determina dividiendo por 35 el número de años y fracción de años cotizados. 

c) El resultado de la operación anterior se multiplica por:

c.1) 10,35 si el afiliado es hombre;

c.2) 11,36 si el afiliado es mujer;

d) La cantidad resultante se reajustará de acuerdo a la variación que experimente el IPC entre el último día del mes anterior al de la fecha en que se haga efectivo el retiro y el último día del mes anterior a la fecha en que afiliado se incorpore a la AFP.  

¿Qué debo hacer en que caso que se me niegue el bono de reconocimiento?

La recomendación es que frente a la negativa de entrega del bono de reconocimiento, se ingrese inmediatamente un reclamo ante la Superintendencia de Pensiones. 

¿En que casos necesito de un abogado para obtener el bono de reconocimiento de Capredena o Dipreca?

Finalmente, puede ser que el reclamo que se intente ante la Superintendencia de Pensiones tampoco prospere. 

En esa situación te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros inmediatamente para analizar tu caso. 

Si tu situación aun permite una segunda opinión, aun se puede intentar un pronunciamiento de la Contraloría General de la República o en su caso, directamente de los Tribunales de Justicia. 

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