Divorcio en Chile

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Introducción

Forma parte ya de la historia de la legislación, que el Divorcio en Chile no se encontraba contemplado como posibilidad en la redacción original del Código Civil de Bello. 

La institución del matrimonio -muy ligada a la tradición católica- se consideraba un vínculo indisoluble y para toda la vida, entre un hombre y una mujer.

Sin embargo, al fin de cuentas, el matrimonio, no es más que un contrato. Y como cualquier contrato requería la regulación de su termino en forma legal. Independientemente de la concepción ideológica o religiosa que sostengan los contrayentes. 

Esa solución al problema del matrimonio tardó pero finalmente llegó. Por medio de la promulgación de la Ley 19.947, se estableció una nueva ley de matrimonio civil, la cual entró en vigencia el 17 de noviembre de 2004. 

Esta ley, como su nombre lo indica, desarrolla sintéticamente la celebración del matrimonio, la separación de los cónyuges y la terminación de éste. 

Es bajo ese epígrafe que se regula la terminación del matrimonio por sentencia firme de divorcio, a la cual nos abocaremos en las próximas líneas. 

¿Cómo se pone fin al matrimonio?

La ley es clara en señalar que el matrimonio termina por:

  1. La muerte de uno de los cónyuges.
  2. Declaración de muerte presunta.
  3. Sentencia firme de nulidad de matrimonio;
  4. Por sentencia firme de divorcio, y recientemente por;
  5. La sentencia firme que acoge la solicitud de cambio de sexo y nombre por razón de identidad de género. 


Por ahora nos limitaremos a analizar la causal de divorcio.

¿Qué es el divorcio?

El divorcio lo podemos definir como la disolución legal del matrimonio. Esta es solicitada por uno o ambos cónyuges, invocando para ello, las causales que la misma ley ha contemplado. 

A esta definición se puede agregar, que para que ella surta efectos, ella debe ser declarada por sentencia judicial, la cual, una vez subinscrita al margen de la respectiva inscripción matrimonial, hace adquirir a los cónyuges el estado civil de divorciados. 

Tipos de divorcio

La ley contempla, básicamente, dos tipos o causales de divorcio: 

a) El divorcio culposo y;

b) El divorcio por cese de convivencia. 

Este último, a su vez, puede ser catalogado en divorcio por cese de convivencia de mutuo acuerdo o, divorcio por cese de convivencia unilateral. 

Trámites del divorcio en Chile

Los trámites que deben realizarse para obtener el divorcio en Chile, van a depender del tipo de divorcio que se quiera obtener.

Por ejemplo, para el divorcio culposo no se requiere la notificación del cese de convivencia y la espera de 1 a 3 años como si lo requiere el divorcio de mutuo acuerdo y el divorcio unilateral.

Veremos los diversos trámites que envuelve cada uno de los tipos de divorcio para ver si cumples con los requisitos.

Requisitos para divorcio en Chile

Cada tipo de divorcio en Chile exige para solicitarlo de diferentes requisitos que aquí resumimos:

Para el divorcio culposo: se requiere que uno de los cónyuges haya incurrido en una falta que constituye un violación grave de los deberes y obligaciones que impone el matrimonio respecto del otro cónyuge o para con los hijos, lo cual hace intolerable la vida en común.

Por su parte, para el divorcio por cese de convivencia se debe distinguir:

Si es de mutuo acuerdo: el requisito consiste en acreditar que se ha cesado en la convivencia por al menos un año.

Si no es de mutuo acuerdo: el requisito consistirá en probar el cese de convivencia por al menos tres años.

Ahora analizaremos pormenorizadamente cada una de las causales de divorcio junto con sus requisitos.

Papeles de divorcio

Los papeles o documentos necesarios para iniciar un proceso de divorcio dependerán, en su caso, del tipo de divorcio que se intente iniciar, sin embargo los más recurrentes son los siguientes:

a) Certificado de Matrimonio

b) Certificado de nacimiento de los hijos en común.

c) Documentos que acreditan el cese de convivencia -estos papeles o documentos tienen la finalidad de acreditar que los cónyuges residen en inmuebles separados- y entre ellos encontramos:

c.1) Certificado de dominio vigente;

c.2) Contratos de arrendamiento;

c.3) Certificado de residencia del administrador del edificio o comunidad;

c.4) Certificado de residencia expedido por la junta de vecinos;

c.5) Boletas o contratos de servicios domiciliarios, etc.

Divorcio culposo

El divorcio culposo también es conocido como divorcio sanción.

Ello radica en que este tipo de divorcio es solicitado por uno de los cónyuges, cuando el otro, ha incurrido una falta que constituye una violación grave de los de los deberes y obligaciones que impone el matrimonio o para con los hijos, que hace intolerable la vida en común. 

Causales de divorcio culposo

La ley es categórica al señalar que los casos que dan pie a solicitar el divorcio por culpa del otro cónyuge, corresponden aquellos actos que impliquen una violación grave de los deberes matrimoniales o con los hijos que vuelve intolerable la vida en común. 

Sin embargo, como resultado de una buena técnica legislativa, la ley contempla ejemplos de faltas de este carácter. Estas son:

  1. Atentado contra la vida o malos tratamientos graves contra la integridad física o psíquica del cónyuge o de algunos de los hijos. 
  2. Trasgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad del matrimonio. V.Gr. Abandonar continua y reiteradamente el hogar. 
  3. Por condena por la comisión de delitos contra la familia, la moralidad o contra las personas.
  4. Conducta homosexual.
  5. Alcoholismo o drogadicción grave. 
  6. tentativa de prostituir al otro cónyuge o a los hijos. 
¿Cuándo se puede solicitar el divorcio culposo?

El divorcio culposo, a diferencia del divorcio por cese de convivencia, no requiere que transcurra un tiempo determinado para solicitarlo y, por lo cual, basta que se verifique el hecho o la falta del cónyuge culpable para que pueda interponerse la demanda de divorcio.  

El divorcio por cese de convivencia en Chile

El divorcio por cese de convivencia, como su nombre lo indica, es aquel que puede ser solicitado por ambos cónyuges o por uno de ellos, en caso de haberse verificado el cese de convivencia por un determinado lapso de tiempo. 

Es por ello que el cese de convivencia es un requisito esencial para solicitar este tipo de divorcio. 

Su plazo variará dependiendo si ambos cónyuges solicitan de mutuo acuerdo el divorcio, o, en cambio, si es solo uno de ellos que desea el divorcio.

Por ello -antes de revisar cada uno de ellos- es necesario primero analizar en qué consiste el cese de convivencia.

¿Qué es el cese de convivencia?

El cese de convivencia se refiere a la época en que los cónyuges han dejado de convivir en el hogar común.

Este es un requisito para poder demandar de divorcio por cese de convivencia, tanto si este es solicitado de mutuo acuerdo o, en cambio, unilateralmente por uno de los cónyuges.

Como es lógico, este cese de convivencia debe ser probado, por tanto, la ley se encarga de regular la forma de prueba del cese de convivencia. 

¿Cumples con los requisitos? ver: cese de convivencia

¿Cómo se prueba el cese de convivencia?

La regla general es el cese de convivencia se pruebe por medio de los instrumentos y procedimientos que establece la misma ley de matrimonio civil. 

Sin embargo, cabe todavía hacer otra distinción, que dice relación con cese de convivencia y si este se verificó antes o después que entrara en vigencia la nueva ley de matrimonio civil. 

Prueba del cese de convivencia en matrimonios celebrados con anterioridad a noviembre de 2004

El cese de convivencia respecto de los matrimonios celebrados con anterioridad a noviembre de 2004, se podrá probar por cualquier medio de prueba -generalmente testigos-, excepto la confesión de parte. 

Prueba del cese de convivencia en matrimonios celebrados con posterioridad a noviembre de 2004

En estos casos, el cese de convivencia, sólo se podrá probar por medio de los siguientes instrumentos:

  • Acuerdo completo y suficiente que conste en escritura pública, o acta extendida y protocolizada ante notario; acta extendida ante un Oficial del Registro Civil, o transacción aprobada judicialmente; 
  • Por falta de acuerdo de uno de cónyuges, por medio de la notificación judicial destinada a reglar las relaciones mutuas entre los cónyuges y los hijos; 
  • O, el cese de convivencia tendrá también fecha cierta, si uno de los cónyuges inicia una gestión voluntaria ante el juzgado correspondiente, de notificación al otro cónyuge del acuerdo completo y suficiente o de la simple constancia de su intención de cesar la vida en común. 


 Te recomendamos para más detalles: cese de convivencia en Chile

El divorcio de mutuo acuerdo en Chile

Como su nombre lo indica, el divorcio de mutuo acuerdo, es aquel que es solicitado por ambos cónyuges de común acuerdo. 

El requisito para solicitar este tipo de divorcio, es que se acredite, de las formas establecidas por la ley -y que hemos visto anteriormente- el haber cesado su convivencia durante un lapso mayor de un año.

Además que, durante ese lapso, no se ha producido la reanudación de la vida en común con ánimo de permanencia. 

¿Qué se requiere para demandar el divorcio de mutuo acuerdo?

Como ya indicamos, para poder demandar el divorcio de mutuo acuerdo, se requiere probar el cese de convivencia por al menos un año. 

Se le debe agregar que la ley exige que, en caso de divorcio por mutuo consentimiento, igualmente se regulen las materias propias de sus relaciones mutuas y con respecto a sus hijos. 

Es por ello que se deberá acompañar a la audiencia preparatoria de divorcio el acuerdo completo y suficiente que regule especialmente:

a) El régimen de alimentos que se deban;

b) Cuidado personal y;

c) La relación directa y regular que mantendrá con los hijos aquel de los padres que no los tuviere a su cuidado, 

Si no existen hijos.¿Se requiere del acuerdo completo y suficiente?

Si. Puesto que el acuerdo completo y suficiente, en este caso, versará sobre el régimen matrimonial que hayan acordado y sobre la compensación económica, si esta procediere. 

Divorcio unilateral en Chile

La legislación en Chile faculta demandar el divorcio unilateralmente. 

De esa forma uno de los cónyuges puede demandar de divorcio al otro aun en contra de su voluntad.

Pero para ello, se debe probar que el cese efectivo de la convivencia se ha prolongado por al menos tres años. 

¿Qué se requiere para demandar unilateralmente el divorcio?

Como ya se dijo, se debe probar el cese de la convivencia por al menos tres años, y que durante ese periodo no hubo ánimo de reanudar la vida en común de forma permanente, puesto que, en caso contrario, se habrá interrumpido el plazo de 3 años que exige la ley.

Como es posible adelantar, sobre el punto anterior versará en gran parte la prueba que se rinda. 

Asimismo, al igual que en el caso del divorcio por mutuo acuerdo, se deberá presentar o discutir un acuerdo completo y suficiente respecto a las relaciones mutuas, compensación económica y relación directa y regular con los hijos. 

¿Cómo me divorcio si mi cónyuge vive en el extranjero y yo en Chile?

En este caso todavía es posible demandar el divorcio en Chile. Pero únicamente si el divorcio es de mutuo acuerdo, puesto que si no, el divorcio se debe solicitar en el domicilio del demandado.

En este caso, la forma corriente de hacerlo es que el cónyuge que vive en el extranjero otorgue un mandato judicial a un abogado para que lo represente plenamente en el procedimiento de divorcio. 

Efectos de la sentencia de divorcio en Chile

El divorcio producirá efectos entre los cónyuges desde que quede ejecutoriada la sentencia que lo declare. Adquiriendo, una vez efectuada las inscripciones correspondientes, el estado civil de divorciados. 

Asimismo, pone fin a las obligaciones y derechos de carácter patrimonial. Es decir, en caso de existir un régimen de sociedad conyugal esta deberá liquidarse por medio de escritura pública. 

Es lógico también que con el fin del matrimonio desaparezcan los derechos sucesorios recíprocos como el derecho de alimentos, sin perjuicio de la compensación económica que proceda. 

Por último, cabe destacar, que el divorcio no afecta de modo alguno la filiación ya determinada ni los derechos y obligaciones que emanan de ella.

El divorcio y la compensación económica

No es dable terminar un artículo sobre el divorcio, sin que antes digamos algo sobre la compensación económica. 

Lo primero que diremos de ella es que no es una indemnización de perjuicios ni que ella proceda en cualquier divorcio. 

La compensación económica es una institución destinada a compensar a uno de los cónyuges por haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar, durante el tiempo en que duró el matrimonio. 

Esa situación debe haber implicado, además, que este no pudiera desarrollar una actividad remunerada o lo hiciere en menor medida de lo que podía o quería.

Criterios para establecer la cuantía del menoscabo económico que requiere ser compensado

El juez para determinar la existencia del menoscabo y su cuantía considerará especialmente:

  • La duración del matrimonio;
  • La situación patrimonial de ambos;
  • La buena o mala fe;
  • La edad y el estado de saludo del cónyuge beneficiario;
  • Su situación previsional;
  • Su cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral,y;
  • La colaboración que hubiere prestado a las actividades lucrativas del otro cónyuge.

¿Procede demandar la compensación económica en el divorcio culposo en favor del culpable?

En este caso, el juez podrá denegar la demanda de compensación económica interpuesta por el cónyuge que dio lugar a la causal de divorcio culposo o, podrá en vez, disminuir prudencialmente su monto.

¿Cómo se paga la compensación económica?

El monto y forma de pago de la compensación económica puede ser acordada por las partes mayores de edad, mediante un acuerdo que constará por escritura pública o acta de avenimiento. Ellas se someterán a la aprobación del Tribunal.

Si no hubiere acuerdo, la determinará el juez. 

El cualquiera de los casos anteriores la forma de pago de la compensación económica puede consistir en:

  • Acciones;
  • Bienes muebles o inmuebles;
  • Una suma de dinero. Pagadero de una sola vez o en varias cuotas reajustables.
  • Constitución de derechos de usufructo, uso o habitación, respecto de propiedad del deudor.   


Si el deudor no tuviere bienes suficientes el juez podrá dividirlo en cuantas cuotas reajustables como fuere necesario. Estas se considerarán como alimentos para el efecto de su cumplimiento.  

Plazos para demandar o solicitar el divorcio

Los plazos para demandar o solicitar el divorcio dependerán del tipo de divorcio que se demanda:

a) Si el divorcio es de mutuo acuerdo, el plazo para solicitarlo es de un año contado desde el cese de convivencia;

b) Si el divorcio es unilateral, el plazo para demandar será de 3 años contados desde el cese de convivencia;

c) En el divorcio culposo o por culpa, en cambio, no existe un plazo para interponer la demanda. Por los cual se puede demandar desde el momento en que se verificó el hecho o la falta del cónyuge culpable. 

¿Se necesita de un abogado para divorciarme en Chile?

Si. Al ser una solicitud o demanda que se realiza ante los Tribunales de Familia, la comparecencia se efectúa por medio de la representación de un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión. 

Si necesitas un abogado para divorciarte contacta ya a nuestros abogados de familia que te asesorarán de inmediato en tu solicitud de divorcio. 

Preguntas frecuentes sobre el divorcio

A continuación daremos respuesta a las preguntas más frecuentes que realizan nuestros clientes con respecto al divorcio.

Asimismo te invitamos a que nos consultes tus dudas directamente o las expongas en nuestro foro al final de la página, las cuales responderemos a la brevedad. 

¿Qué es el certificado de divorcio?

El certificado de divorcio es una copia certificada de la sentencia de divorcio emitida por el Tribunal de Familia que ha conocido sobre la demanda o solicitud de divorcio. 

Es con esta copia de la sentencia, o certificado de divorcio con la cual se solicita la inscripción del divorcio en la partida de matrimonio que lleva el Registro Civil. 

¿Qué es ser divorciado?

El ser divorciado es un estado civil que se obtiene una vez que se ha obtenido la sentencia de divorcio y ella se ha inscrito en el Registro Civil.

El estado civil de divorciado se une a las otras posibilidades en Chile que son la de soltero, casado, separado o viudo. 

Diferencia entre separación y divorcio

Las diferencias entre separación judicial y divorcio las podemos resumir en las siguientes:

a) La separación judicial no persigue dejar sin efecto el matrimonio; el divorcio por el contrario si. 

b) Las causales de la separación son el cese de convivencia y por culpa de uno de los cónyuges; el divorcio contempla mayores vías para obtenerlo como hemos visto anteriormente.

c) La separación judicial no exige plazo alguno para poder solicitarlo; el divorcio si, a menos que se trate del divorcio culposo.

d) Los separados judicialmente siguen siendo herederos mutuos; el divorcio al dar por terminado el matrimonio, hace desaparecer la posibilidad de heredar al otro cónyuge.

e) Finalmente, la separación judicial otorga el estado civil de separado; el divorcio, por su parte, el de divorciado. 

¿Cuánto tiempo debe pasar después del divorcio para casarse?

En mérito de una norma bastante criticable (Art. 128 del Código Civil) la mujer que esté embarazada, no puede contraer matrimonio antes del parto.

En caso que no estarlo, igualmente debe esperar 270 desde el divorcio para volver a contraer nupcias.

El hombre en cambio no tiene impuesto plazo alguno para volver a casarse. 

¿A que juzgado debo acudir para divorciarme?

El tribunal competente para conocer el juicio de divorcio es el Tribunal de Familia correspondiente al domicilio de cualquiera de los cónyuges en caso de divorcio de mutuo acuerdo y el del domicilio del demandado en el divorcio unilateral y culposo.

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