▷ Nulidad de Matrimonio en Chile
Introducción
En las siguientes líneas abordaremos los contornos de la nulidad de matrimonio en Chile.
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¿Qué es la nulidad de matrimonio en Chile?
A diferencia del Divorcio, la nulidad del matrimonio persigue dejar sin efecto el vínculo matrimonial como si este nunca hubiere existido entre los cónyuges.
La nulidad de un matrimonio debe ser declarada judicialmente, no opera por el solo ministerio de la ley.
De consiguiente, si el matrimonio adolece de vicios que producen su nulidad, deberá interponerse la acción de nulidad de matrimonio ante el Tribunal competente.
Características de la acción de nulidad de matrimonio
La acción de nulidad de matrimonio posee diversas características que le son propias, que bien vale el esfuerzo tener presente y estas son:
1) Es una acción de familia y por tanto, no es comerciable, es irrenunciable, no es susceptible de transacción ni conciliación, ni compromiso.
2) Por regla general puede ser ejercida por cualquiera de los presuntos cónyuges.
3) Es imprescriptible;
4) Por regla general, sólo se puede ejercer en vida de los cónyuges.
¿Quiénes pueden solicitar la nulidad del matrimonio en Chile?
La acción de nulidad de matrimonio, o que es lo mismo, quienes pueden solicitar la nulidad de matrimonio, pertenece a cualquiera de los cónyuges.
La excepción es que el matrimonio se haya celebrado por error o fuerza. En ese caso, podrá solicitar la nulidad del matrimonio únicamente el cónyuge que haya sufrida error o la fuerza.
Hay casos también, en que terceros, pueden interponer la acción de nulidad de matrimonio, estos casos son:
a) Si el matrimonio que se que quiere declarar nulo, fue contraído por una persona menor de 16 años, podrá solicitar la nulidad, además de los cónyuges, alguno de los ascendientes de él o la menor de edad, pero sólo hasta que cumpla 16 años.
b) En caso de un matrimonio celebrado en artículo de muerte, pueden solicitar la nulidad del matrimonio los herederos del cónyuge difunto.
c) Si la causal por la cual se solicita la nulidad de matrimonio, es la existencia de un vínculo matrimonial no disuelto, la acción de nulidad le corresponde al cónyuge anterior, o a sus herederos.
d) Por cualquier persona -acción popular- en caso de un matrimonio celebrado entre una persona que haya participado en el homicidio de su marido o mujer.
Causales para solicitar la nulidad de matrimonio en Chile
El artículo 44 de la Ley de Matrimonio Civil, establece cuales son las causales para solicitar la nulidad de matrimonio.
Un elemento esencial, es que ellas hayan existido al tiempo del matrimonio.
Estas son:
a) La existencia de una incapacidad por parte de alguno de los contrayentes;
b) Cuando el consentimiento no haya sido libre ni espontáneo, y;
c) Ausencia de número mínimo de testigos.
Causales de nulidad de matrimonio: Incapacidad de alguno de contrayentes
Las incapacidades para contraer matrimonio y que permiten luego alegar su nulidad son las siguientes:
- Vinculo matrimonial anterior no disuelto;
- Acuerdo de unión civil no disuelto, a menos que se celebre el matrimonio con quien se haya celebrado dicho acuerdo;
- Matrimonio celebrado con algún menor de 16 años;
- Por quienes están privados de razón o sufren un trastorno o anomalía psíquica diagnosticada y que le impida absolutamente conformar la comunidad de vida del matrimonio;
- Los carentes del suficiente juicio o discernimiento;
- Quienes no hayan podido expresar claramente su voluntad de contraer el matrimonio;
- Los matrimonios contraídos por familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y con el adoptado;
- El contraído con el imputado formalizado o condenado por la muerte del marido o mujer del cónyuge sobreviviente.
Causales de nulidad de matrimonio: Ausencia de consentimiento libre e informado
La ley de matrimonio civil señala que el este debe celebrarse con un consentimiento libre e informado.
El artículo 8 indica cuando no se cumple dichas circunstancias, elementos los cuales permiten solicitar la nulidad del matrimonio, estas son:
- Si ha habido error en la persona con quien se contrae el matrimonio;
- Si ha habido error en cuanto a las cualidades personales del otro contrayente, que es determinante para los fines de matrimonio;
- Si ha concurrido fuerza para contraer el matrimonio, ya sea por circunstancias o ejercida por personas.
Causales de nulidad de matrimonio: Ausencia del número de testigos requeridos por la ley
La ley exige la comparecencia de dos testigos hábiles, parientes o extraños para contraer el matrimonio.
Es por ello que, si no compareciere ese número de testigos o ellos son inhábiles, podrá declararse nulo el matrimonio.
Excepciones a la imprescriptibilidad de la acción de nulidad de matrimonio en Chile
La ley indica que la acción de nulidad es imprescriptible pero, esa regla general reconoce las siguientes excepciones:
- La causal fundada en la menor de edad de uno de los contrayentes prescribe en el plazo de un año contado desde la fecha que el cónyuge inhábil adquiere la mayoría de edad;
- En caso de fuerza o error, la acción prescribe dentro de tres años contados desde que ha desaparecido la causa de error o fuerza;
- Respecto al matrimonio por artículo de muerte, la acción de nulidad de matrimonio prescribe al cabo de un año contado desde la fecha del fallecimiento del cónyuge enfermo;
- En cuanto a la causal de vínculo matrimonial no disuelto, la acción prescribe en un año contado desde el fallecimiento de uno de los cónyuges, y;
- La falta de testigos hábiles, habilita a los cónyuges a solicitar la nulidad del matrimonio en el plazo de un año desde la celebración del matrimonio.
Efectos de la declaración de nulidad del matrimonio
Declarada la nulidad de matrimonio los cónyuges quedan en la misma situación que tenían al momento de casarse. Ello implica:
Si se celebró un nuevo matrimonio luego de haberse declarado nulo el anterior, ese matrimonio es perfectamente válido;
No se ha producido el parentesco por afinidad;
No ha existido derechos hereditarios entre los cónyuges;
Las capitulaciones matrimoniales caducan;
No ha habido sociedad conyugal, formándose en vez sólo una comunidad de bienes entre los cónyuges, la cual debe ser liquidada por las reglas generales;
La mujer no tiene el privilegio de 4º clase;
Efectos de la declaración de nulidad respecto a los hijos
Nada cambia para los hijos reconocidos durante el matrimonio que luego es declarado nulo. Ellos mantienen su condición de hijos para todos los efectos legales.
Efectos de la declaración de nulidad respecto a la sociedad conyugal
La ley respecto a este punto distingue entre el cónyuge que se caso de buena fé y con justa causa de error, y respecto de quien así no lo hizo.
En caso del cónyuge que actuó de buena fe, puede solicitar la disolución de la sociedad conyugal por medio la reglas propias para la liquidación de la sociedad conyugal, o por las reglas de la comunidad de bienes, a su elección.
La sentencia de nulidad matrimonial debe inscribirse
La sentencia que declara la nulidad de matrimonio extingue el matrimonio desde que ella es declarada.
Pero, para que tenga efectos frente a terceros, es decir, que les sea oponible, debe ser subinscribirse en la inscripción matrimonial.