Sociedad de Responsabilidad Limitada en Chile

▷ Sociedades de Responsabilidad Limitada (LTDA)

Introducción

En las siguientes líneas vamos a abordar los contornos de la sociedad de responsabilidad limitada en Chile; sus características, tipos o clasificación, su constitución y modo de funcionamiento. 

En caso que tus dudas no sean aclaradas luego de leer este artículo, no dudes en contactar a alguno de nuestros abogados comerciales de DCWABOGADOS, quienes te ayudarán de inmediato.  

¿Qué es una sociedad de responsabilidad limitada?

La sociedad de responsabilidad limitada- conocida en el mundo anglosajón como Ownership Limited– es una sociedad de personas que tiene la gran ventaja de establecer la limitación de responsabilidad para sus socios. 

Esta puede ser tanto civil como comercial, y posee la gran ventaja de ser útil tanto para negocios pequeños, medianos o también de gran envergadura.

Sociedad de responsabilidad Ltda

Regulación legal de la sociedad de responsabilidad limitada

La sociedad de responsabilidad limitada se encuentra regulada por una ley muy breve. Se trata de la ley 3.918, de 1923, sobre la sociedad de responsabilidad limitada. 

Esta ley, en vez de definir que entiende por sociedad de responsabilidad limitada, simplemente describe sus características. Así su artículo 1º indica: 

«Se autoriza el establecimiento de sociedades civiles y comerciales con responsabilidad limitada de los socios, distintas de las sociedades anónimas o en comandita.».

Con todo, podemos definir la sociedad de responsabilidad limitada como aquella sociedad de personas que es administrada por todos y cada uno de los socios, quienes responden a la sociedad sólo por el monto de sus aportes, o por la suma mayor que se indicare en el pacto social, mas no frente a los acreedores sociales.

Asimismo, para el caso de ceder derechos sociales se requiere el consentimiento unánime de los socios y la correspondiente reforma estatutaria. 

 

Aplicación supletoria de la regulación de las sociedades colectivas a la sociedad de responsabilidad limitada

La ley señala que en lo no previsto en ella, o por lo establecido en el estatuto social, a la sociedad de responsabilidad limitada le serán aplicable las reglas establecidas para las sociedades colectivas.

¿Cómo se constituye la sociedad de responsabilidad limitada?

La sociedad de responsabilidad limitada, tiene una constitución solemne. Esto debido a que sus estatuto social se debe contener en una escritura pública. 

Analizamos ahora las menciones esenciales de la escritura de constitución. 

startup -sociedad de responsabilidad limitada

La limitación de responsabilidad en la sociedad de responsabilidad limitada

La limitación de responsabilidad de los socios sólo al monto de sus aportes, es un requisito de la esencia de la escritura social. En caso de no contener esa mención, se entiende que la sociedad que se constituye es una sociedad colectiva. 

Y esta sociedad colectiva, será mercantil, si el giro que se estableció en el estatuto es mercantil, o en cambio, civil, si el giro expresado en el estatuto fue civil. 

La razón social de la sociedad de responsabilidad limitada

La razón social es una mención de la esencia de la sociedad de responsabilidad limitada. Esta debe terminar con la palabra “limitada”.

En caso que no se incluya, la ley establece una sanción. Esta es que si no todos los socios son obligados en los mismos términos que la sociedad colectiva (civil o comercial). 

Puede contender el nombre de uno o más de los socios más la palabra “limitada“. 

Además, puede formarse la razón social, con una referencia al objeto o giro de negocio con la palabra “limitada“.

La ley señala: «La razón social podrá contener el nombre de uno o más de los socios, o una referencia al objeto de la sociedad. En todo caso deberá terminar con la palabra “limitada”, sin lo cual todos los socios será solidariamente responsables de las obligaciones sociales.». 

Finalmente, se ha constituido como una costumbre jurídica el uso del nombre de fantasía o bien el nombre abreviado más la contracción “LTDA”. 

Menciones del estatuto social de la sociedad de responsabilidad limitada

La escritura social deberá expresar:

    1°. Los nombres, apellidos y domicilios de los socios;
    2°. La razón o firma social;
    3°. Los socios encargados de la administración y del uso de la razón social;
    4°. El capital que introduce cada uno de los socios, sea que consista en dinero, en créditos o en cualquiera otra clase de bienes; el valor que se asigne a los aportes que consistan en muebles o en inmuebles; y la forma en que deba hacerse el justiprecio de los mismos aportes en caso que no se les haya asignado valor alguno;
    5°. Las negociaciones sobre que deba versar el giro de la sociedad;
    6°. La parte de beneficios o pérdidas que se asigne a cada socio capitalista o industrial;
    7°. La época en que la sociedad debe principiar y disolverse;
    8°. La cantidad que puede tomar anualmente cada socio para sus gastos particulares;
    9°. La forma en que ha de verificarse la liquidación y división del haber social;
    10. Si las diferencias que les ocurran durante la sociedad deberán ser o no sometidas a la resolución de arbitradores, y en el primer caso, la forma en que deba hacerse el nombramiento;
    11. El domicilio de la sociedad;
    12. Los demás pactos que acordaren los socios.

¿Qué pasa si no se establece nada respecto a la continuidad de la sociedad de responsabilidad limitada a la muerte de un socio?

En silencio del estatuto, la ley establece que se aplica supletoriamente el artículo 2104 del Código Civil. 

Este artículo básicamente establece, que en silencia del estatuto, se subentiende que la sociedad continúa con los herederos del difunto. 

Empresa de responsabilidad limitada

Menciones que debe contener el extracto de escritura pública de constitución. Dónde se inscribe y publica

Un extracto de la escritura social de constitución de la sociedad, debe inscribirse antes de expirar los sesenta días siguientes a la fecha de la escritura social y publicarse, en el mismo plazo, por una sola vez en el Diario Oficial. 

Las menciones que debe contener ese extracto son las siguientes:

    1°. Los nombres, apellidos y domicilios de los socios;
    2°. La razón o firma social;
    3°. Los socios encargados de la administración y del uso de la razón social;
    4°. El capital que introduce cada uno de los socios, sea que consista en dinero, en créditos o en cualquiera otra clase de bienes; el valor que se asigne a los aportes que consistan en muebles o en inmuebles; y la forma en que deba hacerse el justiprecio de los mismos aportes en caso que no se les haya asignado valor alguno;
    5°. Las negociaciones sobre que deba versar el giro de la sociedad;
    6°. La época en que la sociedad debe principiar y disolverse;

Crear una sociedad de responsabilidad limitada por medio del Registro de Empresas y Sociedades (Empresa en un día)

Un nuevo aliado para quienes desean constituir una sociedad de responsabilidad limitada sin costo alguno, es el que se encuentra disponible en el sitio web de empresas en un día

Este portal es completamente legal y válido para realizar la administración legal de tu sociedad de responsabilidad limitada. La Ley 20.659 es la norma legal que ampara este tipo de constitución electrónica y crea además un Registro de Empresas y Sociedades que viene a convivir con el Registro de Comercio. 

Lo anterior trae como consecuencia que, por medio de este portal, ya no se requerirá la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces ni tampoco la publicación en el Diario Oficial. 

Este registro de empresas y sociedades permite realizar las siguientes actuaciones, entre otras:

  • Constituir la sociedad;
  • Modificar sus estatutos;
  • Transformarla;
  • Rectificar los estautos;
  • Sanearlos;
  • Dividir la sociedad;
  • Disolverla;
  • Iniciar actividades en el Servicio de Impuestos Internos;
  • Obtener RUT electrónico;
  • Consultar marca, registro y dominio.  

¿Qué sucede si no se cumple con las solemnidades en la constitución ?

La sociedad que no conste de escritura pública, o de instrumento reducido a escritura pública o de instrumento protocolizado, es nula de pleno derecho y no podrá ser saneada.

No obstante lo anterior, si existiere de hecho dará lugar a una comunidad.

Como se prueba ante terceros la sociedad de responsabilidad limitada

Para acreditar frente a terceros la constitución válida de la sociedad de responsabilidad limitada, al tercero se le exhibe copia de la escritura pública de constitución y protocolización ante notario público de copia del extracto inscrito en el registro de comercio y del extracto publicado en el Diario Oficial. 

Y para acreditar que se encuentra vigente, se puede solicitar un certificado de vigencia de la sociedad emitido por el Registro de Comercio. 

Limitación en la sociedad respecto al número de socios y su giro

La ley establece que la sociedad de responsabilidad limitada, no puede tener más de 50 socios.

Tampoco podrá tener giro bancario. 

Socios en sociedad de responsabilidad limitada

¿Puede la mujer casada en sociedad conyugal constituir una sociedad de responsabilidad limitada?

 La mujer casada y separada parcialmente de bienes, siempre que la separación sea convencional, y la que ejerza un empleo, oficio, profesión o industria con arreglo al artículo 150° del Código Civil, no requerirán la autorización de su marido, para celebrar una sociedad comercial de responsabilidad limitada, con relación al patrimonio que separadamente administren.

Término o disolución de la sociedad de responsabilidad limitada

La sociedad de responsabilidad limitada se termina o disuelve por:

  • La expiración del plazo o condición establecida en el estatuto social;
  • Finalización del negocio para el cual fue constituida;
  • Por insolvencia o extinción de la o las cosas que forman su objeto social;
  • Por muerte de los socios, en caso que así lo establezcan los estatutos;
  • Renuncia de uno de los socios.

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