Buenos días!, estoy casada por separación de bienes hace 9 años , con mi esposo queremos irnos a vivir fuera del pais, el tiene un hijo de un antiguo matrimonio + 3 hijos en común.
Si comenzamos a adquirir bienes ( casa, auto etc) se puede poner a nombre de ambos? O en ese régimen no se puede?
Si tenemos una casa a nombre de ambos y mi esposo fallece que pasa con la repartición?
Recomendaría cambiarse a otro régimen?
Por último mi esposo es pensionado, no afectaría yo como esposa recibir esa pensión en caso de fallecer bajo el régimen que tenemos?.
Gracias espero haya entendido mis dudas….
Estimada CAL. Respecto a su consulta, lo primero es que debemos reiterar lo que hemos señalado de forma constante en este foro. El régimen de separación de bienes permite la administración separada de cada patrimonio. De forma tal que pueden adquirir bienes en común con su marido (partes iguales) sin problemas. Sin perjuicio de lo indicado, una vez que fallece uno de los cónyuges, serán herederos -a menos que un testamento diga otra cosa- los herederos legales. Así, los derechos que tenga su marido sobre propiedades compradas en común, los heredarán su cónyuge y los hijos de este, en la proporción que indica la ley.
Hola buenas tardes
Mi consulta , Yo me casé con separación de bienes , ahora llevo 3 años separada ( sólo de hecho ) sin divorcio
Y voy a resivir una herencia de la venta de la casa de mis padres ¿ Mi ex le toca algo ? ¿ Tiene qué firmar algun papel ? …
Cecilia, junto con saludarle, le indicamos que la separación de bienes envuelve que no existe la necesidad que su marido concurra con su autorización para que usted reciba una herencia. Por otro lado, solo en caso de que usted fallezca -casada- su marido recibirá parte de esa herencia, como consecuencia que será su heredero. En ese sentido le recomendamos que cuanto antes, proceda a solicitar el divorcio.
Hola . Ojalá me puedan orientar.
Mi madre me va a traspasar una vivienda esta quedara a mi nombre , yo tengo 3 hijos mayores de edad los cuales me gustaría que cuando yo muera fueran los herederos de esta vivienda .
Donde estoy complicado es que yo estoy con union civil con mi pareja actual y ella tiene 3 hijos también mayores con los cuales yo no tengo ninguna relación ya que son extranjeros.
En el caso que yo muera me gustaría dejar que esa herencia ( la casa ) quedara en 50 % para mi pareja con la cual tengo union civil y el otro 50 % para mis 3 hijos .cual seria la mejor opción ?
Seguir con este régimen de union civil .?
Disolver esta union civil y casarnos con separación de bienes ?
Que me pueden aconsejar ya que quiero dejar a mis hijos y también a mi pareja pero no a los hijos de ella por lo antes comentado
Estimado Francisco. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que la unión civil, para efectos patrimoniales, es equivalente al matrimonio bajo el régimen de separación de bienes. Es así que en caso de fallecer el 40% de su patrimonio corresponderá a su cónyuge y el restante 60% se repartirá entre sus hijos. En caso de desear modificar esa proporción, puede perfectamente otorgar un testamento, asignando a su pareja un monto mayor de su herencia por vía de mejoras o libre disposición.
Estimados buenos días
Me gustaría hacerles una consulta, nos casamos con separación de bienes lamentablemente mi esposa falleció no tuvimos hijos ella tampoco tenía ni sus padres ni abuelos vivos solo un hermano sobreviviente, ella tenía un departamento. En este caso ¿el heredero sería yo como su cónyuge sobreviviente o también su hermano? Muchas Gracias
Estimado Carlos. Junto con saludarle, y en atención a su consulta, le indicamos que en caso del fallecimiento de cónyuge, sin tener descendientes o ascendientes, el heredero único y universal es el cónyuge sobreviviente.
Buenas tardes. junto con saludar quisiera comentar que me casé con bienes separados, antes de casarme adquirí una casa a mi nombre. Ahora tengo 2 hijos, quisiera saber si esa casa que compré estando soltera, al yo fallecer pasaría a ser herencia de mi marido también? o solo él seria heredero de un porcentaje de los bienes que fueron adquiridos dentro del matrimonio?
Estimada Mariela. Le indicamos que independiente del régimen conyugal, sus herederos por ley, serán siempre su cónyuge y sus hijos. Si se encuentra separada de hecho, le sugerimos que inicie de inmediato el trámite de divorcio, y mientras tanto, extienda un testamento que otorgue a sus hijos la cuarta de libre disposición y la cuarta de mejoras. De ese modo, asegurará que su marido, al menos por ahora, no reciba la mitad de su herencia, en caso que usted fallezca.
Deseamos casarnos con separación de bienes, tenemos una hija en común. Si el fallece, que pasa con la repartición de la casa o bien, si el tiene otra hija de otro matrimonio (divorciado)?
Estimada Sandra. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que el régimen conyugal no varía las normas de la sucesión sin testamento o intestada. De ese modo, los herederos de su marido, en caso de fallecer, serán usted y las dos hijas de éste. En caso de fallecer usted. Sus herederos serán su marido y su hija en común. Respecto de los bienes o derechos que cada uno mantenga en su patrimonio al momento de fallecer.
Estimados, junto con saludar, quisiera hacer la siguiente consulta: mis papas estan casados legalmente con separacion de bienes, durante el matrimonio mi madre se gano un subsidio de casa usada donde se compro una casa, la consulta es la siguiente; mi madre puede vender el bien o traspasarlo a alguna persona sin pedir autorizacion a mi papa ? le corresponde algo a el si deciden divorciarse ? atento a sus comentrarios.
Estimado Rodrigo. Junto con saludarle, le indicamos que su madre -casada bajo el régimen de separación de bienes- puede vender ese bien sin necesidad de pedir autorización alguna a su cónyuge.
Buenos días,
Junto con agradecer este foro.
Necesito asesoría sobre mi caso.
Soy casada con separación de bienes .
Mi esposo tiene dos hijos del su anterior matrimonio.
Quiero saber si el fallece antes que yo sus hijos del primer matrimonio tiene derecho sobre mi propiedad la cual compre dentro del matrimonio.
Por su asesoría gracias
Estimada Loreto. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que los bienes que se adquieren por cada cónyuge dentro del régimen de separación total de bienes pertenecen de forma exclusiva al cónyuge dueño de ellos, y sus eventuales herederos. Por tanto, en caso de fallecer su marido, los herederos de los bienes que a él pertenecen se le asignarán a usted y a los hijos de éste en las proporciones que establece la ley. Pero los hijos de su cónyuge no tienen derecho alguno sobre sus bienes propios. Así, su propiedad jamás será parte de la herencia que su marido pueda transmitir a sus herederos.
Hola estimado, quisiera saber por favor:
Mi esposo adquirió una casa antes de casarnos con bienes separados. Tenemos dos hijos de nuestro matrimonio.
Si nos divorciamos y el decide vender la casa, corresponde algo del dinero de la venta para nuestros hijos o para mi?
Estimada Marianella. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que los bienes que fueron adquiridos por cada cónyuge bajo el régimen de separación de bienes, forman parte del patrimonio exclusivo de cada uno. De ese modo, en caso de divorcio, en principio, ni la cónyuge ni sus hijos tendrían derechos sobre la venta del inmueble. Salvo que, el Tribunal de Familia, conociendo del divorcio, decida hacer pago del derecho de alimentos o una eventual compensación económica, por medio de la entrega de algún bien propio del marido.
Hola… Me case con separación total de bienes.. MI marido se fue de casa hace unos meses… Tengo una camioneta a mi nombre pero que adquirí durante el matrimonio y una casa antes del matrimonio… Mi pregunta es.. Si vendo la camioneta para pagar el crédito automotriz que yo debo a la automotora (que aún quedan más de 15 cuotas por pagar) debo darle algo de dinero por ella? Le corresponde algo de la camioneta? Es importante decir que la camioneta era para la familia, por tanto por eso accedí a su compra a mi nombre, pero al ya no estar juntos no puede pedirme nada por ella? La casa la compré estando soltera, entiendo que aunque haya pagado a mitades el dividendo conmigo no le corresponde nada. Agradezco su ayuda.
Estimada Tamara. Junto con saludarla y en atención a su consulta, le indicamos que desde el momento que se encuentran inscritos a su nombre los bienes -vehículo y casa- usted puede disponer de ellos libremente. Por ejemplo: venderlos.
Por otro lado, eso sí, usted indica que su cónyuge aportó dineros para el pago de la compraventa respecto de ellos. Por tanto, bajo ese contexto, su cónyuge conserva la posibilidad de demandarla por la suma que este aportó en su compraventa. Pero en ningún caso, esa demanda podrá tener por objetivo recuperar la propiedad sobre alguno de los bienes en particular.
Una consulta; mi suegra adquirió una casa fuera del matrimonio y después se casó con separación de bienes. Ella falleció sin dejar testamento, dejando viudo al esposo y con 2 hijas mayores.¿como quedaría repartida la herencia de la casa?
Rubén, en su caso, la herencia se repartirá 50% para el cónyuge sobreviviente y 25% para cada hija.
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, estoy casado con separación de bienes y antes de casarme adquirí una casa con mi propio trabajo, con en ese entonces mi pareja vivíamos en mi casa y nuestras hijas(menores de edad) al año me casé y con separación de bienes, ahora después de 5 años casado me estoy separando, quien debe quedarse en el inmueble en caso de demanda por no llegar acuerdo en mediación . Desde ya quedo atento a la respuesta, gracias
Estimado Rodrigo. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que si adquirió un inmueble casado bajo el régimen de separación de bienes, ese bien le pertenece de forma exclusiva. Ahora bien, dependiendo de su contexto particular -eventual pago de alimentos o compensación económica dentro del divorcio- el tribunal podría decretar el pago de esos derechos a su cónyuge por medio de la entrega en usufructo o en propiedad del inmueble que nos indica.
Buenas tardes.
Mi cuñado esta casado con separación total de bienes. Todo lo que adquirió fue por su trabajo. Pero puso a nombre de la esposa una parcela que compró al contado. Ahora la esposa se quiere divorciar y dejarlo en la calle. Que puede hacer para recibir parte de la venta de la parcela.
Estimada Silvana. Junto con saludarle, le indicamos que para efectos que su cuñado pueda ejercer alguna acción judicial de restitución de esos dineros, la operación debe haberse celebrado hace menos de 5 años atrás. En caso contrario, toda acción de restitución ya se encuentra prescrita.
Hola me casé con separacion de bienes, ahora nos queremos divorciar…él pudo comprar casa y llevar una vida con muchos inmuebles…yo trabajaba pero mi ingreso era inferior y no pude ahorrar y no tengo nada a mi nombre.
Al separarme legalmente qué puedo recibir.
Tuve 3 hijas pero ellas ya son profesionales.
Estimada Soraya. En relación a su consulta, le indicamos que al menos por concepto de régimen conyugal, no le corresponde derecho alguno sobre los bienes adquiridos por su marido. Deberá por tanto explorar la posibilidad de obtener una eventual compensación económica durante el procedimiento de divorcio.
Hola, mi consulta es si mi tía casada en sociedad conyugal sin hijos en común con su marido fallecido y él tenía 3 hijos antes del matrimonio, y el único bien era una casa. Al momento de venderla que porcentaje de la propiedad le corresponde a mí tía?
Estimado Gustavo. Junto con saludarle, le indicamos que no es posible establecer específicamente en porcentaje en su caso, atendido que desconocemos si la propiedad que nos comenta fue adquirida a título oneroso dentro de la vigencia de la sociedad conyugal o no. En caso que así lo sea, a la cónyuge le corresponden derechos de diferente origen. Le corresponderá el 50% de los derechos sobre el inmueble producto de su cuota en los gananciales de la sociedad conyugal. Y, respecto del 50% restante propio de la sucesión, le corresponde el 40% y a cada hijo el 20%.
Hola buenos días yo soy Colombiana y me quiero casar con mi pareja él es Chileno, nos vamos a casar con bienes separados, si a él le pasara algo ni Dios lo quiera yo no heredaría nada?.
Estimada Evelin. Junto con saludarle, y en respuesta a su consulta, le indicamos, como ya hemos dado respuesta en este foro en numerosas ocasiones, que el régimen conyugal no altera las normas sobre sucesión intestada. En ese sentido, a usted le corresponderá en la herencia de su cónyuge, los porcentajes que establece la ley respecto de los legitimarios. A la cónyuge en ese caso, si concurre con los hijos en la sucesión, le corresponde el doble de los que reciben estos. Si no existen hijos, pero si los padres del fallecido, le corresponde dos tercios de la herencia. Por último, si no hay hijos ni padres vivos, le corresponderá la totalidad de la herencia.
mi hermana se caso con separación de bienes, no tienen hijos. Él tiene ambos padres vivos, esposo murió. quienes reciben herencia?
los padres de él solicitaron posición efectiva pero solo puede solicitarla mi hermana, a que se debe eso?
Estimada Yenifer. Le indicamos que en el caso de su hermana, los herederos del cónyuge fallecido son la cónyuge sobreviviente junto con los padres del causante. En una proporción de 2/3 y 1/3 respectivamente. Respecto de la solicitud de posesión efectiva, la ley es clara en indicar que la puede solicitar -entre otros- cualquier heredero. Siendo así -sin conocer ulteriores detalles de su caso particular- la negativa por parte del Servicio de Registro Civil debe corresponder a un error administrativo por parte del funcionario que los atendió.
Hola quiero realizar una consulta.
Me case hace mas de 20 años con Separación de Bienes, adquirí una Casa dentro del matrimonio por subsidio PET de aquel entonces pagando dividendos por 15 años donde la escritura esta a mi nombre (Casa Pagada y realizados los alzamientos de Prohibiciones en Serviu), luego me divorcie hace como 5 ó 6 años. La pregunta concreta es:
A mi ex Esposa le pertenece o tiene derecho sobre esa propiedad ?.
Estimado Roberto. Junto con saludarle le indicamos que en su caso, el inmueble pertenece exclusivamente a usted, y por ende, su ex cónyuge no mantiene derechos sobre ese inmueble.
Mi PREGUNTA
COMO ES LA DISTRIBUCIÓN DE HERENCIA EN PARTES TESTADA E INTESTADA CUANDO QUIENES SUCEDEN SON DOS HIJOS Y EL CONYUGE SOBREVIVIENTE (DE UN MATRIMONIO DE SOCIEDAD CONYUGAL)
Estimada Constanza, le indicamos que para efectos de poder responder su consulta, se hace necesario conocer el contenido de las cláusulas testamentarias.
Buenos dias, consulta, estoy casada con separacion total de bienes, y 1 hija en común, pero el tiene 2 hijos de su primer matrimonio, tengo 2 deptos que compre bajo el regimen separacion de bienes, pero mi temor es fallecer yo, y despues mi esposo, lo que herendan sus hijos esto como se puede evitar? Si me separo/divorcio mi hija queda con el 100% de las propiedades???
Estimada Verónica. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que en caso de fallecer usted, sus herederos, en las proporciones que fija la ley, serán su cónyuge y su hija. En efecto, en caso que su cónyuge fallezca luego con esos derechos en su patrimonio, le sucederán a este a su vez, todos los hijos de este último. Quienes podrían terminar manteniendo derechos sobre esos inmuebles.
Para evitar ello, una solución definitiva sería, claro está, divorciarse de su marido. Solución que no favorecemos. Lo que el recomendamos en vez, es que otorgue por medio de testamento, un mayor porcentaje mayor a su hija respecto de esos inmuebles, o; si es factible con respecto a su patrimonio total: que done los inmuebles a su hija por medio del procedimiento de insinuación de donación.
Hola mi consulta es la siguiente mi madre se casó con mi padre con separación de bienes ya que la propiedad era de ella y de ese matrimonio solo quede yo y hace poco tiempo ambos fallecieron, mi padre por su parte tuvo cinco hijos en su otro matrimonio del cual enviudo,, a eso hijos les correspondera algún porcentaje de ese bien mueble, esperando su pronta respuesta gracias
Estimado Jorge. Junto con saludarle, y en atención a su consulta, la respuesta dependerá de quien de los dos padres falleció en primer lugar. Lo primero que hay que precisar en su caso es que el inmueble -de acuerdo a lo que nos indica- era de propiedad exclusiva de su madre. De ese modo, si su madre falleció antes que su padre; los herederos legales del as hereditario -el cual incluye el inmueble- eran usted junto con su padre en las proporciones que establece la ley. Si luego murió su padre, esos derechos hereditarios pasaron a los herederos de este. Siendo estos usted en su proporción junto con los hijos de este. Estos últimos, por tanto, podrían mantener al día de hoy, derechos sobre ese inmueble.
Por otro lado, si su madre murió luego de fallecer su padre, los hijos de este último no podrían jamás haber heredado derechos sobre ese inmueble.
Qué pasa si mi papá se casa en sociedad conyugal con una mujer que tiene dos hijos de su anterior matrimonio. Nosotros somos 3 hijos de él. En caso de que el muera primero, ella se quedará con el 60 % de sus bienes? Los que cuando ella muera pasarán a sus hijos?. Cuál habría sido la diferencia si se casaban con separación total de bienes si el muere primero?
Estimada Angélica. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que los bienes que su padre haya adquirido antes de casarse en sociedad conyugal, no entrarán, al momento de su muerte a los bienes propios de la sociedad conyugal. Comunidad de bienes que compartirá con su cónyuge. Sólo los bienes que adquiera dentro de este último matrimonio, ingresarán al patrimonio de la sociedad conyugal. Por tanto, en caso de fallecer su padre, lo anterior lo deberá tener muy presente para efectos de proceder con la posesión efectiva y la partición de la herencia.
Por favor necesito ayuda … mi papá se caso x segunda ves y cuando falleció la viuda reclamo la plata de la afp a ella le tocó casi 9 millones a mi k soy hija del 1 matrimonio 1millon 200 al igual k a los dos hijos k tienen en común mi pregunta es .. ellos se casaron con separación de vienes …le tocaba lo mismo a la viuda o menos o se dividía por partes iguales o no le tocaba … el ami me abandono no me dio nunca pensión ya que se junto con ella iso su familia y cuando falleció mi mamá se casaron ..me podrían ayudar por favor 🙏
Estimada Rita. Junto con saludarle, y en atención a su consulta, le indicamos que en su caso simplemente se aplicaron las reglas de la sucesión intestada. En ese sentido, a la cónyuge sobreviviente le correspondía el 40% y a cada hijo sólo el 20%. Por otro lado, si en vida de su padre usted inició un juicio de alimentos, podrá solicitar en un juicio de partición que se le pague la deuda insoluta, atendida la calidad de acreedora respecto de la sucesión.
mi consulta es
nos casamos con sociedad conyugal
tenemos dos hijas una de 20 y una de 16
existe una propiedad
en caso de divorcio ,que pasa con la propiedad?
si los hijos quedaran al cuidado de la madre
si los hijos quedan al cuidado del padre
gracias de antemano
Estimada Marianela. Junto con saludarle, le indicamos que en caso de obtener sentencia de divorcio se entenderá por ese hecho que se ha disuelto la sociedad conyugal. En caso que el inmueble se haya adquirido bajo la vigencia de la sociedad conyugal, se podrá pedir la liquidación de la sociedad y en ese contexto, se podrá vender el inmueble por el partidor de la sociedad conyugal- recibiendo cada uno de los cónyuges la mitad del precio de venta comercial. Existen otras alternativas que le invitamos a conocer en : Liquidación Sociedad Conyugal
Quien mantenga la custodia de los niños no afecta lo dicho anteriormente.
Hola. Tengo una consulta mi padre y madre se casaron con bienes en comun en el año 1989 y luego hicieron separacion de bienes el año 2007 si mi padre fallece quisiera saber si mi madre herada algo y si es asi cuanto? Mi padre tiene 4 hijos. Gracias
Estimado William. Junto con saludarle, y en atención a su consulta, le indicamos que en su caso puede verificarse diferentes situaciones. La primera dice relación con la posibilidad que en el año 1989, su madre haya contraído con su padre un matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal; y luego de separarse de bienes el año 2007, no se haya producido hasta la fecha la liquidación de los bienes de esa sociedad conyugal. Sólo en ese último caso, se deberá primero dividir en mitades los bienes que pertenezcan a la sociedad conyugal, respecto a los cuales a su madre le pertenecerá -por regla general- el 50% de los derechos sobre ellos. Luego, respecto de los demás bienes que su padre fallecido haya dejado tras su muerte -de su propiedad- se deberá aplicar las reglas generales de la sucesión intestada. Correspondiendo a su madre el doble que le corresponde a cada hijo, es decir, en su caso, 33% del total de la herencia.
Hola. Actualmente soy dueño de un terreno y pronto me casaré con separación de bienes. Bajo este régimen, existe alguna manera de hacer que mi esposa sea dueña de la mitad de dicho terreno? (Ya sea por compraventa o generando una sociedad entre ambos). Saludos
Estimado Anibal. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que previo a celebrar el matrimonio usted puede donar la mitad de los derechos sobre ese inmueble por medio de un contrato de capitulación matrimonial. Donación la cual no requiere del trámite de la insinuación.
Hola consulta, me estoy divorciando y tengo una propiedad 50 y 50 con él, también 2 hijos. Si él se vuelve a casar y fallece, este 50%, que le corresponde a él, la nueva señora o hijos también serían participe de este porcentaje a repartir por herencia?.
Estimada Lorena. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que en ese caso, los bienes que forman parte de la herencia de su actual cónyuge, pasarán a formar la masa hereditaria que heredará tanto su cónyuge sobreviviente como todos sus hijos. En ese sentido, el 50% de esa propiedad será heredada por su nueva cónyuge y los hijos en las proporciones que fija la ley.
Hola, quiero hacer una consulta, mi padre quedó viudo, estamos en juicio porque una de mis cuñadas está reclamando su parte ya que mi hermano falleció después de mi madre, todo lo que el posee fue adquirido con mi madre. Mi papá se casará nuevamente pero con separación de bienes. Puede perjudicar esto a sus hijos? O puede perder cierta parte de la herencia por casarse en segundas nupcias?
Estimada Catalina. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que en la sucesión de su madre, la esposa del hijo fallecido no tiene derechos hereditarios. Sólo los hijos de este si los hubiere. Por su parte, el eventual matrimonio de su padre no alterará los derechos sucesorios que se fijaron al momento de la muerte de su madre.
Hola buenos dias
Consulta soy casada por segundas nupcias ‘Con separación de bienes. Registro civil Viña del Mar hace 2 años.
Tengo 1 hijo de mi ex esposo y mi actual esposo tuvo 3 hijos con su primera esposa.mi madre esta viva. Y mi hermano igual.
Tengo mi departamento propio la casa de mi madre a mi nombre. Si yo muero quien se queda con mi herencia. Muchas gracias
Estimada Pilar. Utilizaremos su consulta para responder nuevamente esta pregunta muy reiterada. QUE PASA CON LOS BIENES HEREDITARIOS CUANDO ESTOY CASADA EN RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES. Lo cierto es que el régimen conyugal no modifica las reglas de la sucesión intestada. De ese modo, en su caso, sus herederos serán su cónyuge y únicamente sus hijos propios. NO siendo jamás sus herederos los hijos que tuvo su marido con otra pareja. En ese sentido, sus herederos de su departamento, serán sus hijos propios y su marido, este último llevando un porcentaje que corresponde al doble del que le corresponde a cada hijo.
Hola mi nombre es enzo bustamante mi padre fallecido es divorciado de mi madre y se volvio a casar resulte que mi padre con su conyuge actual no tubo hijos y es casado con separacion de bienes quiro saber quien es eredero legal del departamento que esta al nombre de mi padre ya fallecido
Estimado Enzo. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que los herederos de su padre son sus hijos, y la cónyuge de este.
Estimados
Me quiero casar con separación de bienes. Tengo una casa que termino de pagar en cinco años más. Mi pareja es soltero y tiene un hijo. Yo tengo un hijo y soy divorciada. Mi pregunta, si yo falleciera primero, podría dejar mi casa en un 100 % para mi hijo ? Tengo que hacer un testamento o es automático? Mi hijo debiera hacer un trámite ? Gracias.
Estimada Ingrid. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que en caso de casarse, no podrá dejar el inmueble sólo para su hijo, si este es el único bien que compone su herencia. Ello atendido que su marido será su heredero legal, y este se llevará la mitad de su herencia, y la otra mitad le corresponderá a su hijo.
Buenas tardes, tengo una consulta. Mi madre se casó con mi padre en regimen de sociedad conyugal en 1990, cuando mi hermana y yo teniamos 8 y 15 años respectivamente (hija de ambos); mi madre tenía 3 bienes inmuebles adquiridos con anterioridad al matrimonio; cuando se casaron mi padre tenia de su anterior matrimonio 5 hijos, y otros 3 hijos no matrimoniales. El año 1994 cambiaron el regimen patrimonial al de separacion de bienes. El año 2000 mi madre adquirió otra propiedad. Es decir actualmente mi madre tiene 4 propiedades, 3 adquiridas antes del matrimonio y 1 adquirida estando casada pero bajo el regimen separacion de bienes. La preocupacion y la consulta de ella es: 1)¿qué sucede si ella fallece antes que mi padre, los 8 hijos de mi padre reciben un porcentaje?. 2)¿Qué pasa si fallace mi padre inmediata o prontamente una vez fallezca mi madre?, ahí si los 8 hijos de mi padre pasarán tambien a hererdar la parte que heredó mi padre de mi madre. Por último, ¿qué puede hacer mi madre para asegurar que las unicas herederas seamos sus 2 hijas?. Mi padre tiene mas de 80 años, esta muy olvidadizo y probablemente iniciando demencia cenil. Mi madre casi la misma edad pero bien de salud.
Estimado Carol. Junto con saludarle y en atención a su extensa consulta, le solicitamos se ponga en contacto con nuestra oficina para ofrecerle alguno de nuestros servicios de estudio de títulos y herencia.
Hola.. Mi nombre es Camila.. Me case con separación total de bienes.. Ahora me voy a divorciar de forma unilateral ya que mi marido no quiere hacerlo.. Tengo una casa a mi nombre pero que adquiri durante el matrimonio.. Mi pregunta es.. Si vendo la casa antes de divorciamos debo darle algo por ella ? Le corresponde algo de la casa?
Estimada Camila. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que el inmueble es se su exclusiva propiedad. Por tanto, puede venderlo a quien estime en cualquier momento, sin necesidad de esperar los resultados del divorcio. Su marido no puede exigir nada respecto de la venta o no de ese bien.
Hola, mi madre compró una propiedad estando casada con separación total de bienes y ahora se divorció. Se debe hacer cambio de estado civil en la escritura de la propiedad?
Estimada Julia. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que ese trámite no es necesario, atendido que la propiedad siempre ha pertenecido en forma exclusiva a su madre.
Duda
Mi tia y mi tio compraron un terreno pero quedó solo a nombre de mi tia. Ellos tienes 2 hijos del matrimonio pero mi Tio además tiene un hijo fuera del matrimonio. Mis tíos están casados bajo el régimen de separación de bienes. Una duda si mi tío fallece, el hijo que él tiene fuera del matrimonio hereda el terreno que compraron, pero que esta solo a nombre de mi tía.
Estimada Alejandra. Junto con saludarle, le indicamos que en ese caso, al fallecer primero su tío, el hijo que tiene este no hereda cuota alguna del inmueble que es de propiedad exclusiva de su tía. Sólo en caso que su tía falleciere primero, y luego su tío, el hijo heredará una cuota de ese inmueble, por heredar parte de la cuota que le correspondía a su tío por herencia.
Hola pretendemos contraer matrimonio con mi pareja.
Yo adquirí una casa con credito hipotecario. Ambos la pagamos pero esta a mi nombre. ¿Qué regimen me conviene?
Estimada Lorena. Junto con saludarle y en atención a su consulta, en su caso el problema es que el inmueble está sólo a su nombre cuando en la práctica éste se paga por mitades. Sin perjuicio del régimen conyugal, lo que debe arreglar es la escritura de compraventa, la cual debe quedar a nombre de ambos, si es que se está pagando por mitades. Le recomendamos ponerse en contacto con la institución bancaria para arreglar ese contrato conforme a la realidad.
Buenos días, tengo la siguiente consulta: Mi abuela falleció hace mucho tiempo y era dueña de un terreno antes de casarse, luego se casó con separacion de bienes y de esa relación surgieron 4 hijos. Nunca se hizo la posesión efectiva, ni se vendió. Posteriormente mi abuelo se volvió a casar, (con separación de bienes) teniendo 2 hijos, el cual uno de ellos se cambió el apellido. Actualmente mi abuelo tambén está fallecido. La pregunta es si a ellos también habría que considerarlos como herederos para hacer la posesión efectiva y si es así que porcentaje heredarían?, muchas gracias.
Eugenia. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, entendemos que está consultando por la sucesión de su abuela. Los únicos herederos de su abuela son el cónyuge sobreviviente y sus cuatro hijos. Luego, se entiende que existe una 2º sucesión. La de su abuelo. En esa posesión efectiva heredan todos los hijos. 6 en total. Lo que sucede con el inmueble es que en la primera posesión efectiva heredaron los 4 hijos y el cónyuge -abuelo-. Y en la segunda posesión efectiva, la cuota que pertenecía a este último, sobre ese inmueble, se dividió finalmente entre 6.
Estoy casada con Separación total de bienes, como se puede hacer para cambiar a Participación en los gananciales?
Estimada Grace. El cambio de régimen de separación total de bienes a partición en los gananciales, se efectúa de la misma manera que de sociedad conyugal a separación total de bienes. Es decir, por medio de la celebración en notaría de una escritura pública en la cual se plasme el acuerdo del cambio de régimen, y luego con la inscripción en el Registro Civil de copia de esa escritura.
Hola yo me case con separación de bienes y antes de casarme yo postule a casa cuando era soltera y solo con mis hijos, están a puertas de entregarme mi casa, mi esposo tiene 2 hijos fuera del matrimonio mayores de edad, ellos por algún equis motivo tocan de la propiedad que adquirí yo
Estimada Ninosca. En su caso no hay duda que el inmueble es de su propiedad exclusiva. y por tanto, en caso de fallecer, tendrán derechos sobre éste sus herederos. En este caso su cónyuge y sus hijos. (no los de su marido). Empero, si luego de fallecer muere su marido, teniendo derechos sobre ese inmueble, esa cuota pasará a manos de sus hijos.
Mis padres tenían sociedad conyugal y antes de morir mi padre hicieron los trámites de separación de bienes. Mi padre era heredero de la casa familiar de mis abuelos. Al morir mis abuelos, mis tíos hicieron la posesión efectiva de la casa de mis abuelos y como herederos de mi padre fallecido pusieron solo a mi hermana y a mí, dejando fuera a mi madre, es eso legal???? Es legal que seamos solo mi hermana y yo los herederos de mi padre y mi madre no???
Estimado Felipe. Junto con saludarle le informamos que, en efecto, su madre en calidad sólo de cónyuge, no es heredera de los bienes dejados tras el fallecimiento de su abuelo. Por tanto esa posesión efectiva esta correctamente otorgada.
Hola, quisiera saber si se puede cambiar el régimen matrimonial, de separación de bienes a conyugal.
Estimada Gabriela. Junto con saludarte, gracias por tu consulta. Esta es una pregunta recurrente, y la responderemos directamente. En Chile, el régimen de sociedad conyugal sólo se pude pactar al momento de contraer matrimonio. Y, por tanto, si has contraído régimen de separación de bienes o de partición a los gananciales, no puedes luego acogerte al régimen de sociedad conyugal. Lo mismo ocurre en caso que hayas modificado el régimen de sociedad conyugal por el de separación de bienes o de partición a los gananciales. En ese caso, no puedes volver al régimen de sociedad conyugal.
Buenas tardes, tengo una duda si me la puede aclarar, una amiga le compró a sus padre la casa familiar la cual la hizo única “heredera”, ella lamentablemente falleció dejando un hijo mayor de edad que no es de otro padre, meses antes de morir se casó con separación de bienes, a parte de ser dueña de la casa familiar y adquirir otra casa a su nombre a través de crédito hipotecario y como aval su actual esposo, todo esto años antes de casarse, ahora que ella ya no esta ¿Quién hereda las 2 propiedades que estaban a su nombre? , ¿su hijo puede vender alguna de las propiedades una vez realizada la posesión efectiva sin consentimiento del esposo o sea viudo el cual no es su padre sanguíneo?
Estimada Alejandra. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que los herederos de su amiga, son en este caso el cónyuge sobreviviente y el hijo. Ambos en partes iguales. En ese sentido, la posesión efectiva se otorgará a ambos herederos. Y en caso que querer vender los inmuebles en su totalidad, ambos deberán prestar su consentimiento.
Hola, como puedo demostrar el regimen del matrimonio?, me lo piden del banco y en el certificado de registro civil no aparece, tampoco en la libreta de matrimonio.
Estimado Marcos. El régimen patrimonial del matrimonio se comprueba por medio del certificado de matrimonio que usted puede obtener del Servicio de Registro Civil e Identificación. En caso que el certificado no tenga una nota al pie, que señala que usted pactó -modificó- el régimen de separación total de bienes o partición en los gananciales, quiere decir que se encuentra casado bajo el régimen de sociedad conyugal. Es decir, si nada agrega el certificado, quiere decir que se encuentra casado en el régimen general, esto es: en sociedad conyugal.
Buenos dias. Mi esposo murio y tenia una casa, yo tengo 5 hijos con el. Actualmemte vivo en la casa que mi esposo nos heredó. Puedo yo en vida vender o trapasar la casa a uno de mis hijos o tengo que hacer un testamento para que sea solo de el cuando yo muera? Tienen sus hermanos que estar de acuerdo?
Estimada Yuraima. Junto con saludarle, le indicamos que de acuerdo a lo que nos indica, ese inmueble pertenece a la comunidad hereditaria de su esposo fallecido. Es decir, tanto sus hijos como usted, tiene sólo derechos sobre ella. Siendo así, usted únicamente puede vender sus derechos sobre ella, pero ello no le otorgará a su hijo adquirente, la propiedad plena respecto al inmueble, sin que medie, previamente, que su hijo, además, adquiera los derechos que tienen los demás herederos sobre el mismo inmueble.
MI marido esta con cancer terminal y estamos casados con separacion de bienes sin hijos, el por su parte tiene dos hijos de su matrimonio anterior. en caso de que el fallezca soy heredera de eL?
Estimada Camila. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le régimen de separación de bienes no modifica las reglas sucesorias intestadas. En ese sentido, usted será heredera de su marido en calidad de cónyuge sobreviviente. Debiendo recibir una cuota equivalente al doble de la que le corresponde recibir a cada hijo, respecto de la masa hereditaria.
Buenos dias estimado.
Actualmente me encuentro casada y compraremos una casa con mi marido, el pie lo daremos 50% cada uno y el hipotecario lo sacará él, ya que cuenta con estabilidad laboral.
La pregunta es la siguiente ¿Cómo podemos poner la casa a nombre de los dos, ya que yo pondré el 50% del pie ? además pagaré el crédito con el…
Estimada Camila. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta. Le indicamos que si se encuentra casada en régimen de sociedad conyugal, el inmueble será adquirido por esa sociedad. Aun cuando en el Registro Conservatorio aparezca el nombre del marido. Ello en atención que el marido lo adquiere en nombre de la sociedad conyugal (En otras legislaciones se registra derechamente a nombre de la sociedad conyugal. En nuestro caso no es así). Siendo así, por la ficción legal, ese inmueble pertenecerá a los dos por ese motivo. Por otro lado, si se encuentran casado en Separación de Bienes, no hay problema que en la escritura de compraventa se individualicen todos los detalles que usted nos indica. Y que se plasme en ella que los derechos sobre el inmueble se adquieren por mitades. Ello aun cuando su marido aparezca como deudor del crédito.
Hola. Estoy casado con SEPARACION DE BIENES y notifican a mi esposa de un embargo ¿¿como acredito que los bienes son mios y no de mi señora????
Estimado Rodrigo. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que en caso de embargo, lo primero que ocurrirá es que se embargarán tanto los bienes de su señora junto con los suyos o incluso de terceros si se encuentran en el domicilio. Ahora bien, luego que se produzca el embargo usted podrá concurrir al tribunal como tercero dueño o poseedor de esos bienes. Y dentro de un incidente dentro del juicio podrá acreditar que esos bienes son suyos y no de su señora. Para ello deberá acreditar dicha circunstancia por todos los medios de prueba que le otorga la ley civil. De ese modo podrá alzar el embargo sobre dichos bienes.
Hola, consulta mi padre con 2 hijos reconocidos de su primer matrimonio y 1 hija no reconocida, el se casó por segunda vez con separación de bienes, su esposa tiene una casa que adquirió antes del matrimonio ella tiene un hijo de su anterior relación la preocupación de ella es que nosotros los hijos de su actual esposo tengamos alguna parte herencia de su casa, ahora resulta que mi padre compró un terreno solo para sus hijos en caso de que el llege a fallecer su esposo sería heredera del terreno aún estando casados con separación de bienes ?
Estimada Claudia. Junto con saludarle, en su caso se combinan dos regulaciones diferentes pero finalmente ligadas. El régimen patrimonial del matrimonio y el derecho sucesorio. En caso de morir su padre, los herederos de este -incluyendo a su cónyuge- tendrán derechos sobre todos los bienes que se encontraban en el patrimonio del causante al momento de fallecer. En ese sentido, el inmueble de propiedad de la cónyuge no ingresará a la herencia, pero si lo hará el terreno que adquirió su padre antes de morir.
Buen día , mi consulta: estoy casada con separación de bienes, compramos una casa durante el matrimonio, y ahora de mutuo acuerdo queremos cambiar nuestro régimen a sociedad conyugal, entiendo que la legislación chilena no permite hacer ese cambio durante el matrimonio, entonces para ello me debo separar y luego volver a casar?
Estimada Alejandra. En efecto, esa es una posibilidad. Ahora bien, el bien quedará a nombre de ambos, y en el futuro, ante una eventual disolución de la sociedad conyugal, cada porcentaje, quedará en manos de cada uno de los cónyuges y no formará parte de los activos de la sociedad conyugal. Puesto que fue adquirido antes de la vigencia de la sociedad conyugal.
Hola, mi consulta es la siguiente mi padre estaba casado con separación total de bienes, pero enviudó. Somos tres hermanos. ¿Puede cualquiera de los tres comprarle la casa a mi padre que es el dueño o hay participación de porcentajes del resto de los hermanos?
Estimado Edwin. Junto con saludarle y atendida su consulta le indicamos que la compraventa de un inmueble a su padre es perfectamente válida. Máxime cuando su padre estaba casado en régimen de separación de bienes, lo que permite presumir que la propiedad exclusiva sobre el mismo la tiene su padre.
buenas tardes
me casé con separación de bienes, pero el matrimonio fracasó. El tiene una hija y nieta, y por mi lado 2 hijos, en común tuvimos 2 pérdidas, cuales son los pasos a seguir para un divorcio en buenos términos?
Estimada Paula. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que el primer paso obtener el divorcio, es dejar constancia de forma oficial el hecho de haber cesado la convivencia. Y ello se efectúa de la siguiente manera.
Acuerdo completo y suficiente que conste en escritura pública, o acta extendida y protocolizada ante notario; acta extendida ante un Oficial del Registro Civil, o transacción aprobada judicialmente;
Por falta de acuerdo de uno de cónyuges, por medio de la notificación judicial destinada a reglar las relaciones mutuas entre los cónyuges y los hijos;
O, el cese de convivencia tendrá también fecha cierta, si uno de los cónyuges inicia una gestión voluntaria ante el juzgado correspondiente, de notificación al otro cónyuge del acuerdo completo y suficiente o de la simple constancia de su intención de cesar la vida en común. Ver más en : https://dcwabogados.cl/divorcio-en-chile/ Le recomendamos desde ya, celebrar el primero de ellos, atendido que en el acuerdo completo y suficiente se regulará el régimen con los hijos en común.
Hola. Mis padres estaban casados con separación de bienes y mi madre falleció; qué porcentaje nos toca a cada uno (somos 2 hermanos + mi padre).
Posterior a eso, mi papá se volvió a casar. En caso de fallecer qué hereda (y en qué porcentaje) ella?
Gracias.
Estimada Karla. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que el régimen conyugal no modifica las cuotas que la ley le asigna a cada heredero de acuerdo a las reglas de sucesión intestada. Por ello, el padre llevará el doble de cada hijo en la herencia de su madre, respecto al total de bienes de la herencia
Hola, me case con régimen de separación de bienes y adquirí una casa a mi nombre. Actualmente estoy separado, en proceso de divorcio y planeo venderla. ¿Puedo hacerlo así sin mas o necesito la firma de mi futura ex-esposa? Muchas gracias.
Estimado Carlos. Junto con saludarle, le indicamos que el régimen de separación de bienes justamente permite al cónyuge dueño de un inmueble venderlo siempre y en todos los casos, sin pedirle autorización al otro cónyuge. Esto debido a que tanto la administración como la disposición de todos los bienes, se realiza de forma separada. Por tanto, en su caso, no requiere la firma de su futura ex esposa.
Buenas tardes mi nombre es Marcos mi consulta es la siguiente mi suegro se caso con separación de vienes total mi suegra falleció y no dejo herederos los vienes a su nombre quien los hereda
Estimado Miguel. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que los bienes que pertenecían a la cónyuge de su suegro, le pertenecen a los herederos de ella. En este sentido, al no existir descendientes, ni padres vivos de la difunta, todos los bienes son heredados por el cónyuge de ésta. Es decir, su suegro.
Buenas tardes, tengo un tío, adulto mayor, que tramito y compro una casa. Se caso con separación de bienes y enviudo poco antes de la pandemia, por tal motivo y por razones de salud de mi tío, recién hoy sus hermanas ( mi madre y tías, quienes viven en otras ciudades ), están realizando tramites tendientes a su cuidado y se dan cuenta que la casa esta a nombre de su fallecida esposa, ellos no tuvieron hijos ni antes ni después del matrimonio, en este caso ¿quien hereda el inmueble?, ¿se debe realizar posesión efectiva?, ¿ se debe incluir en la posesión efectiva a los hermanos de la fallecida esposa de mi tío?.
Estimado Juan Carlos. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que, en caso que el inmueble se encuentre inscrito a nombre de la cónyuge de su tío, ese inmueble pertenece a los herederos de la cónyuge, entre ellos, su tío en la proporción que le corresponde por Ley. Ahora bien, en el caso de su tío, sus herederos serán, en caso que no tenga descendencia ni padres vivos, sus hermanos. Y, por tanto, ellas heredarán todas los cuotas o derechos que tenga su tío sobre dicho inmueble que ha heredado de su cónyuge difunta.
Hola. Por no informarse bien mi hija se caso con bienes separados. Pero ahora junto a su esposo estan completamente de acuerdo en cambiar a sociedad conyugal. Es posible? Y cómo?
Estimado Antonio. Junto con saludarle, le indicamos que en nuestra legislación no es posible cambiar del régimen de separación de bienes al régimen de sociedad conyugal. Sólo es posible modificarlo por el régimen de Partición en los Gananciales.
Estimados, consulta, estoy casada bajo el régimen separación total de bienes, tenemos una hija en común, pero el con su matrimonio anterior tuvo 2 hijas, en la actualidad tengo 2 bienes raíces a mi nombre, los que adquirí durante el matrimonio, mi consulta es, si fallezco para el 50% a mi esposo y el otro 50% a mi hija, pero que pasa despues que el fallezca??? ese 50% queda para mi hija??? o ese 50% se debe dividir con la otras hijas de mi esposo????
Estimada Verónica. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que sus bienes pasarán a sus herederos en el momento que usted fallezca. Sus herederos de acuerdo a la ley son el Cónyuge sobreviviente – en este caso su marido- y su hija. Si lo anterior ocurre, y luego su marido es quien fallece, los bienes que éste tenga en su patrimonio- al cual se ha incrementado por los bienes que obtuvo de su herencia- pasarán a manos de sus herederos legales. En ese caso su hija en común y las hijas que éste tenga por su parte.
Buenas tardes, tengo unas consultas
Mis suegros se divorciaron hace unos años, estaban casados en sociedad conyugal. Los bienes no se liquidaron junto con el divorcio.
Ellos tenían 2 casas, una donde vive mi suegra y otra donde vive mi suegro. Tienen hijos en común del matrimonio y ademas mi suegro tiene hijos aparte.
Mi suegro de volvió a casar y falleció hace poco.
Mis consultas son en relación a las casas, como se repartirán?? le corresponde a mi suegra la mitad de los bienes de la sociedad conyugal??
a la viuda de mi suegro que le corresponde??
Le estaría muy agradecida
Estimada Jenny. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que en efecto, la sociedad conyugal ha devenido en una comunidad de bienes que se mantiene hasta el día de hoy entre la ex cónyuge de su suegro y los herederos de éste último, dentro de los cuales se incluye a la cónyuge sobreviviente. Sin embargo, sin haber realizado un estudio de los títulos de las propiedades y junto con ellos los títulos de la sucesión, no es imposible efectuar un cálculo respecto a qué pertenece a quién y en qué porcentaje.
Hola , mi consulta es que estoy casada con separación de bienes y compré una propiedad y mi marido tiene una hija de otra relación si yo muero o él fallece la niña es heredera?? Del matrimonio hay tres hijos, gracias
Estimada Karen. Atendida su consulta, le indicamos que en caso que usted fallezca primero, su marido es heredero. Al cual le corresponde, de acuerdo a la ley, el doble de la cuota que le corresponderá a cada uno de sus hijos sobre todo su patrimonio. Así las cosas, si luego él fallece, le corresponderá a la hija de él, el porcentaje que por ley le corresponde a cada uno de sus hijos. Y si los derechos sobre ese inmueble aun estaban en ese patrimonio, por de pronto, es de suponer, que también le corresponderá una cuota en los derechos sobre ese inmueble.
Hola, mi consulta es la siguiente, con mi pareja estamos pensando en casarnos con mi pareja, el tiene un hijo y yo tengo 1 hijo, además adquirí una casa soltera, si me caso con el y adquirimos cosas en el matrimonio pero están a mi nombre, mi consulta es, si el fallece, el hijo de el heredaria algo ?
Estimada Dnaiela. Utilizaremos su consulta para responder nuevamente esta pregunta muy reiterada. QUÉ PASA CON LOS BIENES HEREDITARIOS CUANDO ESTOY CASADA EN RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES. Lo cierto es que el régimen conyugal no modifica las reglas de la sucesión intestada. De ese modo, en su caso, sus herederos serán su cónyuge y únicamente sus hijos propios. NO siendo jamás sus herederos los hijos que tuvo su marido con otra pareja. En ese sentido, sus herederos de su casa, serán sus hijos propios y su marido, este último llevando un porcentaje que corresponde al doble del que le corresponde a cada hijo.
Hola, mi padre se va a casar, pero tenemos una casa familiar. Sirve casarce con separacion de bienes, para que luego esa casa sea solo herencia de sus hijos? O cómo hay que hacerlo?
Estimada Camila. Junto con saludarle, le informamos que el régimen de separación total de bienes no altera el orden de sucesión legal. De esa forma si su padre fallece manteniendo un vinculo matrimonial, hará heredera, de todos sus bienes, en el porcentaje que señala la ley, a la cónyuge sobreviviente. Que hoy en día corresponde al doble de la cuota que le corresponderá a cada hijo.
Estimad@ consulta mi papá se casó con una señora se casó con separación de vienes pero al morir mi padre ella toca todo lo que mi papá le correspondía ? Incluso la plata de la afp ? Por favor ayuda
Estimada Katherine. Junto con saludarle, le indicamos que los hijos junto a la cónyuge sobreviviente, son herederos de primer orden. La ley determina los porcentajes que le corresponden sobre toda la herencia respecto a los bienes del difunto. Leer página herederos legales. En el caso particular de la AFP todos los herederos deben concurrir a solicitar esos dineros ante la AFP una vez que se obtenga la posesión efectiva de la herencia. No permitiéndose que sólo concurra al retiro uno sólo de ellos.
Estimados: mi marido compró una casa antes de casarnos y estamos casados con separación de bienes. ¿Si el fallece primero, tengo algún derecho a esa casa junto a sus hijos? o no?
Estimada Solange. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que el régimen conyugal no modifica los derechos de herencia. En ese sentido, la cónyuge sobreviviente SIEMPRE será heredera de su marido en las proporciones que la ley o por testamento le corresponda.
Hola qué pasa si me caso con separación total de bienes , yo obtuve mi casa soltera. en el caso que yo falleciera & hiciera un testamento dejando todos mis vienes a mi hijo solo a él (es hijo de ambos) sería que tendría que respetarse el testamento? O de igual forma le correspondería algún bien al cónyuge? Gracias
Estimada Kim. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que su cónyuge siempre será heredero forzoso. Por su testamento, solo puede favorecer a su hijo, asignándole la cuarta de libre disposición y la cuarta de mejoras. En ese sentido, su hijo recibirá el 50% de la herencia por esas cuartas más la porción que le corresponde por legítimas dentro del otro 50%.
Una consulta! Espero que me la puedan aclarar porq nadie responde está duda, que pasa con la viuda casada con separación de bienes? Ya se sabe que es heredera , pero la pueden echar de la casa? Me refiero cuando hay un hijo de una relación anterior y que quiera pedir su parte? O la viuda tiene derecho a uso y habitación?
Estimada Eli. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que el cónyuge sobreviviente tiene derecho a: 1) Que se le adjudique preferentemente el inmueble en que reside y haya sido la vivienda principal de la familia. Todo ello solo si con su cuota hereditaria cubre el valor del inmueble; o 2) en caso que no le alcanzare con su cuota hereditaria, para que le sea adjudicado el inmueble en propiedad, puede solicitar -al juez partidor- que su cuota sea pagada con la constitución, a título gratuito y vitalicio, de un derecho de habitación y de uso sobre dicho inmueble.
Estimados,
Espero encarecidamente puedan resolver mi pregunta. Mi abuela falleció en el año 2010, momento en el que seguía casada en sociedad conyugal con mi abuelo. Durante este matrimonio se compraron distintas propiedades, sobre las cuales los 4 hijos de mis abuelos hicieron la posesión efectiva en su momento (cedieron una en su momento para que mi abuelo pudiera venderla). En el año 2012 mi abuelo contrae matrimonio por 2da vez con separación de bienes. Hace una semana fallece mi abuelo, por lo que queda la duda de si la segunda esposa de mi abuela es heredera y le corresponde recibir un % (y cuanto) de todo lo que mi abuelo y abuela compraron en sociedad en su momento.
Estimada Camila. Junto con saludarle, y atendida su consulta le indicamos que si no se efectúo la liquidación de la sociedad conyugal entre su abuela y abuelo y si tampoco se procedió a efectuar la liquidación y partición de los bienes hereditarios. Todos los derechos que le correspondían a su abuelo respecto de la sociedad conyugal anterior les corresponden ahora a sus herederos. Entre ellos se encuentra también, la cónyuge sobreviviente de este. Atendida la complejidad de su caso, que deberá ser analizada en detalle para determinar los derechos de todos los herederos, le recomendamos ponerse en contacto con nosotros para encargar un estudio de las sucesiones y títulos de la herencia.
Hola buenos días. Mi consulta es la siguiente
Muy pronto me voy a casar ,yo tengo 2 hijos el también tiene 2 hijos aquí va mi consulta. Yo tengo un departamento que esta a mi nombre. un terreno en el campo y una casa producto de una herencia de mis padres cabe señalar que somos dos hermanos ahora si me caso y mi marido llegara a fallecer sus hijos tienen derecho a lo que yo adquirí antes del matrimonio
Estimada Mary. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos los hijos de su marido, no son sus herederos. Lo serán sólo: su marido y sus propios hijos. Ahora, bien, para efectos de nos confundir los bienes -eventualmente- le recomendamos que contraiga matrimonio bajo el régimen separación total de bienes.
Buenas tardes nesecito consultar q devo hacer para realizar separación de vienes con mi esposo???
Estimada Gloria. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que su respuesta se encuentra bien desarrollada en nuestra página y junto con ello, en numerosas respuestas anteriores. Le rogamos que se remita a ellas.
Hola!!
Mis padres se casaron con separación total de bienes y mi mamá falleció. Al hacer la posesión efectiva nos dijeron que a mi papá no le corresponde ser parte de ella por estar casados con separación de bienes y por no ser parte de la escritura de la casa. Si es que le corresponde, cuánto porcentaje le correspondería?
Estimada Karen. Junto con saludarle, le indicamos que todo cónyuge sobreviviente es heredero del causante. Y en ese sentido, no existe diferencia en atención al régimen conyugal que tenga. Siendo así, trate de alejarse de las malas asesorías. Respecto a los derechos que tiene su padre en la sucesión de su madre, no sólo sobre el inmueble sino que respecto de todos los bienes que componen la herencia, es imposible determinar los porcentajes si no conocemos quienes son todos los herederos.
Estoy casada con bienes separados y adquirimos una casa durante el matrimonio, y estamos separados hace un par de meses me corresponde algún porcentaje de la casa
Estimada Claudia. Junto con saludarle, agradecemos su consulta. Aprovecharemos esta instancia para responder esta pregunta que se ha reiterado muchas veces. El régimen de separación total de bienes que se pacta al momento de celebrar el matrimonio envuelve que cada uno de los cónyuges, en lo que respecta a su patrimonio, hará vidas separadas. En resumen, ello quiere decir, que ninguno de los cónyuges puede pretender derechos sobre los bienes adquiridos por el otro cónyuge. Esto tiene consecuencias en caso que el matrimonio se disuelva en vida de los cónyuges. Puesto que en caso de divorcio o nulidad, el ex cónyuge no tiene derecho alguno sobre los bienes adquiridos por el otro. Es así, que si su matrimonio termina doña Claudia -y a aquí la respuesta a su consulta- no tiene derechos sobre el inmueble adquirido por su cónyuge. Por otro lado, sin embargo, ello no hay que confundirlo con a posibilidad de solicitar en la demanda de divorcio, alguna compensación económica -si se cumplen los requisitos legales-. Por otro lado, mientras perdure la separación de hecho, puede solicitar alimentos a su cónyuge o en caso de tener hijos en común menores de edad, puede solicitar que se declare el bien inmueble de propiedad de cónyuge, como bien familiar (reiteramos estos dos últimos casos sólo en la medida que se mantenga vigente la relación matrimonial). Por último, todo lo anterior no cabe confundirlo con los derechos que tiene el cónyuge sobreviviente -casado en régimen de separación de bienes- al momento del fallecimiento del otro cónyuge. Puesto que, el cónyuge sobreviviente -cualquiera sea régimen conyugal que haya pactado- tiene derechos hereditarios sobre todos los bienes del causante.
Hola estimados, por favor, podrían aclararme lo siguiente: Si dentro de un matrimonio, separados de hecho por más de 20 años, se hace una Separación total de bienes sin gananciales para laujer, que ocurriría si alguno de los cónyuges muriese, teniendo en cuenta que solo hay separación de bienes y no hay un divorcio formal.
Pregunta: igual cualquiera de los 2 cónyuges heredaría parte proporcional de los bienes separados al otro?
Cordiales saludos.
Marlene.
Estimada Marlen. Sin perjuicio que se hace necesario efectuar algunas otras distinciones respecto de los bienes que podrían ser parte de la masa hereditaria. Si podemos adelantarle, que el cónyuge sobreviviente siempre es heredero. Y por lo cual aun cuando se encuentren separados de hecho -cualquiera sea el tiempo- si no media una sentencia de divorcio o nulidad, el cónyuge sobreviviente siempre heredera los bienes de su cónyuge difunto.
Estimado, tengo una duda, mi suegra se caso el año 1969 bajo sociedad conyugal, ella estando casada hiso separación de bienes el año 2005 por mutuo acuerdo, esto ya aparece en el registro civil, tienen una casa adquirida durante el matrimonio, pero que esta a nombre de su marido. La pregunta es ¿puede vender la casa el marido de ella, sin su firma?, quedo atenta a su respuesta, no se hiso liquidación de bienes, solo el acuerdo de separación de bienes ante un notario. atte
Estimada Rosa. Junto con saludarle, y atendida a su consulta, le indicamos que el marido no puede vender la propiedad sin la firma de la cónyuge. Ello atendido que en este momento ellos son comuneros de ese bien en partes iguales, hasta que no se produzca la liquidación de la sociedad conyugal, o la cónyuge no renuncie a los gananciales.
Le recomendamos adicionalmente gestionar ante el Conservador de Bienes Raíces respectivo, la inscripción de la separación de bienes, de modo tal que quede plasmado que dicho inmueble pertenece a dos personas y no se mantenga así sólo a nombre del marido.
Hola consulta, si yo me caso que regimen me conviene para que las deudas de mi marido no me afecten a mi en mi situación financiera?
Estimada Francesca. Claramente el régimen de separación de bienes es el conveniente en su caso.
Mis padres se casaron el año 1996 con separación de bienes, antes del matrimonio mi padre compró una propiedad a nombre de mi madre, en el matrimonio mi padre compró otra propiedad a nombre de mi madre, Ahora mi padre falleció
Mi madre puede vender cualquier propiedad sin preguntarle nada a ni un hijo?, los hijos no heredan nada solo por el hecho de que mi padre falleciera?
Estimado Pedro. En efecto, el régimen de separación envuelve que los bienes que adquiere cada cónyuge a su nombre: son propios; y, por lo tanto, no acrecen la masa hereditaria del otro cónyuge. Sin perjuicio de ello, en caso que su padre haya comprado con su patrimonio -y si ello se puede acreditar- bienes a nombre de su cónyuge, sin haber insinuado la donación del dinero para efectuar la compraventa, afecta de nulidad ese contrato, a menos que haya transcurridos más de 10 años desde la celebración de dicho acuerdo de voluntades.
Hola buenos días, mi consulta es q me casé con separación de bienes año 2001 sin saber ni averiguar lo q significaba , mi pregunta es q derechos tengo moralmente y civil como marido dela casa q mi esposa tiene asu nombre , vehículo, y una herencia en terreno q está en trámite.
Estimado Carlos. Junto con saludarle, y atendiendo a su consulta, le indicamos que -como su nombre lo indica- el régimen de separación de bienes envuelve que los patrimonios de los cónyuges se encuentran totalmente separados y sin vinculación entre ellos. En ese sentido, no tiene derecho alguno sobre los bienes de su cónyuge. Sin perjuicio de los derechos a alimentos que le asisten en contra de cónyuge en caso de necesidad manifiesta, circunstancia que deberá probar en el juicio de alimentos respectivo.
Buenas noches consulta mi abuela se casó con separación total de bienes ,y mi abuelo falleció , el tenía 3 hijos fuera del matrimonio y 3 hijos con mi abuela ,ahora necesitamos hacer la posición efectiva y no sé si mi abuela es heredera o no de la casa y cuánto porsentanje le corresponde a ella y a nosotros sería de suma ayuda su respuesta.
De ante mano muchas gracias
Estimada Karolina. Junto con saludarle, y para dar respuesta a su consulta, le indicamos que la cónyuge sobreviviente es siempre heredera de su marido difunto. En ese sentido, si su abuelo era propietario o dueño de derechos sobre el inmueble, su abuela tiene derecho a una cuota respecto de ese inmueble; independiente del régimen conyugal. Por otro lado, para saber si su abuelo era dueño de un determinado inmueble, debe solicitar el certificado de dominio vigente de la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces respectivo. Y en caso de serlo, incluir dicho inmueble o los derechos sobre éste, en el inventario de los bienes de la posesión efectiva.
Me casé en régimen de separación de bienes. No hay hijos del matrimonio pero mi esposo si tiene una hija. Como puedo resguardar mis bienes adquiridos antes del matrimonio en caso de mi fallecimiento porque tengo entendido que no puedo testar.
Puedo dejar de
Estimada Claudia. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos que el régimen de separación de bienes tiene por objeto que sus bienes con los de su marido no se confundan en un solo patrimonio administrado por éste último. Dicho esto, cabe precisar que otra cosa es con respecto a su eventual herencia. En ese sentido, le informamos que su marido es su heredero, y en ese caso, éste concurrirá a su herencia -y por ende a los bienes comprendidos en este- en caso que usted fallezca antes que él. Asimismo, serán herederos sus hijos propios, y en caso de no tener, sus padres. No los hijos de su marido. Por último, le indicamos que el régimen conyugal no le impide testar. En ese sentido, usted podrá mejorar a sus hijos otorgándoles la cuarta de mejoras e incluso la cuarta de libre disposición.
Mi abuelo hizo separacion de bienes en en el 88 y en el 2013 compro unos derechos, el fallecio en el 2019 mi abuela hereda al seguir casada?
Estimada Karin. Junto con saludarle, y atendida su consulta, la ley es clara en establecer que la cónyuge -cualesquiera sea el régimen conyugal que haya pactado al momento del matrimonio o en acto posterior- es heredera del causante. Por tanto, su abuela, efectivamente es heredera de su cónyuge difunto.
Consulta me caso con separación de bienes…que derechos tengo si le pása algo a mi futuro marido el tiene una hija y nunca se a casado
Estimada Yasmin. Junto con saludarle y atendida su consulta, si contrae matrimonio bajo el régimen de separación total de bienes -y si acaeciere la muerte de su marido- usted concurrirá, en partes iguales, en la herencia de este en conjunto con la hija de aquel.
Estimada tengo una consulta. Tengo 2 hijas de mi anterior relacion . Actualmente tengo mi pareja que convivo con el , en el lapso de nuestra relacion nos compramos juntos una casa , esta a mi nombre. Nos queremos casar por bienes separados, que pasara con la casa que compramos ? El tambien es dueño y si no lo es como hago para que lo incluya como dueño tambien? .
Y que pasara si el fallece sus bienes que obtenga en el futuro seran para mis hijas ?(tienen el apellido del padre biologico ). Y si yo fallesco mis bienes que obtenga en el futuro seran para el tambien y mis hijas ? .Agradecida por la informacion
Estimada Cinthia. Junto con saludarle, y aludiendo a su consulta, le indicamos lo siguiente: a) Los derechos de la casa se pueden donar antes del matrimonio por medio de lo que se denomina “una capitulación matrimonial”. Esta capitulación debe celebrarse por medio de escritura pública en notaría antes del matrimonio, la cual sólo tendrá valor desde el día del matrimonio. Y debe presentarse para su subinscripción en la partida de matrimonio el día en que se celebre ante el oficial del Registro Civil o dentro de los 30 días siguientes. b) Respecto de las respectivas herencias: Si el fallece los bienes que el obtenga no serán para sus hijas. Ello atendido que no tienen un vínculo sanguineo que los una. Solo usted adquirirá la calidad de heredera -cónyuge sobreviviente-. En el caso contrario, su marido y sus hijas serán herederos de sus bienes.
Buenas tardes, espero se encuentren bien. Estoy casada con separación total de bienes y no tenemos hijos, a esto se suma que yo soy hija única. En caso de morir, la herencia de mis padres a quien pasarían?
Estimada Fabiola. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le indicamos que en caso que sus padres fallezcan primero que usted, usted sería la única heredera, al ser la única hija. Bajo ese escenario, si usted luego fallece también: su heredero, de todos sus bienes y los de sus padres, será su cónyuge. Sin que sea relevante bajo qué régimen usted contrajo matrimonio. Puesto que el cónyuge es siempre heredero.
Buenas tardes
Quiero hacer la siguiente consulta, estoy casado con separación de bienes desde hace 15 años,vivo en casa de mi suegra en una ampliación sólida independiente, ña cual yo construi y pague en su totalidad ,en la cual he invertido y seguiré invirtiendo, sacando permisos municipales etc,mi esposa es hija única,y su mamá está casada pero adquirió la vivienda antes de su matrimonio, tengo entendido que ella es heredera ,en el caso del fallecimiento de su madre legalmente yo no tengo derecho a ningún porcentaje de la vivienda? Me refiero al estar con separación de bienes con mi esposa….??
Estimado Diego. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que su esposa es en efecto, heredera de su madre. Usted, sin embargo, no es heredero de su suegra. Cuestión distinta, es que muera su suegra, y luego su cónyuge. Puesto que, en virtud de ser usted heredero de su cónyuge, podría llegar a obtener parte de ese inmueble por concepto de sucesión de su cónyuge. Por ahora, sin embargo, no tiene derecho alguno sobre el inmueble.
Hola quería consultar si me caso con separación de bienes y si yo falleciera quienes quedarían como herederos siendo que tengo 2 hijas con diferentes mamás y uno en común con mi pareja??
Estimado Jorge. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos que en su caso, el régimen conyugal no modifica quienes serían sus herederos eventualmente. Hasta la fecha, sus herederos serían todas sus hijas junto a su futura cónyuge.
Buenos día.
Tengo una consulta. Si me case en sociedad conyugal tuve 3 hijos y mi cónyuge falleció.
Antes de casarme adquirí una casa.
Mi esposo tuvo 4 hijos antes de casarnos.
La casa que adquirí antes del matrimonio y si yo fallezco ¿Esa casa se reparte solo en mis 3 hijos?
Estimada Ana. Junto con saludarle, le informamos que en efecto, el inmueble adquirido con anterioridad a la sociedad conyugal, debe ser considerado como parte de su patrimonio propio una vez que se liquide la sociedad conyugal. La liquidación de la sociedad conyugal, se efectúa, una vez fallecido uno de los cónyuges, con los herederos del difunto. Es decir, usted, sus tres hijos, y los hijos de aquel. Entre ustedes se distribuirán la parte que le correspondía a su marido en la sociedad conyugal -en la que no se encuentra su inmueble-y los bienes de éste, que no formaban parte del patrimonio de la sociedad.
Buenas tardes abogados: En el caso de fallecer uno de los conyugues casados bajo separación de bienes, al hacer la posesión efectiva se deben declarar solo los bienes del conyugue fallecido o se deben agregar los del conyugue sobreviviente.
Estimada Luz. En su caso, sólo se debe incluir en el inventario de la posesión efectiva, los bienes pertenecientes al fallecido.
Hola, buenas tardes.
Estoy casado con separación de bienes y me estoy separando. Podre vender mi casa sin consentimiento de mi ex esposa, o debo pedir su firma para vender el inmueble?, gracias.
Estimado Sebastián. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le informamos que la autorización que se requiere de la mujer, sólo se solicita en caso que se encuentra casado bajo en régimen de sociedad conyugal. No así en el régimen de separación total de bienes.
Consulta, yo me case en agosto del año pasado, con bienes en común, ahora queremos hacer separación de bienes de común acuerdo, que trámite debo hacer, esto es en una notaría o en dónde debo hacerlo, esa es mi consulta
Estimado Luis. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos que el cambio de régimen conyugal de sociedad conyugal al de separación total de bienes, puede efectuarse por medio de la celebración de una escritura pública al efecto en alguna notaría. Y luego de celebrada, ella deberá ser inscrita en la partida de matrimonio que conserva el Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo le indicamos, que podrá liquidar la sociedad conyugal, ya sea en la misma escritura pública o posteriormente por medio de una escritura pública de liquidación de sociedad conyugal o, en caso de no existir acuerdo entre las partes, por medio de un juicio seguido ante un juez partidor.
Hola buenas noches, consulta si recibí una herencia de mi padre fallecido y estoy casada en sociedad conyugal, se puso a la venta la propiedad ya que somo 7 herederos. Mi pregunta es
Mi cónyuge tiene que firmar?
Y que pasa si el no quiere firmar?
Que tramite debo hacer?
Estimada Elizabeth. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos que en su caso, su marido deberá comparecer en la escritura de compraventa junto con usted que deberá otorgar la autorización a la misma. En caso que su marido no pueda o quiera concurrir, deberá solicitar autorización para la venta al juez civil respectivo, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 138 y 138 Bis del Código Civil.
Y si estoy casada con separación de bienes, como es la repartición de sus bienes? Soy heredera legal? O le corresponde a sus hijos? En caso de fallecimiento de él.
No estimada Paola. Sólo se puede cambiar al régimen de participación en los gananciales.
HOLA BUENOS DÍAS, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE, ESTOY CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL O BIENES MANCOMUNADOS, ¿COMO PODEMOS REALIZAR EL CAMBIO DE REGIMEN CONYUGAL A SEPARACIÓN DE BIENES?… MI ESPOSO TIENE UN HIJO ANTES DE NUESTRO MATRIMONIO Y DOS DENTRO DE ESTE, SI REALIZAMOS EL CAMBIO DE REGIMEN CONYUGAL, AL FALLECER MI ESPOSO O YO, QUIEN QUEDARÍA COMO HEREDEROS DE NUESTROS BIENES? POR FAVOR.
Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, para efectos de cambiar el régimen desde sociedad conyugal a separación total de bienes, deberá celebrar ante notario público una escritura pública de cambio de régimen. Y luego una copia de ella, se deberá inscribir en una Oficina del Registro Civil e Identificación. En cualquier caso, el cambio de régimen no modifica el régimen de sucesión. Es por ello que en caso de cambiar el régimen, serán herederos de su marido todos sus hijos y la cónyuge sobreviviente. En caso que usted fallezca, los hijos en común y el cónyuge sobreviviente.
Consulta, si estoy divorciada y me vuelvo a casar bajo el régimen de bienes separados y en el cual tengo una casa bajo el articulo 151 , patrimonio reservado de la mujer, la propiedad sigue siendo mía al casarme bajo el régimen de bienes separados? y lo que herede a futuro de mis padres, queda bajo mi total disposición?
Estimada Erika. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, en el caso que haya adquirido un bien bajo la regulación que indica el artículo 150 del Código Civil, una vez que se disuelva el matrimonio -ejemplo divorcio- deberá proceder a renunciar a los gananciales. En ese caso, la propiedad se consolida definitivamente dentro su patrimonio. Si luego vuelve a contraer matrimonio, ahora en régimen de separación total de bienes, ese bien puede ser administrado en forma exclusiva por usted. Y bajo ese contexto, también, todo lo que usted herede será igualmente administrado exclusivamente por usted.
Estimada Sra. Iris. Junto con saludarle, y atendiendo a su consulta le indicamos que si se ha realizado el cambio de régimen de sociedad conyugal al de separación de bienes, ya no es posible volver al régimen de sociedad conyugal.
Hola mi consulta es como revertir de separacion de vienes ? Con mi esposo nos casamos con separacion de vienes pero ahora queremos revertirlo para que todo lo que adquiramos sea de los 2. De antemano muchas gracias
Hola! la próxima semana me caso, y con mi pareja queremos optar por la separación de bienes. En qué momento se hace efectiva? se indica en el registro civil y luego como máximo tenemos 30 días para hacer la escritura publica en la notaria? Estoy algo confundida con los pasos a seguir. Me pueden orientar por favor.
Gracias!!
Estimada Carole. Junto con saludarle y atendida su consulta, le informamos que el régimen de separación de bienes se pacta al momento de contraer el matrimonio, simplemente declarando ante el oficial que optarán por ese régimen conyugal.
estimada, mi consulta es; adquiri una propiedad bajo la vigencia del art. 150. medivorcie y en el acta de divorcio se menciona la separacion de los gananciales quedando yo como absoluta dueña de la propiedad respaldada por el art. 150. me vuelvo a casar nuevamente amparada por este art. que explicitamnete dice que la propiedad fue comprada por mi persona (bajo el art. 150) y ahora que quiero vender el banco refuta que debo presentar cedula de identidad de mi actual marido ya que es él el administrador de los bienes incluyendo mi patrimonio que es la propiedad. la escritura dice claramente que es mia y se compro bajo la ley antes mencionada
Estimada Natalia. Junto con saludarle y atendiendo su consulta: Le indicamos que el marido es el administrador de la sociedad conyugal. En consecuencia, cada vez que contraiga matrimonio bajo ese régimen, sus bienes junto con los bienes sociales serán administrados por su marido, independiente el origen de los mismos. El bien adquirido bajo la regulación del artículo 150 del Código Civil, durante la vigencia del primero de sus matrimonios, le permitía administrar ese bien separadamente -dentro de la vigencia de ese matrimonio-. Cuando contrajo el segundo matrimonio, bajo el mismo régimen, ese bien ingresó al patrimonio social, y será administrado por su marido. Otra cosa es que, una vez que se disuelva el matrimonio o se realice cambio de régimen conyugal, este bien será restituido a usted en la liquidación de la sociedad conyugal. En ese sentido, y bajo lo que le hemos explicado, el Banco se encuentra en lo correcto.
Estoy casada con separación total de bienes.
Si mi esposo fallece antes que yo, yo no tengo derecho a heredar nada de sus bienes? Ni el 50 %?
Estimada Andrea. Junto con saludarle y atendida su consulta, usted tendrá la calidad de heredera de los bienes de su marido -cónyuge sobreviviente- independientemente del régimen conyugal que los una.
Buenas tarde consulta actualmente estoy separada de palabra.me case con separación de bienes yo no tengo nada a mi nombre pero el tiene una pyme a mi me discapacitaron y no e podido trabajar y hace un año que mi esposo me dejo en este tiempo el acrecido e económicamente ¿yo puedo pedir una pencion O al divorciarme puedo pedir una compensación ?
Estimada Jimena. Junto con saludarle, y atendida su consulta, respecto de su caso le indicamos que usted califica para solicitar de su cónyuge una pensión de alimentos. Esta acción judicial la debe solicitar por intermedio de un abogado, en el Tribunal de Familia correspondiente. Para más información ver: Demanda de Alimentos
Hola tengo una duda mi pareja funcionario de carabinero tiene 3 hijos de una relación anterior y nunca se caso, ahora tenemos un hijo y nos queremos casar yo tengo mi casa propia y habíamos pensado en casarnos con bienes separados pero si a el le llegara a suceder algo en sus funciones quien se queda con el montepio, se reparte solo entre los hijos o igual me corresponde parte de su pensión…????
Muchas gracias
Estimada Catalina. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que la cónyuge es la que tiene a derecho a montepio -cualquiera sea régimen matrimonial-. Ello excluye a los hijos en caso de que contraigan matrimonio. En su caso, el cónyuge debe haber estado casado a lo menos tres años antes con el causante del montepio, pero dicha limitación no procede en caso que ya tengan un hijo en común.
hola consulta , yo me casé con separación total de bienes sin saber que significaba ni consultar antes , tengo entendido que lo que ya tengo a ella no le corresponde nada , pero ahora que ya estamos casados con ese régimen y si compramos algo a nombre de los dos desde ahora en adelante a ella le corresponde algo .????
Estimado Miguel. Junto con saludarle le informamos, que como lo adelanta el nombre del régimen conyugal, los bienes adquiridos por cada cónyuge ingresa a su respecto patrimonio, no correspondiéndole, a la postre, al otro cónyuge, derecho alguno sobre esos bienes.
Si mi pareja hizo cese de convivencia, hace un año dejó todo en la casa donde él vivía con su ex mujer y se caso con sociedad conyugal él puede pedir al momento de firmar la separación la mitad de los bienes adquiridos en el matrimonio, no es la casa, siempre arrendaron, son sólo las cosas que compraron camas TV etc
Estimad Martina. Junto con saludarle y atendida su consulta, procederemos primero a ordenar las ideas, que según entendemos, persigue su consulta. Lo que entendemos es que su pareja, se encuentra casado en sociedad conyugal y ha fijado fecha cierta al cese de convivencia, probablemente en miras de obtener el divorcio. Siendo así, la sociedad conyugal no se ha disuelto aun, y menos de se ha procedido a su liquidación, cuestión ésta última que sólo procederá una vez que se haya obtenido la sentencia de divorcio, en su caso. Una vez que haya operado la disolución de la sociedad conyugal procede iniciar la liquidación de la misma y distribución de los gananciales. Es en ese momento en que se deberá acreditar que esos bienes fueron adquiridos durante la vigencia de la misma y deberán ser distribuidos en partes iguales.
Hola, mi consulta es con mi marido estamos casados en bien en sociedad, pero estamos comprando una casa y la promesa de compra y venta sale con separación de bienes y ahora la escritura también sale co. Separación de bienes. Cabe decir que jamás hemos algún trámite de separación de bienes..
Estimada Claudia.Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le indicamos que para saber si está casada en régimen de sociedad conyugal o en el de separación de bienes, basta que obtenga el certificado de matrimonio -gratuito- desde la página web del Servicio de Registro Civil e Identificación. Si no aparece al final que se ha estipulado el régimen de separación de bienes o el régimen de gananciales, el régimen que posee es el de sociedad conyugal. Luego exhiba ese certificado al promitente vendedor para que corrija el contrato respectivo.
Ayuda!! Puedo contratar a un abogado para anular el cambio de régimen matrimonial, ya que me confié en mi esposo que me hizo firmar sin leer el documento, yo solo sabía que se cambiaria a separación total de bienes pero la verdad no tengo idea que mas decía el papel y no entendía los pasos que conlleva hacer el cambio por eso me confié.
me da miedo que me haya quitado los derechos del departamento comprado en la vigencia de la sociedad conyugal y que en cualquier pelea me eche y no me deje entrar al departamento por no tener derechos.
Estimada Mari. Junto con saludarle le informamos que estamos a su disposición para analizar el contexto de su separación. Ahora bien, le recordamos que el acto en que se acuerda la separación total de bienes no necesariamente comprenderá la liquidación de la sociedad conyugal y la adjudicación de los derechos que por gananciales le correspondería. Es por ello que será necesario que se entere del contenido de ese documento y si en él se contiene además la liquidación de la sociedad conyugal y adjudicación de los bienes.
Hola quisiera preguntar que pasa con el departamento que compro mi esposo con crédito hipotecario durante la vigencia de la sociedad conyugal? Existe alguna forma de que el se quede con el derecho total del departamento apesar de que aún se está pagando, al cambiar de régimen a separación total de bienes y a mi me deje fuera y sin derechos sobre el departamento.
Estimada Sari.Junto con saludarle, y atendida a su consulta, le informamos que el cambio de régimen conyugal al de separación total de bienes, deja pendiente la liquidación de la sociedad conyugal y la división de los gananciales de la misma. En ese sentido, una vez efectuada la adjudicación de los gananciales, usted puede quedar con la mitad de los derechos sobre el inmueble, en caso de haberse así acordado de acuerdo a la forma de distribución de los gananciales de la sociedad conyugal. Cabe tener presente, eso sí, que la en la liquidación de la sociedad conyugal no sólo se incluyen bienes o activos, sino que también deudas, por lo cual, en caso de adjudicarse el 50% de los derechos sobre el inmueble debe tener presente que también el 50% de la deuda que aun mantenga la sociedad conyugal.
Hola tengo una consulta, estoy casada con separacion de bienes ..si me separo de el que me corresponde? Practicamente todos los bienes inmuebles estan a su nombre …puedo apelar ya que estos han sido adquiridos por ambos.
Estimada Lissette: Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le informamos que producto de la separación de bienes, cada uno de los cónyuges es dueño de los bienes que figuren a su nombre de forma exclusiva. En caso de divorciarse, esa condición no cambiará, pero en la demanda de divorcio, podría solicitar una compensación económica si se verifican en su caso las causales de su procedencia. Asimismo, en caso de tener acreditada una deuda de su marido en su favor, podrá perseguir esa deuda por medio de las acciones de cobro correspondientes, en todas aquella parte que no se encuentre prescrita.
Al casarme con separación total de bienes, los fondos de la afp y bienes (casas y terrenos), pueden quedar exclusivamente para la hija de mi pareja, estipulado en un documento notarial y todo lo que adquiramos, después del matrimonio seriamos herederas su hija y yo?
Estimada Alma. Junto con saludarle le indicamos que los bienes que usted hubiere adquirido antes del matrimonio junto con los que adquiera después -casados en sociedad conyugal- pertenecen al patrimonio de cada cónyuge por separado. Es decir, si muere su cónyuge antes que usted, los bienes de su patrimonio, pasan a directamente a sus herederos; en su caso, usted y su hija.
Necesito saber estoy casada con separación de bienes, que pasa si mi esposo fallece el tiene dos hijos del primer matrimonio, tengo derecho a sus bienes.
Saludos y gracias
Marisol M
Estimada Marisol. Junto con saludarle y atendida su consulta le informamos que atendido el hecho que usted mantiene un vínculo matrimonial vigente con su marido, usted, en efecto, es heredera de él en una cuota que corresponde al doble de lo que le correspondería a cada hijo.
Buenas tardes, mi pareja va a hacer el cese de convivencia con su ex-esposa, con la cual ya no convive hace un año y cinco meses, y dentro de un año hacer el divorcio por mutuo acuerdo, al hacer el cese de mutuo acuerdo puede hacer también separación de bienes, ya que tiene posibilidades en sus planes adquirir un bien.
Estimada Diana.Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, en efecto, además de acreditar el cese de convivencia de acuerdo a alguno de los instrumentos que establece la ley para ese propósito, puede además, de mutuo acuerdo, sustituir el régimen conyugal vigente por el de separación total de bienes.Este debe constar en una escritura pública extendida ante notario y luego deberá ser inscrita en la partida de matrimonio que lleva el Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, le recomendamos que acto seguido, realice la liquidación de la sociedad conyugal.
Hola buenas tardes, mi consulta es mi tía obtuvo una casa por el artículo 150 estando casada en sociedad conyugal, después se separó legalmente, pero no se hizo la liquidación de la sociedad conyugal. Ella puede vender la casa igualmente?
Estimada Pamela. Junto con saludarle le indicamos que -en caso de haberse divorciado o haber cambiado de régimen conyugal al de separación total de bienes- y atendido el hecho que su tía adquirió el inmueble bajo la vigencia del artículo 150, bastaría que ella renuncie a los gananciales de la sociedad conyugal e inscriba dicha escritura en el Conservador de Bienes Raíces, para que, luego pueda vender la propiedad en calidad de dueña exclusiva del inmueble.
Hola buen día mi consulta es me case hace 8 años con bienes separados yo no tengo ningún bien pero mi esposo tiene una herencia de un 1/4 de terreno ¿Mi pregunta es que pasaria con ese terreno si el llegase a fallecer pasaria a mi nombre y el de nuestra hija que tenemos en matrimonio?ya que el tiene solo 2 hijos mayores ¿y se puede cambiar el regimen de sociedad conyugal ?
Muchas gracias por su respuestas
Estimada Bellita. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le informamos que usted -cualquiera sea el régimen conyugal- en calidad de cónyuge sobreviviente de su marido, será heredera de éste de todos los bienes quedados a su fallecimiento. En una proporción igual al doble de lo que le correspondería a cada hijo. Es así, que en caso que su marido, aun mantenga derechos sobre el inmueble que indica, al momento de fallecer, usted será heredera en las proporciones indicadas, en conjunto con los demás hijos de este. Por último, le informamos que el régimen de sociedad conyugal puede ser modificado por el régimen de separación de bienes y de Participación en los Gananciales.
Mi marido tiene una PYME que está en bancarrota y con deudas. Quiero hacer separación de bienes para que no me quiten lo poco que tengo.
Estamos los dos de acuerdo.
Cuanto sale el tramite y cuanto demora?
Estimada Victoria. Junto con saludarle y atendida su consulta, le informamos que la separación de bienes se puede llevar a efecto por medio de la celebración de una escritura pública la cual a la postre deberá ser inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Atendido que su marido al parecer ha constituido una empresa, se deberá analizar si ella permite o no perseguir el patrimonio personal de su marido o no; respecto a lo cual no podemos pronunciarnos. Ahora bien, para los fines que persigue, y sólo en caso que el patrimonio de la sociedad conyugal esté comprometido; podrá en el mismo acto en que se proceda a la separación total de bienes u en otro distinto, liquidar los bienes de la sociedad conyugal, y deberá confeccionar un inventario solemne de los bienes, el cual debe ser autorizado por el juez competente y luego publicado en un diario de circulación nacional para efectos de notificar a los acreedores de la liquidación, de la adjudicación de los bienes y del inventario.Esta publicación tiene por objeto hacer conocedores a los acreedores de la operación para efectos que concurran con sus objeciones a la misma. En caso que los acreedores objeten la liquidación y adjudicación de los bienes dentro de plazo, la adjudicación de los gananciales de la sociedad conyugal no surtirá los efectos que usted persigue. Asimismo, si no efectúa la adjudicación de los gananciales en la forma que le hemos indicado, tampoco será oponible a los acreedores del marido como administrador de la sociedad conyugal.
Quiero hacer una consulta
Mi papa se cado por segunda vez el 2016 con bienes separados .
El fallecio 2020. Le correspode a esta persona la casa del primer matrimonio? Necesito hacer la P.efectiva y nose si debo incluirla.
Estimada Rosana. Junto con saludarle y aludiendo a su consulta, le informamos que la cónyuge sobreviviente es siempre heredera del causante.
Es por ello que, si está redactando la posesión efectiva, deberá incluir a la cónyuge sobreviviente de su padre como heredera universal de todos los bienes.
222 respuestas
Buenos días!, estoy casada por separación de bienes hace 9 años , con mi esposo queremos irnos a vivir fuera del pais, el tiene un hijo de un antiguo matrimonio + 3 hijos en común.
Si comenzamos a adquirir bienes ( casa, auto etc) se puede poner a nombre de ambos? O en ese régimen no se puede?
Si tenemos una casa a nombre de ambos y mi esposo fallece que pasa con la repartición?
Recomendaría cambiarse a otro régimen?
Por último mi esposo es pensionado, no afectaría yo como esposa recibir esa pensión en caso de fallecer bajo el régimen que tenemos?.
Gracias espero haya entendido mis dudas….
Estimada CAL. Respecto a su consulta, lo primero es que debemos reiterar lo que hemos señalado de forma constante en este foro. El régimen de separación de bienes permite la administración separada de cada patrimonio. De forma tal que pueden adquirir bienes en común con su marido (partes iguales) sin problemas. Sin perjuicio de lo indicado, una vez que fallece uno de los cónyuges, serán herederos -a menos que un testamento diga otra cosa- los herederos legales. Así, los derechos que tenga su marido sobre propiedades compradas en común, los heredarán su cónyuge y los hijos de este, en la proporción que indica la ley.
Hola buenas tardes
Mi consulta , Yo me casé con separación de bienes , ahora llevo 3 años separada ( sólo de hecho ) sin divorcio
Y voy a resivir una herencia de la venta de la casa de mis padres ¿ Mi ex le toca algo ? ¿ Tiene qué firmar algun papel ? …
Cecilia, junto con saludarle, le indicamos que la separación de bienes envuelve que no existe la necesidad que su marido concurra con su autorización para que usted reciba una herencia. Por otro lado, solo en caso de que usted fallezca -casada- su marido recibirá parte de esa herencia, como consecuencia que será su heredero. En ese sentido le recomendamos que cuanto antes, proceda a solicitar el divorcio.
Hola . Ojalá me puedan orientar.
Mi madre me va a traspasar una vivienda esta quedara a mi nombre , yo tengo 3 hijos mayores de edad los cuales me gustaría que cuando yo muera fueran los herederos de esta vivienda .
Donde estoy complicado es que yo estoy con union civil con mi pareja actual y ella tiene 3 hijos también mayores con los cuales yo no tengo ninguna relación ya que son extranjeros.
En el caso que yo muera me gustaría dejar que esa herencia ( la casa ) quedara en 50 % para mi pareja con la cual tengo union civil y el otro 50 % para mis 3 hijos .cual seria la mejor opción ?
Seguir con este régimen de union civil .?
Disolver esta union civil y casarnos con separación de bienes ?
Que me pueden aconsejar ya que quiero dejar a mis hijos y también a mi pareja pero no a los hijos de ella por lo antes comentado
Estimado Francisco. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que la unión civil, para efectos patrimoniales, es equivalente al matrimonio bajo el régimen de separación de bienes. Es así que en caso de fallecer el 40% de su patrimonio corresponderá a su cónyuge y el restante 60% se repartirá entre sus hijos. En caso de desear modificar esa proporción, puede perfectamente otorgar un testamento, asignando a su pareja un monto mayor de su herencia por vía de mejoras o libre disposición.
Estimados buenos días
Me gustaría hacerles una consulta, nos casamos con separación de bienes lamentablemente mi esposa falleció no tuvimos hijos ella tampoco tenía ni sus padres ni abuelos vivos solo un hermano sobreviviente, ella tenía un departamento. En este caso ¿el heredero sería yo como su cónyuge sobreviviente o también su hermano? Muchas Gracias
Estimado Carlos. Junto con saludarle, y en atención a su consulta, le indicamos que en caso del fallecimiento de cónyuge, sin tener descendientes o ascendientes, el heredero único y universal es el cónyuge sobreviviente.
Buenas tardes. junto con saludar quisiera comentar que me casé con bienes separados, antes de casarme adquirí una casa a mi nombre. Ahora tengo 2 hijos, quisiera saber si esa casa que compré estando soltera, al yo fallecer pasaría a ser herencia de mi marido también? o solo él seria heredero de un porcentaje de los bienes que fueron adquiridos dentro del matrimonio?
Estimada Mariela. Le indicamos que independiente del régimen conyugal, sus herederos por ley, serán siempre su cónyuge y sus hijos. Si se encuentra separada de hecho, le sugerimos que inicie de inmediato el trámite de divorcio, y mientras tanto, extienda un testamento que otorgue a sus hijos la cuarta de libre disposición y la cuarta de mejoras. De ese modo, asegurará que su marido, al menos por ahora, no reciba la mitad de su herencia, en caso que usted fallezca.
Deseamos casarnos con separación de bienes, tenemos una hija en común. Si el fallece, que pasa con la repartición de la casa o bien, si el tiene otra hija de otro matrimonio (divorciado)?
Estimada Sandra. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que el régimen conyugal no varía las normas de la sucesión sin testamento o intestada. De ese modo, los herederos de su marido, en caso de fallecer, serán usted y las dos hijas de éste. En caso de fallecer usted. Sus herederos serán su marido y su hija en común. Respecto de los bienes o derechos que cada uno mantenga en su patrimonio al momento de fallecer.
Estimados, junto con saludar, quisiera hacer la siguiente consulta: mis papas estan casados legalmente con separacion de bienes, durante el matrimonio mi madre se gano un subsidio de casa usada donde se compro una casa, la consulta es la siguiente; mi madre puede vender el bien o traspasarlo a alguna persona sin pedir autorizacion a mi papa ? le corresponde algo a el si deciden divorciarse ? atento a sus comentrarios.
Estimado Rodrigo. Junto con saludarle, le indicamos que su madre -casada bajo el régimen de separación de bienes- puede vender ese bien sin necesidad de pedir autorización alguna a su cónyuge.
Buenos días,
Junto con agradecer este foro.
Necesito asesoría sobre mi caso.
Soy casada con separación de bienes .
Mi esposo tiene dos hijos del su anterior matrimonio.
Quiero saber si el fallece antes que yo sus hijos del primer matrimonio tiene derecho sobre mi propiedad la cual compre dentro del matrimonio.
Por su asesoría gracias
Estimada Loreto. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que los bienes que se adquieren por cada cónyuge dentro del régimen de separación total de bienes pertenecen de forma exclusiva al cónyuge dueño de ellos, y sus eventuales herederos. Por tanto, en caso de fallecer su marido, los herederos de los bienes que a él pertenecen se le asignarán a usted y a los hijos de éste en las proporciones que establece la ley. Pero los hijos de su cónyuge no tienen derecho alguno sobre sus bienes propios. Así, su propiedad jamás será parte de la herencia que su marido pueda transmitir a sus herederos.
Hola estimado, quisiera saber por favor:
Mi esposo adquirió una casa antes de casarnos con bienes separados. Tenemos dos hijos de nuestro matrimonio.
Si nos divorciamos y el decide vender la casa, corresponde algo del dinero de la venta para nuestros hijos o para mi?
Estimada Marianella. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que los bienes que fueron adquiridos por cada cónyuge bajo el régimen de separación de bienes, forman parte del patrimonio exclusivo de cada uno. De ese modo, en caso de divorcio, en principio, ni la cónyuge ni sus hijos tendrían derechos sobre la venta del inmueble. Salvo que, el Tribunal de Familia, conociendo del divorcio, decida hacer pago del derecho de alimentos o una eventual compensación económica, por medio de la entrega de algún bien propio del marido.
Hola… Me case con separación total de bienes.. MI marido se fue de casa hace unos meses… Tengo una camioneta a mi nombre pero que adquirí durante el matrimonio y una casa antes del matrimonio… Mi pregunta es.. Si vendo la camioneta para pagar el crédito automotriz que yo debo a la automotora (que aún quedan más de 15 cuotas por pagar) debo darle algo de dinero por ella? Le corresponde algo de la camioneta? Es importante decir que la camioneta era para la familia, por tanto por eso accedí a su compra a mi nombre, pero al ya no estar juntos no puede pedirme nada por ella? La casa la compré estando soltera, entiendo que aunque haya pagado a mitades el dividendo conmigo no le corresponde nada. Agradezco su ayuda.
Estimada Tamara. Junto con saludarla y en atención a su consulta, le indicamos que desde el momento que se encuentran inscritos a su nombre los bienes -vehículo y casa- usted puede disponer de ellos libremente. Por ejemplo: venderlos.
Por otro lado, eso sí, usted indica que su cónyuge aportó dineros para el pago de la compraventa respecto de ellos. Por tanto, bajo ese contexto, su cónyuge conserva la posibilidad de demandarla por la suma que este aportó en su compraventa. Pero en ningún caso, esa demanda podrá tener por objetivo recuperar la propiedad sobre alguno de los bienes en particular.
Una consulta; mi suegra adquirió una casa fuera del matrimonio y después se casó con separación de bienes. Ella falleció sin dejar testamento, dejando viudo al esposo y con 2 hijas mayores.¿como quedaría repartida la herencia de la casa?
Rubén, en su caso, la herencia se repartirá 50% para el cónyuge sobreviviente y 25% para cada hija.
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, estoy casado con separación de bienes y antes de casarme adquirí una casa con mi propio trabajo, con en ese entonces mi pareja vivíamos en mi casa y nuestras hijas(menores de edad) al año me casé y con separación de bienes, ahora después de 5 años casado me estoy separando, quien debe quedarse en el inmueble en caso de demanda por no llegar acuerdo en mediación . Desde ya quedo atento a la respuesta, gracias
Estimado Rodrigo. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que si adquirió un inmueble casado bajo el régimen de separación de bienes, ese bien le pertenece de forma exclusiva. Ahora bien, dependiendo de su contexto particular -eventual pago de alimentos o compensación económica dentro del divorcio- el tribunal podría decretar el pago de esos derechos a su cónyuge por medio de la entrega en usufructo o en propiedad del inmueble que nos indica.
Buenas tardes.
Mi cuñado esta casado con separación total de bienes. Todo lo que adquirió fue por su trabajo. Pero puso a nombre de la esposa una parcela que compró al contado. Ahora la esposa se quiere divorciar y dejarlo en la calle. Que puede hacer para recibir parte de la venta de la parcela.
Estimada Silvana. Junto con saludarle, le indicamos que para efectos que su cuñado pueda ejercer alguna acción judicial de restitución de esos dineros, la operación debe haberse celebrado hace menos de 5 años atrás. En caso contrario, toda acción de restitución ya se encuentra prescrita.
Hola me casé con separacion de bienes, ahora nos queremos divorciar…él pudo comprar casa y llevar una vida con muchos inmuebles…yo trabajaba pero mi ingreso era inferior y no pude ahorrar y no tengo nada a mi nombre.
Al separarme legalmente qué puedo recibir.
Tuve 3 hijas pero ellas ya son profesionales.
Estimada Soraya. En relación a su consulta, le indicamos que al menos por concepto de régimen conyugal, no le corresponde derecho alguno sobre los bienes adquiridos por su marido. Deberá por tanto explorar la posibilidad de obtener una eventual compensación económica durante el procedimiento de divorcio.
Hola, mi consulta es si mi tía casada en sociedad conyugal sin hijos en común con su marido fallecido y él tenía 3 hijos antes del matrimonio, y el único bien era una casa. Al momento de venderla que porcentaje de la propiedad le corresponde a mí tía?
Estimado Gustavo. Junto con saludarle, le indicamos que no es posible establecer específicamente en porcentaje en su caso, atendido que desconocemos si la propiedad que nos comenta fue adquirida a título oneroso dentro de la vigencia de la sociedad conyugal o no. En caso que así lo sea, a la cónyuge le corresponden derechos de diferente origen. Le corresponderá el 50% de los derechos sobre el inmueble producto de su cuota en los gananciales de la sociedad conyugal. Y, respecto del 50% restante propio de la sucesión, le corresponde el 40% y a cada hijo el 20%.
Hola buenos días yo soy Colombiana y me quiero casar con mi pareja él es Chileno, nos vamos a casar con bienes separados, si a él le pasara algo ni Dios lo quiera yo no heredaría nada?.
Estimada Evelin. Junto con saludarle, y en respuesta a su consulta, le indicamos, como ya hemos dado respuesta en este foro en numerosas ocasiones, que el régimen conyugal no altera las normas sobre sucesión intestada. En ese sentido, a usted le corresponderá en la herencia de su cónyuge, los porcentajes que establece la ley respecto de los legitimarios. A la cónyuge en ese caso, si concurre con los hijos en la sucesión, le corresponde el doble de los que reciben estos. Si no existen hijos, pero si los padres del fallecido, le corresponde dos tercios de la herencia. Por último, si no hay hijos ni padres vivos, le corresponderá la totalidad de la herencia.
mi hermana se caso con separación de bienes, no tienen hijos. Él tiene ambos padres vivos, esposo murió. quienes reciben herencia?
los padres de él solicitaron posición efectiva pero solo puede solicitarla mi hermana, a que se debe eso?
Estimada Yenifer. Le indicamos que en el caso de su hermana, los herederos del cónyuge fallecido son la cónyuge sobreviviente junto con los padres del causante. En una proporción de 2/3 y 1/3 respectivamente. Respecto de la solicitud de posesión efectiva, la ley es clara en indicar que la puede solicitar -entre otros- cualquier heredero. Siendo así -sin conocer ulteriores detalles de su caso particular- la negativa por parte del Servicio de Registro Civil debe corresponder a un error administrativo por parte del funcionario que los atendió.
Hola quiero realizar una consulta.
Me case hace mas de 20 años con Separación de Bienes, adquirí una Casa dentro del matrimonio por subsidio PET de aquel entonces pagando dividendos por 15 años donde la escritura esta a mi nombre (Casa Pagada y realizados los alzamientos de Prohibiciones en Serviu), luego me divorcie hace como 5 ó 6 años. La pregunta concreta es:
A mi ex Esposa le pertenece o tiene derecho sobre esa propiedad ?.
Estimado Roberto. Junto con saludarle le indicamos que en su caso, el inmueble pertenece exclusivamente a usted, y por ende, su ex cónyuge no mantiene derechos sobre ese inmueble.
Mi PREGUNTA
COMO ES LA DISTRIBUCIÓN DE HERENCIA EN PARTES TESTADA E INTESTADA CUANDO QUIENES SUCEDEN SON DOS HIJOS Y EL CONYUGE SOBREVIVIENTE (DE UN MATRIMONIO DE SOCIEDAD CONYUGAL)
GRACIAS
Estimada Constanza, le indicamos que para efectos de poder responder su consulta, se hace necesario conocer el contenido de las cláusulas testamentarias.
Buenos dias, consulta, estoy casada con separacion total de bienes, y 1 hija en común, pero el tiene 2 hijos de su primer matrimonio, tengo 2 deptos que compre bajo el regimen separacion de bienes, pero mi temor es fallecer yo, y despues mi esposo, lo que herendan sus hijos esto como se puede evitar? Si me separo/divorcio mi hija queda con el 100% de las propiedades???
Estimada Verónica. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que en caso de fallecer usted, sus herederos, en las proporciones que fija la ley, serán su cónyuge y su hija. En efecto, en caso que su cónyuge fallezca luego con esos derechos en su patrimonio, le sucederán a este a su vez, todos los hijos de este último. Quienes podrían terminar manteniendo derechos sobre esos inmuebles.
Para evitar ello, una solución definitiva sería, claro está, divorciarse de su marido. Solución que no favorecemos. Lo que el recomendamos en vez, es que otorgue por medio de testamento, un mayor porcentaje mayor a su hija respecto de esos inmuebles, o; si es factible con respecto a su patrimonio total: que done los inmuebles a su hija por medio del procedimiento de insinuación de donación.
Hola mi consulta es la siguiente mi madre se casó con mi padre con separación de bienes ya que la propiedad era de ella y de ese matrimonio solo quede yo y hace poco tiempo ambos fallecieron, mi padre por su parte tuvo cinco hijos en su otro matrimonio del cual enviudo,, a eso hijos les correspondera algún porcentaje de ese bien mueble, esperando su pronta respuesta gracias
Estimado Jorge. Junto con saludarle, y en atención a su consulta, la respuesta dependerá de quien de los dos padres falleció en primer lugar. Lo primero que hay que precisar en su caso es que el inmueble -de acuerdo a lo que nos indica- era de propiedad exclusiva de su madre. De ese modo, si su madre falleció antes que su padre; los herederos legales del as hereditario -el cual incluye el inmueble- eran usted junto con su padre en las proporciones que establece la ley. Si luego murió su padre, esos derechos hereditarios pasaron a los herederos de este. Siendo estos usted en su proporción junto con los hijos de este. Estos últimos, por tanto, podrían mantener al día de hoy, derechos sobre ese inmueble.
Por otro lado, si su madre murió luego de fallecer su padre, los hijos de este último no podrían jamás haber heredado derechos sobre ese inmueble.
Qué pasa si mi papá se casa en sociedad conyugal con una mujer que tiene dos hijos de su anterior matrimonio. Nosotros somos 3 hijos de él. En caso de que el muera primero, ella se quedará con el 60 % de sus bienes? Los que cuando ella muera pasarán a sus hijos?. Cuál habría sido la diferencia si se casaban con separación total de bienes si el muere primero?
Estimada Angélica. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que los bienes que su padre haya adquirido antes de casarse en sociedad conyugal, no entrarán, al momento de su muerte a los bienes propios de la sociedad conyugal. Comunidad de bienes que compartirá con su cónyuge. Sólo los bienes que adquiera dentro de este último matrimonio, ingresarán al patrimonio de la sociedad conyugal. Por tanto, en caso de fallecer su padre, lo anterior lo deberá tener muy presente para efectos de proceder con la posesión efectiva y la partición de la herencia.
Por favor necesito ayuda … mi papá se caso x segunda ves y cuando falleció la viuda reclamo la plata de la afp a ella le tocó casi 9 millones a mi k soy hija del 1 matrimonio 1millon 200 al igual k a los dos hijos k tienen en común mi pregunta es .. ellos se casaron con separación de vienes …le tocaba lo mismo a la viuda o menos o se dividía por partes iguales o no le tocaba … el ami me abandono no me dio nunca pensión ya que se junto con ella iso su familia y cuando falleció mi mamá se casaron ..me podrían ayudar por favor 🙏
Estimada Rita. Junto con saludarle, y en atención a su consulta, le indicamos que en su caso simplemente se aplicaron las reglas de la sucesión intestada. En ese sentido, a la cónyuge sobreviviente le correspondía el 40% y a cada hijo sólo el 20%. Por otro lado, si en vida de su padre usted inició un juicio de alimentos, podrá solicitar en un juicio de partición que se le pague la deuda insoluta, atendida la calidad de acreedora respecto de la sucesión.
mi consulta es
nos casamos con sociedad conyugal
tenemos dos hijas una de 20 y una de 16
existe una propiedad
en caso de divorcio ,que pasa con la propiedad?
si los hijos quedaran al cuidado de la madre
si los hijos quedan al cuidado del padre
gracias de antemano
Estimada Marianela. Junto con saludarle, le indicamos que en caso de obtener sentencia de divorcio se entenderá por ese hecho que se ha disuelto la sociedad conyugal. En caso que el inmueble se haya adquirido bajo la vigencia de la sociedad conyugal, se podrá pedir la liquidación de la sociedad y en ese contexto, se podrá vender el inmueble por el partidor de la sociedad conyugal- recibiendo cada uno de los cónyuges la mitad del precio de venta comercial. Existen otras alternativas que le invitamos a conocer en : Liquidación Sociedad Conyugal
Quien mantenga la custodia de los niños no afecta lo dicho anteriormente.
Hola. Tengo una consulta mi padre y madre se casaron con bienes en comun en el año 1989 y luego hicieron separacion de bienes el año 2007 si mi padre fallece quisiera saber si mi madre herada algo y si es asi cuanto? Mi padre tiene 4 hijos. Gracias
Estimado William. Junto con saludarle, y en atención a su consulta, le indicamos que en su caso puede verificarse diferentes situaciones. La primera dice relación con la posibilidad que en el año 1989, su madre haya contraído con su padre un matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal; y luego de separarse de bienes el año 2007, no se haya producido hasta la fecha la liquidación de los bienes de esa sociedad conyugal. Sólo en ese último caso, se deberá primero dividir en mitades los bienes que pertenezcan a la sociedad conyugal, respecto a los cuales a su madre le pertenecerá -por regla general- el 50% de los derechos sobre ellos. Luego, respecto de los demás bienes que su padre fallecido haya dejado tras su muerte -de su propiedad- se deberá aplicar las reglas generales de la sucesión intestada. Correspondiendo a su madre el doble que le corresponde a cada hijo, es decir, en su caso, 33% del total de la herencia.
Hola. Actualmente soy dueño de un terreno y pronto me casaré con separación de bienes. Bajo este régimen, existe alguna manera de hacer que mi esposa sea dueña de la mitad de dicho terreno? (Ya sea por compraventa o generando una sociedad entre ambos). Saludos
Estimado Anibal. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que previo a celebrar el matrimonio usted puede donar la mitad de los derechos sobre ese inmueble por medio de un contrato de capitulación matrimonial. Donación la cual no requiere del trámite de la insinuación.
Hola consulta, me estoy divorciando y tengo una propiedad 50 y 50 con él, también 2 hijos. Si él se vuelve a casar y fallece, este 50%, que le corresponde a él, la nueva señora o hijos también serían participe de este porcentaje a repartir por herencia?.
Estimada Lorena. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que en ese caso, los bienes que forman parte de la herencia de su actual cónyuge, pasarán a formar la masa hereditaria que heredará tanto su cónyuge sobreviviente como todos sus hijos. En ese sentido, el 50% de esa propiedad será heredada por su nueva cónyuge y los hijos en las proporciones que fija la ley.
Hola, quiero hacer una consulta, mi padre quedó viudo, estamos en juicio porque una de mis cuñadas está reclamando su parte ya que mi hermano falleció después de mi madre, todo lo que el posee fue adquirido con mi madre. Mi papá se casará nuevamente pero con separación de bienes. Puede perjudicar esto a sus hijos? O puede perder cierta parte de la herencia por casarse en segundas nupcias?
Estimada Catalina. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que en la sucesión de su madre, la esposa del hijo fallecido no tiene derechos hereditarios. Sólo los hijos de este si los hubiere. Por su parte, el eventual matrimonio de su padre no alterará los derechos sucesorios que se fijaron al momento de la muerte de su madre.
Hola buenos dias
Consulta soy casada por segundas nupcias ‘Con separación de bienes. Registro civil Viña del Mar hace 2 años.
Tengo 1 hijo de mi ex esposo y mi actual esposo tuvo 3 hijos con su primera esposa.mi madre esta viva. Y mi hermano igual.
Tengo mi departamento propio la casa de mi madre a mi nombre. Si yo muero quien se queda con mi herencia. Muchas gracias
Estimada Pilar. Utilizaremos su consulta para responder nuevamente esta pregunta muy reiterada. QUE PASA CON LOS BIENES HEREDITARIOS CUANDO ESTOY CASADA EN RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES. Lo cierto es que el régimen conyugal no modifica las reglas de la sucesión intestada. De ese modo, en su caso, sus herederos serán su cónyuge y únicamente sus hijos propios. NO siendo jamás sus herederos los hijos que tuvo su marido con otra pareja. En ese sentido, sus herederos de su departamento, serán sus hijos propios y su marido, este último llevando un porcentaje que corresponde al doble del que le corresponde a cada hijo.
Hola mi nombre es enzo bustamante mi padre fallecido es divorciado de mi madre y se volvio a casar resulte que mi padre con su conyuge actual no tubo hijos y es casado con separacion de bienes quiro saber quien es eredero legal del departamento que esta al nombre de mi padre ya fallecido
Estimado Enzo. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que los herederos de su padre son sus hijos, y la cónyuge de este.
Estimados
Me quiero casar con separación de bienes. Tengo una casa que termino de pagar en cinco años más. Mi pareja es soltero y tiene un hijo. Yo tengo un hijo y soy divorciada. Mi pregunta, si yo falleciera primero, podría dejar mi casa en un 100 % para mi hijo ? Tengo que hacer un testamento o es automático? Mi hijo debiera hacer un trámite ? Gracias.
Estimada Ingrid. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que en caso de casarse, no podrá dejar el inmueble sólo para su hijo, si este es el único bien que compone su herencia. Ello atendido que su marido será su heredero legal, y este se llevará la mitad de su herencia, y la otra mitad le corresponderá a su hijo.
Buenas tardes, tengo una consulta. Mi madre se casó con mi padre en regimen de sociedad conyugal en 1990, cuando mi hermana y yo teniamos 8 y 15 años respectivamente (hija de ambos); mi madre tenía 3 bienes inmuebles adquiridos con anterioridad al matrimonio; cuando se casaron mi padre tenia de su anterior matrimonio 5 hijos, y otros 3 hijos no matrimoniales. El año 1994 cambiaron el regimen patrimonial al de separacion de bienes. El año 2000 mi madre adquirió otra propiedad. Es decir actualmente mi madre tiene 4 propiedades, 3 adquiridas antes del matrimonio y 1 adquirida estando casada pero bajo el regimen separacion de bienes. La preocupacion y la consulta de ella es: 1)¿qué sucede si ella fallece antes que mi padre, los 8 hijos de mi padre reciben un porcentaje?. 2)¿Qué pasa si fallace mi padre inmediata o prontamente una vez fallezca mi madre?, ahí si los 8 hijos de mi padre pasarán tambien a hererdar la parte que heredó mi padre de mi madre. Por último, ¿qué puede hacer mi madre para asegurar que las unicas herederas seamos sus 2 hijas?. Mi padre tiene mas de 80 años, esta muy olvidadizo y probablemente iniciando demencia cenil. Mi madre casi la misma edad pero bien de salud.
Estimado Carol. Junto con saludarle y en atención a su extensa consulta, le solicitamos se ponga en contacto con nuestra oficina para ofrecerle alguno de nuestros servicios de estudio de títulos y herencia.
Hola.. Mi nombre es Camila.. Me case con separación total de bienes.. Ahora me voy a divorciar de forma unilateral ya que mi marido no quiere hacerlo.. Tengo una casa a mi nombre pero que adquiri durante el matrimonio.. Mi pregunta es.. Si vendo la casa antes de divorciamos debo darle algo por ella ? Le corresponde algo de la casa?
Estimada Camila. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que el inmueble es se su exclusiva propiedad. Por tanto, puede venderlo a quien estime en cualquier momento, sin necesidad de esperar los resultados del divorcio. Su marido no puede exigir nada respecto de la venta o no de ese bien.
Hola, mi madre compró una propiedad estando casada con separación total de bienes y ahora se divorció. Se debe hacer cambio de estado civil en la escritura de la propiedad?
Estimada Julia. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que ese trámite no es necesario, atendido que la propiedad siempre ha pertenecido en forma exclusiva a su madre.
Duda
Mi tia y mi tio compraron un terreno pero quedó solo a nombre de mi tia. Ellos tienes 2 hijos del matrimonio pero mi Tio además tiene un hijo fuera del matrimonio. Mis tíos están casados bajo el régimen de separación de bienes. Una duda si mi tío fallece, el hijo que él tiene fuera del matrimonio hereda el terreno que compraron, pero que esta solo a nombre de mi tía.
Estimada Alejandra. Junto con saludarle, le indicamos que en ese caso, al fallecer primero su tío, el hijo que tiene este no hereda cuota alguna del inmueble que es de propiedad exclusiva de su tía. Sólo en caso que su tía falleciere primero, y luego su tío, el hijo heredará una cuota de ese inmueble, por heredar parte de la cuota que le correspondía a su tío por herencia.
Hola pretendemos contraer matrimonio con mi pareja.
Yo adquirí una casa con credito hipotecario. Ambos la pagamos pero esta a mi nombre. ¿Qué regimen me conviene?
Gracias
Estimada Lorena. Junto con saludarle y en atención a su consulta, en su caso el problema es que el inmueble está sólo a su nombre cuando en la práctica éste se paga por mitades. Sin perjuicio del régimen conyugal, lo que debe arreglar es la escritura de compraventa, la cual debe quedar a nombre de ambos, si es que se está pagando por mitades. Le recomendamos ponerse en contacto con la institución bancaria para arreglar ese contrato conforme a la realidad.
Buenos días, tengo la siguiente consulta: Mi abuela falleció hace mucho tiempo y era dueña de un terreno antes de casarse, luego se casó con separacion de bienes y de esa relación surgieron 4 hijos. Nunca se hizo la posesión efectiva, ni se vendió. Posteriormente mi abuelo se volvió a casar, (con separación de bienes) teniendo 2 hijos, el cual uno de ellos se cambió el apellido. Actualmente mi abuelo tambén está fallecido. La pregunta es si a ellos también habría que considerarlos como herederos para hacer la posesión efectiva y si es así que porcentaje heredarían?, muchas gracias.
Eugenia. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, entendemos que está consultando por la sucesión de su abuela. Los únicos herederos de su abuela son el cónyuge sobreviviente y sus cuatro hijos. Luego, se entiende que existe una 2º sucesión. La de su abuelo. En esa posesión efectiva heredan todos los hijos. 6 en total. Lo que sucede con el inmueble es que en la primera posesión efectiva heredaron los 4 hijos y el cónyuge -abuelo-. Y en la segunda posesión efectiva, la cuota que pertenecía a este último, sobre ese inmueble, se dividió finalmente entre 6.
Estoy casada con Separación total de bienes, como se puede hacer para cambiar a Participación en los gananciales?
Estimada Grace. El cambio de régimen de separación total de bienes a partición en los gananciales, se efectúa de la misma manera que de sociedad conyugal a separación total de bienes. Es decir, por medio de la celebración en notaría de una escritura pública en la cual se plasme el acuerdo del cambio de régimen, y luego con la inscripción en el Registro Civil de copia de esa escritura.
Hola yo me case con separación de bienes y antes de casarme yo postule a casa cuando era soltera y solo con mis hijos, están a puertas de entregarme mi casa, mi esposo tiene 2 hijos fuera del matrimonio mayores de edad, ellos por algún equis motivo tocan de la propiedad que adquirí yo
Estimada Ninosca. En su caso no hay duda que el inmueble es de su propiedad exclusiva. y por tanto, en caso de fallecer, tendrán derechos sobre éste sus herederos. En este caso su cónyuge y sus hijos. (no los de su marido). Empero, si luego de fallecer muere su marido, teniendo derechos sobre ese inmueble, esa cuota pasará a manos de sus hijos.
Mis padres tenían sociedad conyugal y antes de morir mi padre hicieron los trámites de separación de bienes. Mi padre era heredero de la casa familiar de mis abuelos. Al morir mis abuelos, mis tíos hicieron la posesión efectiva de la casa de mis abuelos y como herederos de mi padre fallecido pusieron solo a mi hermana y a mí, dejando fuera a mi madre, es eso legal???? Es legal que seamos solo mi hermana y yo los herederos de mi padre y mi madre no???
Estimado Felipe. Junto con saludarle le informamos que, en efecto, su madre en calidad sólo de cónyuge, no es heredera de los bienes dejados tras el fallecimiento de su abuelo. Por tanto esa posesión efectiva esta correctamente otorgada.
Hola, quisiera saber si se puede cambiar el régimen matrimonial, de separación de bienes a conyugal.
Estimada Gabriela. Junto con saludarte, gracias por tu consulta. Esta es una pregunta recurrente, y la responderemos directamente. En Chile, el régimen de sociedad conyugal sólo se pude pactar al momento de contraer matrimonio. Y, por tanto, si has contraído régimen de separación de bienes o de partición a los gananciales, no puedes luego acogerte al régimen de sociedad conyugal. Lo mismo ocurre en caso que hayas modificado el régimen de sociedad conyugal por el de separación de bienes o de partición a los gananciales. En ese caso, no puedes volver al régimen de sociedad conyugal.
Buenas tardes, tengo una duda si me la puede aclarar, una amiga le compró a sus padre la casa familiar la cual la hizo única “heredera”, ella lamentablemente falleció dejando un hijo mayor de edad que no es de otro padre, meses antes de morir se casó con separación de bienes, a parte de ser dueña de la casa familiar y adquirir otra casa a su nombre a través de crédito hipotecario y como aval su actual esposo, todo esto años antes de casarse, ahora que ella ya no esta ¿Quién hereda las 2 propiedades que estaban a su nombre? , ¿su hijo puede vender alguna de las propiedades una vez realizada la posesión efectiva sin consentimiento del esposo o sea viudo el cual no es su padre sanguíneo?
Muchas gracias
Estimada Alejandra. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que los herederos de su amiga, son en este caso el cónyuge sobreviviente y el hijo. Ambos en partes iguales. En ese sentido, la posesión efectiva se otorgará a ambos herederos. Y en caso que querer vender los inmuebles en su totalidad, ambos deberán prestar su consentimiento.
Hola, como puedo demostrar el regimen del matrimonio?, me lo piden del banco y en el certificado de registro civil no aparece, tampoco en la libreta de matrimonio.
Estimado Marcos. El régimen patrimonial del matrimonio se comprueba por medio del certificado de matrimonio que usted puede obtener del Servicio de Registro Civil e Identificación. En caso que el certificado no tenga una nota al pie, que señala que usted pactó -modificó- el régimen de separación total de bienes o partición en los gananciales, quiere decir que se encuentra casado bajo el régimen de sociedad conyugal. Es decir, si nada agrega el certificado, quiere decir que se encuentra casado en el régimen general, esto es: en sociedad conyugal.
Buenos dias. Mi esposo murio y tenia una casa, yo tengo 5 hijos con el. Actualmemte vivo en la casa que mi esposo nos heredó. Puedo yo en vida vender o trapasar la casa a uno de mis hijos o tengo que hacer un testamento para que sea solo de el cuando yo muera? Tienen sus hermanos que estar de acuerdo?
Estimada Yuraima. Junto con saludarle, le indicamos que de acuerdo a lo que nos indica, ese inmueble pertenece a la comunidad hereditaria de su esposo fallecido. Es decir, tanto sus hijos como usted, tiene sólo derechos sobre ella. Siendo así, usted únicamente puede vender sus derechos sobre ella, pero ello no le otorgará a su hijo adquirente, la propiedad plena respecto al inmueble, sin que medie, previamente, que su hijo, además, adquiera los derechos que tienen los demás herederos sobre el mismo inmueble.
MI marido esta con cancer terminal y estamos casados con separacion de bienes sin hijos, el por su parte tiene dos hijos de su matrimonio anterior. en caso de que el fallezca soy heredera de eL?
Estimada Camila. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le régimen de separación de bienes no modifica las reglas sucesorias intestadas. En ese sentido, usted será heredera de su marido en calidad de cónyuge sobreviviente. Debiendo recibir una cuota equivalente al doble de la que le corresponde recibir a cada hijo, respecto de la masa hereditaria.
Buenos dias estimado.
Actualmente me encuentro casada y compraremos una casa con mi marido, el pie lo daremos 50% cada uno y el hipotecario lo sacará él, ya que cuenta con estabilidad laboral.
La pregunta es la siguiente ¿Cómo podemos poner la casa a nombre de los dos, ya que yo pondré el 50% del pie ? además pagaré el crédito con el…
Estimada Camila. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta. Le indicamos que si se encuentra casada en régimen de sociedad conyugal, el inmueble será adquirido por esa sociedad. Aun cuando en el Registro Conservatorio aparezca el nombre del marido. Ello en atención que el marido lo adquiere en nombre de la sociedad conyugal (En otras legislaciones se registra derechamente a nombre de la sociedad conyugal. En nuestro caso no es así). Siendo así, por la ficción legal, ese inmueble pertenecerá a los dos por ese motivo. Por otro lado, si se encuentran casado en Separación de Bienes, no hay problema que en la escritura de compraventa se individualicen todos los detalles que usted nos indica. Y que se plasme en ella que los derechos sobre el inmueble se adquieren por mitades. Ello aun cuando su marido aparezca como deudor del crédito.
Hola. Estoy casado con SEPARACION DE BIENES y notifican a mi esposa de un embargo ¿¿como acredito que los bienes son mios y no de mi señora????
Estimado Rodrigo. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que en caso de embargo, lo primero que ocurrirá es que se embargarán tanto los bienes de su señora junto con los suyos o incluso de terceros si se encuentran en el domicilio. Ahora bien, luego que se produzca el embargo usted podrá concurrir al tribunal como tercero dueño o poseedor de esos bienes. Y dentro de un incidente dentro del juicio podrá acreditar que esos bienes son suyos y no de su señora. Para ello deberá acreditar dicha circunstancia por todos los medios de prueba que le otorga la ley civil. De ese modo podrá alzar el embargo sobre dichos bienes.
Hola, consulta mi padre con 2 hijos reconocidos de su primer matrimonio y 1 hija no reconocida, el se casó por segunda vez con separación de bienes, su esposa tiene una casa que adquirió antes del matrimonio ella tiene un hijo de su anterior relación la preocupación de ella es que nosotros los hijos de su actual esposo tengamos alguna parte herencia de su casa, ahora resulta que mi padre compró un terreno solo para sus hijos en caso de que el llege a fallecer su esposo sería heredera del terreno aún estando casados con separación de bienes ?
Estimada Claudia. Junto con saludarle, en su caso se combinan dos regulaciones diferentes pero finalmente ligadas. El régimen patrimonial del matrimonio y el derecho sucesorio. En caso de morir su padre, los herederos de este -incluyendo a su cónyuge- tendrán derechos sobre todos los bienes que se encontraban en el patrimonio del causante al momento de fallecer. En ese sentido, el inmueble de propiedad de la cónyuge no ingresará a la herencia, pero si lo hará el terreno que adquirió su padre antes de morir.
Buen día , mi consulta: estoy casada con separación de bienes, compramos una casa durante el matrimonio, y ahora de mutuo acuerdo queremos cambiar nuestro régimen a sociedad conyugal, entiendo que la legislación chilena no permite hacer ese cambio durante el matrimonio, entonces para ello me debo separar y luego volver a casar?
Quedo atenta a su respuesta
Estimada Alejandra. En efecto, esa es una posibilidad. Ahora bien, el bien quedará a nombre de ambos, y en el futuro, ante una eventual disolución de la sociedad conyugal, cada porcentaje, quedará en manos de cada uno de los cónyuges y no formará parte de los activos de la sociedad conyugal. Puesto que fue adquirido antes de la vigencia de la sociedad conyugal.
Hola, mi consulta es la siguiente mi padre estaba casado con separación total de bienes, pero enviudó. Somos tres hermanos. ¿Puede cualquiera de los tres comprarle la casa a mi padre que es el dueño o hay participación de porcentajes del resto de los hermanos?
Estimado Edwin. Junto con saludarle y atendida su consulta le indicamos que la compraventa de un inmueble a su padre es perfectamente válida. Máxime cuando su padre estaba casado en régimen de separación de bienes, lo que permite presumir que la propiedad exclusiva sobre el mismo la tiene su padre.
buenas tardes
me casé con separación de bienes, pero el matrimonio fracasó. El tiene una hija y nieta, y por mi lado 2 hijos, en común tuvimos 2 pérdidas, cuales son los pasos a seguir para un divorcio en buenos términos?
Estimada Paula. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que el primer paso obtener el divorcio, es dejar constancia de forma oficial el hecho de haber cesado la convivencia. Y ello se efectúa de la siguiente manera.
Acuerdo completo y suficiente que conste en escritura pública, o acta extendida y protocolizada ante notario; acta extendida ante un Oficial del Registro Civil, o transacción aprobada judicialmente;
Por falta de acuerdo de uno de cónyuges, por medio de la notificación judicial destinada a reglar las relaciones mutuas entre los cónyuges y los hijos;
O, el cese de convivencia tendrá también fecha cierta, si uno de los cónyuges inicia una gestión voluntaria ante el juzgado correspondiente, de notificación al otro cónyuge del acuerdo completo y suficiente o de la simple constancia de su intención de cesar la vida en común. Ver más en : https://dcwabogados.cl/divorcio-en-chile/ Le recomendamos desde ya, celebrar el primero de ellos, atendido que en el acuerdo completo y suficiente se regulará el régimen con los hijos en común.
Hola. Mis padres estaban casados con separación de bienes y mi madre falleció; qué porcentaje nos toca a cada uno (somos 2 hermanos + mi padre).
Posterior a eso, mi papá se volvió a casar. En caso de fallecer qué hereda (y en qué porcentaje) ella?
Gracias.
Estimada Karla. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que el régimen conyugal no modifica las cuotas que la ley le asigna a cada heredero de acuerdo a las reglas de sucesión intestada. Por ello, el padre llevará el doble de cada hijo en la herencia de su madre, respecto al total de bienes de la herencia
Hola, me case con régimen de separación de bienes y adquirí una casa a mi nombre. Actualmente estoy separado, en proceso de divorcio y planeo venderla. ¿Puedo hacerlo así sin mas o necesito la firma de mi futura ex-esposa? Muchas gracias.
Estimado Carlos. Junto con saludarle, le indicamos que el régimen de separación de bienes justamente permite al cónyuge dueño de un inmueble venderlo siempre y en todos los casos, sin pedirle autorización al otro cónyuge. Esto debido a que tanto la administración como la disposición de todos los bienes, se realiza de forma separada. Por tanto, en su caso, no requiere la firma de su futura ex esposa.
Buenas tardes mi nombre es Marcos mi consulta es la siguiente mi suegro se caso con separación de vienes total mi suegra falleció y no dejo herederos los vienes a su nombre quien los hereda
Estimado Miguel. Junto con saludarle y en respuesta a su consulta, le indicamos que los bienes que pertenecían a la cónyuge de su suegro, le pertenecen a los herederos de ella. En este sentido, al no existir descendientes, ni padres vivos de la difunta, todos los bienes son heredados por el cónyuge de ésta. Es decir, su suegro.
Buenas tardes, tengo un tío, adulto mayor, que tramito y compro una casa. Se caso con separación de bienes y enviudo poco antes de la pandemia, por tal motivo y por razones de salud de mi tío, recién hoy sus hermanas ( mi madre y tías, quienes viven en otras ciudades ), están realizando tramites tendientes a su cuidado y se dan cuenta que la casa esta a nombre de su fallecida esposa, ellos no tuvieron hijos ni antes ni después del matrimonio, en este caso ¿quien hereda el inmueble?, ¿se debe realizar posesión efectiva?, ¿ se debe incluir en la posesión efectiva a los hermanos de la fallecida esposa de mi tío?.
Estimado Juan Carlos. Junto con saludarle y en atención a su consulta, le indicamos que, en caso que el inmueble se encuentre inscrito a nombre de la cónyuge de su tío, ese inmueble pertenece a los herederos de la cónyuge, entre ellos, su tío en la proporción que le corresponde por Ley. Ahora bien, en el caso de su tío, sus herederos serán, en caso que no tenga descendencia ni padres vivos, sus hermanos. Y, por tanto, ellas heredarán todas los cuotas o derechos que tenga su tío sobre dicho inmueble que ha heredado de su cónyuge difunta.
Hola. Por no informarse bien mi hija se caso con bienes separados. Pero ahora junto a su esposo estan completamente de acuerdo en cambiar a sociedad conyugal. Es posible? Y cómo?
Estimado Antonio. Junto con saludarle, le indicamos que en nuestra legislación no es posible cambiar del régimen de separación de bienes al régimen de sociedad conyugal. Sólo es posible modificarlo por el régimen de Partición en los Gananciales.
Estimados, consulta, estoy casada bajo el régimen separación total de bienes, tenemos una hija en común, pero el con su matrimonio anterior tuvo 2 hijas, en la actualidad tengo 2 bienes raíces a mi nombre, los que adquirí durante el matrimonio, mi consulta es, si fallezco para el 50% a mi esposo y el otro 50% a mi hija, pero que pasa despues que el fallezca??? ese 50% queda para mi hija??? o ese 50% se debe dividir con la otras hijas de mi esposo????
Estimada Verónica. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que sus bienes pasarán a sus herederos en el momento que usted fallezca. Sus herederos de acuerdo a la ley son el Cónyuge sobreviviente – en este caso su marido- y su hija. Si lo anterior ocurre, y luego su marido es quien fallece, los bienes que éste tenga en su patrimonio- al cual se ha incrementado por los bienes que obtuvo de su herencia- pasarán a manos de sus herederos legales. En ese caso su hija en común y las hijas que éste tenga por su parte.
Buenas tardes, tengo unas consultas
Mis suegros se divorciaron hace unos años, estaban casados en sociedad conyugal. Los bienes no se liquidaron junto con el divorcio.
Ellos tenían 2 casas, una donde vive mi suegra y otra donde vive mi suegro. Tienen hijos en común del matrimonio y ademas mi suegro tiene hijos aparte.
Mi suegro de volvió a casar y falleció hace poco.
Mis consultas son en relación a las casas, como se repartirán?? le corresponde a mi suegra la mitad de los bienes de la sociedad conyugal??
a la viuda de mi suegro que le corresponde??
Le estaría muy agradecida
Estimada Jenny. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que en efecto, la sociedad conyugal ha devenido en una comunidad de bienes que se mantiene hasta el día de hoy entre la ex cónyuge de su suegro y los herederos de éste último, dentro de los cuales se incluye a la cónyuge sobreviviente. Sin embargo, sin haber realizado un estudio de los títulos de las propiedades y junto con ellos los títulos de la sucesión, no es imposible efectuar un cálculo respecto a qué pertenece a quién y en qué porcentaje.
Hola , mi consulta es que estoy casada con separación de bienes y compré una propiedad y mi marido tiene una hija de otra relación si yo muero o él fallece la niña es heredera?? Del matrimonio hay tres hijos, gracias
Estimada Karen. Atendida su consulta, le indicamos que en caso que usted fallezca primero, su marido es heredero. Al cual le corresponde, de acuerdo a la ley, el doble de la cuota que le corresponderá a cada uno de sus hijos sobre todo su patrimonio. Así las cosas, si luego él fallece, le corresponderá a la hija de él, el porcentaje que por ley le corresponde a cada uno de sus hijos. Y si los derechos sobre ese inmueble aun estaban en ese patrimonio, por de pronto, es de suponer, que también le corresponderá una cuota en los derechos sobre ese inmueble.
Hola, mi consulta es la siguiente, con mi pareja estamos pensando en casarnos con mi pareja, el tiene un hijo y yo tengo 1 hijo, además adquirí una casa soltera, si me caso con el y adquirimos cosas en el matrimonio pero están a mi nombre, mi consulta es, si el fallece, el hijo de el heredaria algo ?
Estimada Dnaiela. Utilizaremos su consulta para responder nuevamente esta pregunta muy reiterada. QUÉ PASA CON LOS BIENES HEREDITARIOS CUANDO ESTOY CASADA EN RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES. Lo cierto es que el régimen conyugal no modifica las reglas de la sucesión intestada. De ese modo, en su caso, sus herederos serán su cónyuge y únicamente sus hijos propios. NO siendo jamás sus herederos los hijos que tuvo su marido con otra pareja. En ese sentido, sus herederos de su casa, serán sus hijos propios y su marido, este último llevando un porcentaje que corresponde al doble del que le corresponde a cada hijo.
Hola, mi padre se va a casar, pero tenemos una casa familiar. Sirve casarce con separacion de bienes, para que luego esa casa sea solo herencia de sus hijos? O cómo hay que hacerlo?
Estimada Camila. Junto con saludarle, le informamos que el régimen de separación total de bienes no altera el orden de sucesión legal. De esa forma si su padre fallece manteniendo un vinculo matrimonial, hará heredera, de todos sus bienes, en el porcentaje que señala la ley, a la cónyuge sobreviviente. Que hoy en día corresponde al doble de la cuota que le corresponderá a cada hijo.
Estimad@ consulta mi papá se casó con una señora se casó con separación de vienes pero al morir mi padre ella toca todo lo que mi papá le correspondía ? Incluso la plata de la afp ? Por favor ayuda
Estimada Katherine. Junto con saludarle, le indicamos que los hijos junto a la cónyuge sobreviviente, son herederos de primer orden. La ley determina los porcentajes que le corresponden sobre toda la herencia respecto a los bienes del difunto. Leer página herederos legales. En el caso particular de la AFP todos los herederos deben concurrir a solicitar esos dineros ante la AFP una vez que se obtenga la posesión efectiva de la herencia. No permitiéndose que sólo concurra al retiro uno sólo de ellos.
Estimados: mi marido compró una casa antes de casarnos y estamos casados con separación de bienes. ¿Si el fallece primero, tengo algún derecho a esa casa junto a sus hijos? o no?
Estimada Solange. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que el régimen conyugal no modifica los derechos de herencia. En ese sentido, la cónyuge sobreviviente SIEMPRE será heredera de su marido en las proporciones que la ley o por testamento le corresponda.
Hola qué pasa si me caso con separación total de bienes , yo obtuve mi casa soltera. en el caso que yo falleciera & hiciera un testamento dejando todos mis vienes a mi hijo solo a él (es hijo de ambos) sería que tendría que respetarse el testamento? O de igual forma le correspondería algún bien al cónyuge? Gracias
Estimada Kim. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que su cónyuge siempre será heredero forzoso. Por su testamento, solo puede favorecer a su hijo, asignándole la cuarta de libre disposición y la cuarta de mejoras. En ese sentido, su hijo recibirá el 50% de la herencia por esas cuartas más la porción que le corresponde por legítimas dentro del otro 50%.
Una consulta! Espero que me la puedan aclarar porq nadie responde está duda, que pasa con la viuda casada con separación de bienes? Ya se sabe que es heredera , pero la pueden echar de la casa? Me refiero cuando hay un hijo de una relación anterior y que quiera pedir su parte? O la viuda tiene derecho a uso y habitación?
Estimada Eli. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que el cónyuge sobreviviente tiene derecho a: 1) Que se le adjudique preferentemente el inmueble en que reside y haya sido la vivienda principal de la familia. Todo ello solo si con su cuota hereditaria cubre el valor del inmueble; o 2) en caso que no le alcanzare con su cuota hereditaria, para que le sea adjudicado el inmueble en propiedad, puede solicitar -al juez partidor- que su cuota sea pagada con la constitución, a título gratuito y vitalicio, de un derecho de habitación y de uso sobre dicho inmueble.
Estimados,
Espero encarecidamente puedan resolver mi pregunta. Mi abuela falleció en el año 2010, momento en el que seguía casada en sociedad conyugal con mi abuelo. Durante este matrimonio se compraron distintas propiedades, sobre las cuales los 4 hijos de mis abuelos hicieron la posesión efectiva en su momento (cedieron una en su momento para que mi abuelo pudiera venderla). En el año 2012 mi abuelo contrae matrimonio por 2da vez con separación de bienes. Hace una semana fallece mi abuelo, por lo que queda la duda de si la segunda esposa de mi abuela es heredera y le corresponde recibir un % (y cuanto) de todo lo que mi abuelo y abuela compraron en sociedad en su momento.
Muchas gracias de antemano.
Estimada Camila. Junto con saludarle, y atendida su consulta le indicamos que si no se efectúo la liquidación de la sociedad conyugal entre su abuela y abuelo y si tampoco se procedió a efectuar la liquidación y partición de los bienes hereditarios. Todos los derechos que le correspondían a su abuelo respecto de la sociedad conyugal anterior les corresponden ahora a sus herederos. Entre ellos se encuentra también, la cónyuge sobreviviente de este. Atendida la complejidad de su caso, que deberá ser analizada en detalle para determinar los derechos de todos los herederos, le recomendamos ponerse en contacto con nosotros para encargar un estudio de las sucesiones y títulos de la herencia.
Hola buenos días. Mi consulta es la siguiente
Muy pronto me voy a casar ,yo tengo 2 hijos el también tiene 2 hijos aquí va mi consulta. Yo tengo un departamento que esta a mi nombre. un terreno en el campo y una casa producto de una herencia de mis padres cabe señalar que somos dos hermanos ahora si me caso y mi marido llegara a fallecer sus hijos tienen derecho a lo que yo adquirí antes del matrimonio
Estimada Mary. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos los hijos de su marido, no son sus herederos. Lo serán sólo: su marido y sus propios hijos. Ahora, bien, para efectos de nos confundir los bienes -eventualmente- le recomendamos que contraiga matrimonio bajo el régimen separación total de bienes.
Buenas tardes nesecito consultar q devo hacer para realizar separación de vienes con mi esposo???
Estimada Gloria. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que su respuesta se encuentra bien desarrollada en nuestra página y junto con ello, en numerosas respuestas anteriores. Le rogamos que se remita a ellas.
Hola!!
Mis padres se casaron con separación total de bienes y mi mamá falleció. Al hacer la posesión efectiva nos dijeron que a mi papá no le corresponde ser parte de ella por estar casados con separación de bienes y por no ser parte de la escritura de la casa. Si es que le corresponde, cuánto porcentaje le correspondería?
Estimada Karen. Junto con saludarle, le indicamos que todo cónyuge sobreviviente es heredero del causante. Y en ese sentido, no existe diferencia en atención al régimen conyugal que tenga. Siendo así, trate de alejarse de las malas asesorías. Respecto a los derechos que tiene su padre en la sucesión de su madre, no sólo sobre el inmueble sino que respecto de todos los bienes que componen la herencia, es imposible determinar los porcentajes si no conocemos quienes son todos los herederos.
Estoy casada con bienes separados y adquirimos una casa durante el matrimonio, y estamos separados hace un par de meses me corresponde algún porcentaje de la casa
Estimada Claudia. Junto con saludarle, agradecemos su consulta. Aprovecharemos esta instancia para responder esta pregunta que se ha reiterado muchas veces. El régimen de separación total de bienes que se pacta al momento de celebrar el matrimonio envuelve que cada uno de los cónyuges, en lo que respecta a su patrimonio, hará vidas separadas. En resumen, ello quiere decir, que ninguno de los cónyuges puede pretender derechos sobre los bienes adquiridos por el otro cónyuge. Esto tiene consecuencias en caso que el matrimonio se disuelva en vida de los cónyuges. Puesto que en caso de divorcio o nulidad, el ex cónyuge no tiene derecho alguno sobre los bienes adquiridos por el otro. Es así, que si su matrimonio termina doña Claudia -y a aquí la respuesta a su consulta- no tiene derechos sobre el inmueble adquirido por su cónyuge. Por otro lado, sin embargo, ello no hay que confundirlo con a posibilidad de solicitar en la demanda de divorcio, alguna compensación económica -si se cumplen los requisitos legales-. Por otro lado, mientras perdure la separación de hecho, puede solicitar alimentos a su cónyuge o en caso de tener hijos en común menores de edad, puede solicitar que se declare el bien inmueble de propiedad de cónyuge, como bien familiar (reiteramos estos dos últimos casos sólo en la medida que se mantenga vigente la relación matrimonial). Por último, todo lo anterior no cabe confundirlo con los derechos que tiene el cónyuge sobreviviente -casado en régimen de separación de bienes- al momento del fallecimiento del otro cónyuge. Puesto que, el cónyuge sobreviviente -cualquiera sea régimen conyugal que haya pactado- tiene derechos hereditarios sobre todos los bienes del causante.
Hola estimados, por favor, podrían aclararme lo siguiente: Si dentro de un matrimonio, separados de hecho por más de 20 años, se hace una Separación total de bienes sin gananciales para laujer, que ocurriría si alguno de los cónyuges muriese, teniendo en cuenta que solo hay separación de bienes y no hay un divorcio formal.
Pregunta: igual cualquiera de los 2 cónyuges heredaría parte proporcional de los bienes separados al otro?
Cordiales saludos.
Marlene.
Estimada Marlen. Sin perjuicio que se hace necesario efectuar algunas otras distinciones respecto de los bienes que podrían ser parte de la masa hereditaria. Si podemos adelantarle, que el cónyuge sobreviviente siempre es heredero. Y por lo cual aun cuando se encuentren separados de hecho -cualquiera sea el tiempo- si no media una sentencia de divorcio o nulidad, el cónyuge sobreviviente siempre heredera los bienes de su cónyuge difunto.
Estimado, tengo una duda, mi suegra se caso el año 1969 bajo sociedad conyugal, ella estando casada hiso separación de bienes el año 2005 por mutuo acuerdo, esto ya aparece en el registro civil, tienen una casa adquirida durante el matrimonio, pero que esta a nombre de su marido. La pregunta es ¿puede vender la casa el marido de ella, sin su firma?, quedo atenta a su respuesta, no se hiso liquidación de bienes, solo el acuerdo de separación de bienes ante un notario. atte
Estimada Rosa. Junto con saludarle, y atendida a su consulta, le indicamos que el marido no puede vender la propiedad sin la firma de la cónyuge. Ello atendido que en este momento ellos son comuneros de ese bien en partes iguales, hasta que no se produzca la liquidación de la sociedad conyugal, o la cónyuge no renuncie a los gananciales.
Le recomendamos adicionalmente gestionar ante el Conservador de Bienes Raíces respectivo, la inscripción de la separación de bienes, de modo tal que quede plasmado que dicho inmueble pertenece a dos personas y no se mantenga así sólo a nombre del marido.
Hola consulta, si yo me caso que regimen me conviene para que las deudas de mi marido no me afecten a mi en mi situación financiera?
Estimada Francesca. Claramente el régimen de separación de bienes es el conveniente en su caso.
Mis padres se casaron el año 1996 con separación de bienes, antes del matrimonio mi padre compró una propiedad a nombre de mi madre, en el matrimonio mi padre compró otra propiedad a nombre de mi madre, Ahora mi padre falleció
Mi madre puede vender cualquier propiedad sin preguntarle nada a ni un hijo?, los hijos no heredan nada solo por el hecho de que mi padre falleciera?
Estimado Pedro. En efecto, el régimen de separación envuelve que los bienes que adquiere cada cónyuge a su nombre: son propios; y, por lo tanto, no acrecen la masa hereditaria del otro cónyuge. Sin perjuicio de ello, en caso que su padre haya comprado con su patrimonio -y si ello se puede acreditar- bienes a nombre de su cónyuge, sin haber insinuado la donación del dinero para efectuar la compraventa, afecta de nulidad ese contrato, a menos que haya transcurridos más de 10 años desde la celebración de dicho acuerdo de voluntades.
Hola buenos días, mi consulta es q me casé con separación de bienes año 2001 sin saber ni averiguar lo q significaba , mi pregunta es q derechos tengo moralmente y civil como marido dela casa q mi esposa tiene asu nombre , vehículo, y una herencia en terreno q está en trámite.
Estimado Carlos. Junto con saludarle, y atendiendo a su consulta, le indicamos que -como su nombre lo indica- el régimen de separación de bienes envuelve que los patrimonios de los cónyuges se encuentran totalmente separados y sin vinculación entre ellos. En ese sentido, no tiene derecho alguno sobre los bienes de su cónyuge. Sin perjuicio de los derechos a alimentos que le asisten en contra de cónyuge en caso de necesidad manifiesta, circunstancia que deberá probar en el juicio de alimentos respectivo.
Buenas noches consulta mi abuela se casó con separación total de bienes ,y mi abuelo falleció , el tenía 3 hijos fuera del matrimonio y 3 hijos con mi abuela ,ahora necesitamos hacer la posición efectiva y no sé si mi abuela es heredera o no de la casa y cuánto porsentanje le corresponde a ella y a nosotros sería de suma ayuda su respuesta.
De ante mano muchas gracias
Estimada Karolina. Junto con saludarle, y para dar respuesta a su consulta, le indicamos que la cónyuge sobreviviente es siempre heredera de su marido difunto. En ese sentido, si su abuelo era propietario o dueño de derechos sobre el inmueble, su abuela tiene derecho a una cuota respecto de ese inmueble; independiente del régimen conyugal. Por otro lado, para saber si su abuelo era dueño de un determinado inmueble, debe solicitar el certificado de dominio vigente de la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces respectivo. Y en caso de serlo, incluir dicho inmueble o los derechos sobre éste, en el inventario de los bienes de la posesión efectiva.
Me casé en régimen de separación de bienes. No hay hijos del matrimonio pero mi esposo si tiene una hija. Como puedo resguardar mis bienes adquiridos antes del matrimonio en caso de mi fallecimiento porque tengo entendido que no puedo testar.
Puedo dejar de
Estimada Claudia. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos que el régimen de separación de bienes tiene por objeto que sus bienes con los de su marido no se confundan en un solo patrimonio administrado por éste último. Dicho esto, cabe precisar que otra cosa es con respecto a su eventual herencia. En ese sentido, le informamos que su marido es su heredero, y en ese caso, éste concurrirá a su herencia -y por ende a los bienes comprendidos en este- en caso que usted fallezca antes que él. Asimismo, serán herederos sus hijos propios, y en caso de no tener, sus padres. No los hijos de su marido. Por último, le indicamos que el régimen conyugal no le impide testar. En ese sentido, usted podrá mejorar a sus hijos otorgándoles la cuarta de mejoras e incluso la cuarta de libre disposición.
Mi abuelo hizo separacion de bienes en en el 88 y en el 2013 compro unos derechos, el fallecio en el 2019 mi abuela hereda al seguir casada?
Estimada Karin. Junto con saludarle, y atendida su consulta, la ley es clara en establecer que la cónyuge -cualesquiera sea el régimen conyugal que haya pactado al momento del matrimonio o en acto posterior- es heredera del causante. Por tanto, su abuela, efectivamente es heredera de su cónyuge difunto.
Consulta me caso con separación de bienes…que derechos tengo si le pása algo a mi futuro marido el tiene una hija y nunca se a casado
Estimada Yasmin. Junto con saludarle y atendida su consulta, si contrae matrimonio bajo el régimen de separación total de bienes -y si acaeciere la muerte de su marido- usted concurrirá, en partes iguales, en la herencia de este en conjunto con la hija de aquel.
Estimada tengo una consulta. Tengo 2 hijas de mi anterior relacion . Actualmente tengo mi pareja que convivo con el , en el lapso de nuestra relacion nos compramos juntos una casa , esta a mi nombre. Nos queremos casar por bienes separados, que pasara con la casa que compramos ? El tambien es dueño y si no lo es como hago para que lo incluya como dueño tambien? .
Y que pasara si el fallece sus bienes que obtenga en el futuro seran para mis hijas ?(tienen el apellido del padre biologico ). Y si yo fallesco mis bienes que obtenga en el futuro seran para el tambien y mis hijas ? .Agradecida por la informacion
Estimada Cinthia. Junto con saludarle, y aludiendo a su consulta, le indicamos lo siguiente: a) Los derechos de la casa se pueden donar antes del matrimonio por medio de lo que se denomina “una capitulación matrimonial”. Esta capitulación debe celebrarse por medio de escritura pública en notaría antes del matrimonio, la cual sólo tendrá valor desde el día del matrimonio. Y debe presentarse para su subinscripción en la partida de matrimonio el día en que se celebre ante el oficial del Registro Civil o dentro de los 30 días siguientes. b) Respecto de las respectivas herencias: Si el fallece los bienes que el obtenga no serán para sus hijas. Ello atendido que no tienen un vínculo sanguineo que los una. Solo usted adquirirá la calidad de heredera -cónyuge sobreviviente-. En el caso contrario, su marido y sus hijas serán herederos de sus bienes.
Buenas tardes, espero se encuentren bien. Estoy casada con separación total de bienes y no tenemos hijos, a esto se suma que yo soy hija única. En caso de morir, la herencia de mis padres a quien pasarían?
Esperando me puedan orientar
Muchas gracias!
Estimada Fabiola. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le indicamos que en caso que sus padres fallezcan primero que usted, usted sería la única heredera, al ser la única hija. Bajo ese escenario, si usted luego fallece también: su heredero, de todos sus bienes y los de sus padres, será su cónyuge. Sin que sea relevante bajo qué régimen usted contrajo matrimonio. Puesto que el cónyuge es siempre heredero.
Buenas tardes
Quiero hacer la siguiente consulta, estoy casado con separación de bienes desde hace 15 años,vivo en casa de mi suegra en una ampliación sólida independiente, ña cual yo construi y pague en su totalidad ,en la cual he invertido y seguiré invirtiendo, sacando permisos municipales etc,mi esposa es hija única,y su mamá está casada pero adquirió la vivienda antes de su matrimonio, tengo entendido que ella es heredera ,en el caso del fallecimiento de su madre legalmente yo no tengo derecho a ningún porcentaje de la vivienda? Me refiero al estar con separación de bienes con mi esposa….??
Muchas gracias……
Estimado Diego. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que su esposa es en efecto, heredera de su madre. Usted, sin embargo, no es heredero de su suegra. Cuestión distinta, es que muera su suegra, y luego su cónyuge. Puesto que, en virtud de ser usted heredero de su cónyuge, podría llegar a obtener parte de ese inmueble por concepto de sucesión de su cónyuge. Por ahora, sin embargo, no tiene derecho alguno sobre el inmueble.
Hola quería consultar si me caso con separación de bienes y si yo falleciera quienes quedarían como herederos siendo que tengo 2 hijas con diferentes mamás y uno en común con mi pareja??
Estimado Jorge. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos que en su caso, el régimen conyugal no modifica quienes serían sus herederos eventualmente. Hasta la fecha, sus herederos serían todas sus hijas junto a su futura cónyuge.
Buenos día.
Tengo una consulta. Si me case en sociedad conyugal tuve 3 hijos y mi cónyuge falleció.
Antes de casarme adquirí una casa.
Mi esposo tuvo 4 hijos antes de casarnos.
La casa que adquirí antes del matrimonio y si yo fallezco ¿Esa casa se reparte solo en mis 3 hijos?
Estimada Ana. Junto con saludarle, le informamos que en efecto, el inmueble adquirido con anterioridad a la sociedad conyugal, debe ser considerado como parte de su patrimonio propio una vez que se liquide la sociedad conyugal. La liquidación de la sociedad conyugal, se efectúa, una vez fallecido uno de los cónyuges, con los herederos del difunto. Es decir, usted, sus tres hijos, y los hijos de aquel. Entre ustedes se distribuirán la parte que le correspondía a su marido en la sociedad conyugal -en la que no se encuentra su inmueble-y los bienes de éste, que no formaban parte del patrimonio de la sociedad.
Buenas tardes abogados: En el caso de fallecer uno de los conyugues casados bajo separación de bienes, al hacer la posesión efectiva se deben declarar solo los bienes del conyugue fallecido o se deben agregar los del conyugue sobreviviente.
muchas gracias
Estimada Luz. En su caso, sólo se debe incluir en el inventario de la posesión efectiva, los bienes pertenecientes al fallecido.
Hola, buenas tardes.
Estoy casado con separación de bienes y me estoy separando. Podre vender mi casa sin consentimiento de mi ex esposa, o debo pedir su firma para vender el inmueble?, gracias.
Estimado Sebastián. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le informamos que la autorización que se requiere de la mujer, sólo se solicita en caso que se encuentra casado bajo en régimen de sociedad conyugal. No así en el régimen de separación total de bienes.
Consulta, yo me case en agosto del año pasado, con bienes en común, ahora queremos hacer separación de bienes de común acuerdo, que trámite debo hacer, esto es en una notaría o en dónde debo hacerlo, esa es mi consulta
Estimado Luis. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos que el cambio de régimen conyugal de sociedad conyugal al de separación total de bienes, puede efectuarse por medio de la celebración de una escritura pública al efecto en alguna notaría. Y luego de celebrada, ella deberá ser inscrita en la partida de matrimonio que conserva el Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo le indicamos, que podrá liquidar la sociedad conyugal, ya sea en la misma escritura pública o posteriormente por medio de una escritura pública de liquidación de sociedad conyugal o, en caso de no existir acuerdo entre las partes, por medio de un juicio seguido ante un juez partidor.
Hola buenas noches, consulta si recibí una herencia de mi padre fallecido y estoy casada en sociedad conyugal, se puso a la venta la propiedad ya que somo 7 herederos. Mi pregunta es
Mi cónyuge tiene que firmar?
Y que pasa si el no quiere firmar?
Que tramite debo hacer?
Estimada Elizabeth. Junto con saludarle, y atendida su consulta, le indicamos que en su caso, su marido deberá comparecer en la escritura de compraventa junto con usted que deberá otorgar la autorización a la misma. En caso que su marido no pueda o quiera concurrir, deberá solicitar autorización para la venta al juez civil respectivo, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 138 y 138 Bis del Código Civil.
Y si estoy casada con separación de bienes, como es la repartición de sus bienes? Soy heredera legal? O le corresponde a sus hijos? En caso de fallecimiento de él.
Hola… Estoy casada con separación de bienes. Mi consulta es si este régimen se puedd cambiar a sociedad conyugal?
No estimada Paola. Sólo se puede cambiar al régimen de participación en los gananciales.
HOLA BUENOS DÍAS, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE, ESTOY CASADA EN SOCIEDAD CONYUGAL O BIENES MANCOMUNADOS, ¿COMO PODEMOS REALIZAR EL CAMBIO DE REGIMEN CONYUGAL A SEPARACIÓN DE BIENES?… MI ESPOSO TIENE UN HIJO ANTES DE NUESTRO MATRIMONIO Y DOS DENTRO DE ESTE, SI REALIZAMOS EL CAMBIO DE REGIMEN CONYUGAL, AL FALLECER MI ESPOSO O YO, QUIEN QUEDARÍA COMO HEREDEROS DE NUESTROS BIENES? POR FAVOR.
Estimada María.
Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, para efectos de cambiar el régimen desde sociedad conyugal a separación total de bienes, deberá celebrar ante notario público una escritura pública de cambio de régimen. Y luego una copia de ella, se deberá inscribir en una Oficina del Registro Civil e Identificación. En cualquier caso, el cambio de régimen no modifica el régimen de sucesión. Es por ello que en caso de cambiar el régimen, serán herederos de su marido todos sus hijos y la cónyuge sobreviviente. En caso que usted fallezca, los hijos en común y el cónyuge sobreviviente.
Consulta, si estoy divorciada y me vuelvo a casar bajo el régimen de bienes separados y en el cual tengo una casa bajo el articulo 151 , patrimonio reservado de la mujer, la propiedad sigue siendo mía al casarme bajo el régimen de bienes separados? y lo que herede a futuro de mis padres, queda bajo mi total disposición?
Estimada Erika. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, en el caso que haya adquirido un bien bajo la regulación que indica el artículo 150 del Código Civil, una vez que se disuelva el matrimonio -ejemplo divorcio- deberá proceder a renunciar a los gananciales. En ese caso, la propiedad se consolida definitivamente dentro su patrimonio. Si luego vuelve a contraer matrimonio, ahora en régimen de separación total de bienes, ese bien puede ser administrado en forma exclusiva por usted. Y bajo ese contexto, también, todo lo que usted herede será igualmente administrado exclusivamente por usted.
Muchas gracias por toda su información
Estimada Sra. Iris. Junto con saludarle, y atendiendo a su consulta le indicamos que si se ha realizado el cambio de régimen de sociedad conyugal al de separación de bienes, ya no es posible volver al régimen de sociedad conyugal.
Hola mi consulta es como revertir de separacion de vienes ? Con mi esposo nos casamos con separacion de vienes pero ahora queremos revertirlo para que todo lo que adquiramos sea de los 2. De antemano muchas gracias
Hola! la próxima semana me caso, y con mi pareja queremos optar por la separación de bienes. En qué momento se hace efectiva? se indica en el registro civil y luego como máximo tenemos 30 días para hacer la escritura publica en la notaria? Estoy algo confundida con los pasos a seguir. Me pueden orientar por favor.
Gracias!!
Estimada Carole. Junto con saludarle y atendida su consulta, le informamos que el régimen de separación de bienes se pacta al momento de contraer el matrimonio, simplemente declarando ante el oficial que optarán por ese régimen conyugal.
estimada, mi consulta es; adquiri una propiedad bajo la vigencia del art. 150. medivorcie y en el acta de divorcio se menciona la separacion de los gananciales quedando yo como absoluta dueña de la propiedad respaldada por el art. 150. me vuelvo a casar nuevamente amparada por este art. que explicitamnete dice que la propiedad fue comprada por mi persona (bajo el art. 150) y ahora que quiero vender el banco refuta que debo presentar cedula de identidad de mi actual marido ya que es él el administrador de los bienes incluyendo mi patrimonio que es la propiedad. la escritura dice claramente que es mia y se compro bajo la ley antes mencionada
Estimada Natalia. Junto con saludarle y atendiendo su consulta: Le indicamos que el marido es el administrador de la sociedad conyugal. En consecuencia, cada vez que contraiga matrimonio bajo ese régimen, sus bienes junto con los bienes sociales serán administrados por su marido, independiente el origen de los mismos. El bien adquirido bajo la regulación del artículo 150 del Código Civil, durante la vigencia del primero de sus matrimonios, le permitía administrar ese bien separadamente -dentro de la vigencia de ese matrimonio-. Cuando contrajo el segundo matrimonio, bajo el mismo régimen, ese bien ingresó al patrimonio social, y será administrado por su marido. Otra cosa es que, una vez que se disuelva el matrimonio o se realice cambio de régimen conyugal, este bien será restituido a usted en la liquidación de la sociedad conyugal. En ese sentido, y bajo lo que le hemos explicado, el Banco se encuentra en lo correcto.
Estoy casada con separación total de bienes.
Si mi esposo fallece antes que yo, yo no tengo derecho a heredar nada de sus bienes? Ni el 50 %?
Estimada Andrea. Junto con saludarle y atendida su consulta, usted tendrá la calidad de heredera de los bienes de su marido -cónyuge sobreviviente- independientemente del régimen conyugal que los una.
Buenas tarde consulta actualmente estoy separada de palabra.me case con separación de bienes yo no tengo nada a mi nombre pero el tiene una pyme a mi me discapacitaron y no e podido trabajar y hace un año que mi esposo me dejo en este tiempo el acrecido e económicamente ¿yo puedo pedir una pencion O al divorciarme puedo pedir una compensación ?
Estimada Jimena. Junto con saludarle, y atendida su consulta, respecto de su caso le indicamos que usted califica para solicitar de su cónyuge una pensión de alimentos. Esta acción judicial la debe solicitar por intermedio de un abogado, en el Tribunal de Familia correspondiente. Para más información ver: Demanda de Alimentos
Hola tengo una duda mi pareja funcionario de carabinero tiene 3 hijos de una relación anterior y nunca se caso, ahora tenemos un hijo y nos queremos casar yo tengo mi casa propia y habíamos pensado en casarnos con bienes separados pero si a el le llegara a suceder algo en sus funciones quien se queda con el montepio, se reparte solo entre los hijos o igual me corresponde parte de su pensión…????
Muchas gracias
Estimada Catalina. Junto con saludarle y atendida su consulta, le indicamos que la cónyuge es la que tiene a derecho a montepio -cualquiera sea régimen matrimonial-. Ello excluye a los hijos en caso de que contraigan matrimonio. En su caso, el cónyuge debe haber estado casado a lo menos tres años antes con el causante del montepio, pero dicha limitación no procede en caso que ya tengan un hijo en común.
hola consulta , yo me casé con separación total de bienes sin saber que significaba ni consultar antes , tengo entendido que lo que ya tengo a ella no le corresponde nada , pero ahora que ya estamos casados con ese régimen y si compramos algo a nombre de los dos desde ahora en adelante a ella le corresponde algo .????
Estimado Miguel. Junto con saludarle le informamos, que como lo adelanta el nombre del régimen conyugal, los bienes adquiridos por cada cónyuge ingresa a su respecto patrimonio, no correspondiéndole, a la postre, al otro cónyuge, derecho alguno sobre esos bienes.
Si mi pareja hizo cese de convivencia, hace un año dejó todo en la casa donde él vivía con su ex mujer y se caso con sociedad conyugal él puede pedir al momento de firmar la separación la mitad de los bienes adquiridos en el matrimonio, no es la casa, siempre arrendaron, son sólo las cosas que compraron camas TV etc
Estimad Martina. Junto con saludarle y atendida su consulta, procederemos primero a ordenar las ideas, que según entendemos, persigue su consulta. Lo que entendemos es que su pareja, se encuentra casado en sociedad conyugal y ha fijado fecha cierta al cese de convivencia, probablemente en miras de obtener el divorcio. Siendo así, la sociedad conyugal no se ha disuelto aun, y menos de se ha procedido a su liquidación, cuestión ésta última que sólo procederá una vez que se haya obtenido la sentencia de divorcio, en su caso. Una vez que haya operado la disolución de la sociedad conyugal procede iniciar la liquidación de la misma y distribución de los gananciales. Es en ese momento en que se deberá acreditar que esos bienes fueron adquiridos durante la vigencia de la misma y deberán ser distribuidos en partes iguales.
Hola, mi consulta es con mi marido estamos casados en bien en sociedad, pero estamos comprando una casa y la promesa de compra y venta sale con separación de bienes y ahora la escritura también sale co. Separación de bienes. Cabe decir que jamás hemos algún trámite de separación de bienes..
Estimada Claudia.Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le indicamos que para saber si está casada en régimen de sociedad conyugal o en el de separación de bienes, basta que obtenga el certificado de matrimonio -gratuito- desde la página web del Servicio de Registro Civil e Identificación. Si no aparece al final que se ha estipulado el régimen de separación de bienes o el régimen de gananciales, el régimen que posee es el de sociedad conyugal. Luego exhiba ese certificado al promitente vendedor para que corrija el contrato respectivo.
Ayuda!! Puedo contratar a un abogado para anular el cambio de régimen matrimonial, ya que me confié en mi esposo que me hizo firmar sin leer el documento, yo solo sabía que se cambiaria a separación total de bienes pero la verdad no tengo idea que mas decía el papel y no entendía los pasos que conlleva hacer el cambio por eso me confié.
me da miedo que me haya quitado los derechos del departamento comprado en la vigencia de la sociedad conyugal y que en cualquier pelea me eche y no me deje entrar al departamento por no tener derechos.
Estimada Mari. Junto con saludarle le informamos que estamos a su disposición para analizar el contexto de su separación. Ahora bien, le recordamos que el acto en que se acuerda la separación total de bienes no necesariamente comprenderá la liquidación de la sociedad conyugal y la adjudicación de los derechos que por gananciales le correspondería. Es por ello que será necesario que se entere del contenido de ese documento y si en él se contiene además la liquidación de la sociedad conyugal y adjudicación de los bienes.
Hola quisiera preguntar que pasa con el departamento que compro mi esposo con crédito hipotecario durante la vigencia de la sociedad conyugal? Existe alguna forma de que el se quede con el derecho total del departamento apesar de que aún se está pagando, al cambiar de régimen a separación total de bienes y a mi me deje fuera y sin derechos sobre el departamento.
Estimada Sari.Junto con saludarle, y atendida a su consulta, le informamos que el cambio de régimen conyugal al de separación total de bienes, deja pendiente la liquidación de la sociedad conyugal y la división de los gananciales de la misma. En ese sentido, una vez efectuada la adjudicación de los gananciales, usted puede quedar con la mitad de los derechos sobre el inmueble, en caso de haberse así acordado de acuerdo a la forma de distribución de los gananciales de la sociedad conyugal. Cabe tener presente, eso sí, que la en la liquidación de la sociedad conyugal no sólo se incluyen bienes o activos, sino que también deudas, por lo cual, en caso de adjudicarse el 50% de los derechos sobre el inmueble debe tener presente que también el 50% de la deuda que aun mantenga la sociedad conyugal.
Hola tengo una consulta, estoy casada con separacion de bienes ..si me separo de el que me corresponde? Practicamente todos los bienes inmuebles estan a su nombre …puedo apelar ya que estos han sido adquiridos por ambos.
Estimada Lissette: Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le informamos que producto de la separación de bienes, cada uno de los cónyuges es dueño de los bienes que figuren a su nombre de forma exclusiva. En caso de divorciarse, esa condición no cambiará, pero en la demanda de divorcio, podría solicitar una compensación económica si se verifican en su caso las causales de su procedencia. Asimismo, en caso de tener acreditada una deuda de su marido en su favor, podrá perseguir esa deuda por medio de las acciones de cobro correspondientes, en todas aquella parte que no se encuentre prescrita.
Al casarme con separación total de bienes, los fondos de la afp y bienes (casas y terrenos), pueden quedar exclusivamente para la hija de mi pareja, estipulado en un documento notarial y todo lo que adquiramos, después del matrimonio seriamos herederas su hija y yo?
Estimada Alma. Junto con saludarle le indicamos que los bienes que usted hubiere adquirido antes del matrimonio junto con los que adquiera después -casados en sociedad conyugal- pertenecen al patrimonio de cada cónyuge por separado. Es decir, si muere su cónyuge antes que usted, los bienes de su patrimonio, pasan a directamente a sus herederos; en su caso, usted y su hija.
Necesito saber estoy casada con separación de bienes, que pasa si mi esposo fallece el tiene dos hijos del primer matrimonio, tengo derecho a sus bienes.
Saludos y gracias
Marisol M
Estimada Marisol. Junto con saludarle y atendida su consulta le informamos que atendido el hecho que usted mantiene un vínculo matrimonial vigente con su marido, usted, en efecto, es heredera de él en una cuota que corresponde al doble de lo que le correspondería a cada hijo.
Buenas tardes, mi pareja va a hacer el cese de convivencia con su ex-esposa, con la cual ya no convive hace un año y cinco meses, y dentro de un año hacer el divorcio por mutuo acuerdo, al hacer el cese de mutuo acuerdo puede hacer también separación de bienes, ya que tiene posibilidades en sus planes adquirir un bien.
Estimada Diana.Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, en efecto, además de acreditar el cese de convivencia de acuerdo a alguno de los instrumentos que establece la ley para ese propósito, puede además, de mutuo acuerdo, sustituir el régimen conyugal vigente por el de separación total de bienes.Este debe constar en una escritura pública extendida ante notario y luego deberá ser inscrita en la partida de matrimonio que lleva el Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, le recomendamos que acto seguido, realice la liquidación de la sociedad conyugal.
Hola buenas tardes, mi consulta es mi tía obtuvo una casa por el artículo 150 estando casada en sociedad conyugal, después se separó legalmente, pero no se hizo la liquidación de la sociedad conyugal. Ella puede vender la casa igualmente?
Estimada Pamela. Junto con saludarle le indicamos que -en caso de haberse divorciado o haber cambiado de régimen conyugal al de separación total de bienes- y atendido el hecho que su tía adquirió el inmueble bajo la vigencia del artículo 150, bastaría que ella renuncie a los gananciales de la sociedad conyugal e inscriba dicha escritura en el Conservador de Bienes Raíces, para que, luego pueda vender la propiedad en calidad de dueña exclusiva del inmueble.
Hola buen día mi consulta es me case hace 8 años con bienes separados yo no tengo ningún bien pero mi esposo tiene una herencia de un 1/4 de terreno ¿Mi pregunta es que pasaria con ese terreno si el llegase a fallecer pasaria a mi nombre y el de nuestra hija que tenemos en matrimonio?ya que el tiene solo 2 hijos mayores ¿y se puede cambiar el regimen de sociedad conyugal ?
Muchas gracias por su respuestas
Estimada Bellita. Junto con saludarle y atendiendo a su consulta, le informamos que usted -cualquiera sea el régimen conyugal- en calidad de cónyuge sobreviviente de su marido, será heredera de éste de todos los bienes quedados a su fallecimiento. En una proporción igual al doble de lo que le correspondería a cada hijo. Es así, que en caso que su marido, aun mantenga derechos sobre el inmueble que indica, al momento de fallecer, usted será heredera en las proporciones indicadas, en conjunto con los demás hijos de este. Por último, le informamos que el régimen de sociedad conyugal puede ser modificado por el régimen de separación de bienes y de Participación en los Gananciales.
Mi marido tiene una PYME que está en bancarrota y con deudas. Quiero hacer separación de bienes para que no me quiten lo poco que tengo.
Estamos los dos de acuerdo.
Cuanto sale el tramite y cuanto demora?
Estimada Victoria. Junto con saludarle y atendida su consulta, le informamos que la separación de bienes se puede llevar a efecto por medio de la celebración de una escritura pública la cual a la postre deberá ser inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación. Atendido que su marido al parecer ha constituido una empresa, se deberá analizar si ella permite o no perseguir el patrimonio personal de su marido o no; respecto a lo cual no podemos pronunciarnos. Ahora bien, para los fines que persigue, y sólo en caso que el patrimonio de la sociedad conyugal esté comprometido; podrá en el mismo acto en que se proceda a la separación total de bienes u en otro distinto, liquidar los bienes de la sociedad conyugal, y deberá confeccionar un inventario solemne de los bienes, el cual debe ser autorizado por el juez competente y luego publicado en un diario de circulación nacional para efectos de notificar a los acreedores de la liquidación, de la adjudicación de los bienes y del inventario.Esta publicación tiene por objeto hacer conocedores a los acreedores de la operación para efectos que concurran con sus objeciones a la misma. En caso que los acreedores objeten la liquidación y adjudicación de los bienes dentro de plazo, la adjudicación de los gananciales de la sociedad conyugal no surtirá los efectos que usted persigue. Asimismo, si no efectúa la adjudicación de los gananciales en la forma que le hemos indicado, tampoco será oponible a los acreedores del marido como administrador de la sociedad conyugal.
Quiero hacer una consulta
Mi papa se cado por segunda vez el 2016 con bienes separados .
El fallecio 2020. Le correspode a esta persona la casa del primer matrimonio? Necesito hacer la P.efectiva y nose si debo incluirla.
Estimada Rosana. Junto con saludarle y aludiendo a su consulta, le informamos que la cónyuge sobreviviente es siempre heredera del causante.
Es por ello que, si está redactando la posesión efectiva, deberá incluir a la cónyuge sobreviviente de su padre como heredera universal de todos los bienes.